ORDEN DE 30 DE ABRIL DE 1998 por la que se modifica la de 15 de febrero de 1997, por la que se determinan las armas de fuego a utilizar por los guardas particulares del campo para desempeÑar funciones de vigilancia y guarderia.

Fecha de Entrada en Vigor21 de Mayo de 1998
MarginalBOE-A-1998-11715
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La Orden de 15 de febrero de 1997, dictada al amparo de los Reales Decretos 137/1993, de 29 de enero, y 2364/1994, de 9 de diciembre, por los que se aprueban los Reglamentos de Armas y de Seguridad Privada, respectivamente, determinÛ las armas a utilizar por los Guardas Particulares del Campo.

Desde la entrada en vigor de la citada Orden, se ha constatado la dificultad de las empresas para la adquisiciÛn de dichas armas en el mercado, y que es necesario utilizar armas de otros calibres diferentes a los autorizados, y ampliar las clases de armas aptas para desarrollar eficazmente la diversidad de misiones encomendadas a los Guardas Particulares del Campo en sus funciones de vigilancia y guarderÌa.

Por ello, en la presente Orden se autorizan, tambiÈn, los calibres 22LR, 38 especial y 357 Magnum y, como arma, la escopeta de repeticiÛn calibre 12 de 12 postas.

En su virtud, y en uso de la facultad concedida a este Ministerio, dispongo:

Primero.-Se modifican los apartados primero y segundo de la Orden de 15 de febrero de 1997, por la que se determinan las armas de fuego a utilizar por los Guardas Particulares del Campo para desempeÒar funciones de vigilancia y guarderÌa, que quedan redactados en la forma siguiente:

´Primero.-Las armas de fuego especÌficas de los guardas particulares del campo, para desempeÒar funciones de vigilancia y guarderÌa, ser·n con car·cter general las armas largas rayadas de repeticiÛn, concebidas para usar con cartucherÌa...

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