RESOLUCION 36/1995, de 18 de Marzo, del Instituto social de las Fuerzas armadas, sobre delegacion de Competencias en el ambito del Instituto.

MarginalBOE-A-1995-7337
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyResolución

La Orden número 32/1995, de 9 de marzo, sobre autorización de delegación de competencias en materia de contratación en el ámbito del Instituto Social de las Fuerzas Armadas ha iniciado el proceso de actualización del esquema de delegación competencial en materia de contratación, autorización del gasto y ordenación del pago. En desarrollo del apartado segundo de la citada Orden y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

En su virtud, dispongo:

Primero.-Se delega en el Secretario general del Instituto Social de las Fuerzas Armadas el ejercicio de las siguientes competencias:

  1. Las que el ordenamiento jurídico atribuye al Director general como órgano de contratación, incluida la de presidir las mesas de contratación, excepto las de autorización de gastos y ordenación de pagos.

  2. Presidir la Junta Facultativa del organismo.

  3. Autorizar las comisiones de servicio con derecho a las correspondientes indemnizaciones.

    Segundo.-Se delega en el Subdirector de Prestaciones del Instituto Social de las Fuerzas Armadas el ejercicio de las siguientes competencias:

  4. Acordar las altas y las bajas de asegurados y beneficiarios en el Régimen Especial de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, excepto en los casos enumerados en el apartado cuarto, A), de esta Resolución.

  5. Resolver los procedimientos de concesión de prestaciones del citado régimen especial, excepto los enumerados en el apartado cuarto, B) y C), de esta Resolución y aquellos en que hayan intervenido las Comisiones Mixtas Nacionales.

    Tercero.-Se delega en el Subdirector económico-financiero del Instituto Social de las Fuerzas Armadas el ejercicio de las siguientes competencias:

  6. Autorizar los gastos y ordenar los pagos, así como expedir los documentos contables que procedan.

  7. Aprobar las nóminas y las cuentas justificativas de todas clases.

  8. Expedir los instrumentos materiales de pago en el ámbito de la Gerencia, con la firma mancomunada del Interventor delegado del Instituto, sin perjuicio de las suplencias que resulten procedentes y de las reglas especiales en materia de «anticipos de caja fija».

    Cuarto.-Se delega en los Delegados regionales y especiales del Instituto Social de las Fuerzas Armadas en relación con sus respectivos colectivos, el ejercicio de las siguientes competencias.

  9. Acordar las altas y bajas de asegurados y beneficiarios del...

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