Real Decreto 1256/1982, de 14 de mayo, por el que se prorroga por dos años el cumplimiento de los fines para los que fue adscrita una parcela propiedad del Estado, sita en el término municipal de Vigo (Pontevedra).

MarginalBOE-A-1982-14936
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
B. O.
del
E.
Núm.
145
·18
junio
1982
14936
14938
14937
,.
,
,
l
.Articulo
si~te.-Uno.
Los
acuerdos
adoptadoepor
la.
Junta
d09
ee.narlss
aprobando
provisionalmente
le. modifioa.clón
de
le.
Tarifa'
Especial
deberán
Ber
precedidos
de
un
estudio
económico
justificado
sobre
su
incidencia
en
le.
producción
interior
cana-
ria
niveles
de
precios
y
puestos
de
trabajo,
que
garantioe
su
acierto
'1
oportunidad,setiaJando,
en
todo
caso,
los
volúmenes
de
importación
de
la
mercan-cie., d-i,sUnguiendo
.su
procedencia
del
resto
de
Espafia
Q
del
extranjero.
.
Dos. El
acuerdo
de
aprobación
pro.visiona!,
junto
000
el
expediente
instruido
&1
efecto,
será
objeto
dot.
exposición
púbUca
dure.nte
quince
dia.s.
dentro
de
cuyo
plazo
se
admitirán
las
reclamaciones
que
"formulen
quienes
sean
interesados,
legftimos
8.
tenor
del
artículo
doscientOs
veintiocho
<:>
Roeglamento
de
Haclendas
Looalea. :
Tres. Los
anuncios
de
exposición
se
publicarán
en
el. "Bo-
latin
Oficial"
de
las
provincias
de
Las
Palmas
y
Tenarife
y
los ex,pedientes
serán
puestos
de
manifiesto
en
todos
y
cada
uno
de
los
Cabildos
del
archipiélago.
Cuatro.
Finalizado
el
plazo
de
erposk:i6n,
le.
Junta
de
Calia-
ria.s
remitirá
el
expediente,
junto
con
las.
reclamaciones
presen~
ta.das y
el
dictamen
que
emi,ta,
sobre
1M
mismas,
al·
Ministerio
de
Hacienda
Cinco.
El
Ministerio·
de
Hacienda
elevará,
en
el
plazo
de
dos
meses
a.
partir
de
la
.fe(:ha.
de
su
recepci6n,
propuesta
al
Gobierno
para
la.'
resolución
oon
carácter
definitivo,'
sobre
la.
modificación
de
la
Tarifa. Especi&1;
Seis
..
Los
acuerdos
de
exclusión
de
meroancfe..s o
de
6uspen~
ai6n
total
O
parcial
de
1&
Tarifa
por
ooncuITir
al,guna
de
186
causas
recogidas
en
las
letra.s b, e y
d,
del
articulo
quinto
de
este
Real
Decreto,
se
adoptarán,
con
ca.rlLoter
provisional,
por
la:
Junta
de
Caollarias,
previo
informe- técnico-oecon6mioo
en
el
.
que
se
hará
constar
la
existencia
de
las
mencionadas
causas.
Sin
más
trámites,
la
Junta
de
Ca.na.rlas
remitirá
a.l
Minis-
terio
de
Hacienda
los
acuerdos
a
que
se
refiere
el
párNlfo
an~
'terior, J
éste,
en
el
plazo
de
treinta
días,
elevará,
en
su
caso
al
Gobierno,
propuesta.
para
la
aprobación
definitive.
de
la
ex:~
clusión
o
de
la
suspensión
total
o
parci8J
die
la
Tarifa
Especial.
Siete.
Los,'])lazos
fijados
en
los
apartados
cinco
ysei5
de
este
articulo
queda.rán
inteITUmpidoe
durante
el
tiempo
que
transcurra.
d€sd~
que
se
reclame
a
la
Jun,ta.
de
Canarias
hast&
que
se remita.
por
ésta.
cualquier
antecedente
(,
informe
que
se
considere
útil
para
un
mayor
acierto
de
l&.'
propuesta
a
elev.a.r
al
Gobierno._
DISPOSICION FINAL
El
presente
ReaJ.
Decreto
entrará
en
vigor
el
día.
siguiente
al
de
su
publicación
en
el
-Boletin
Oficial
del
E'Stado
...
Dado
en
Mad,rid a
catorve
de
mayo
'de
mil
novecientos
ochenta
y
·(108.
JUAN
CARLOS R.
El Mi.nistro
de
Hacienda.,
JAIME
CARerA
AJ':lOVEROS
REAL
DECRETO
1258/1982,
de
14
de
mayo,
por
el
que
B6
prorroga
por
dos
arios
el
cumplimiento
d.e
los
fines.
para
108
que
fue
adscrita
una
parcela
propiedad
del
Estado,
sita
en
el
términq
.municipal
de
'Vigo
(PontevedraJ.
Por
Real
Decreto
mU -
quihientos
ochenta/mil
novecientos
-
setenta
y
siete
de
tres
de
mayo,
se
adscribió
al
Patronato,
de
Casas
de
la
Armada
un
inmueble
de
dos
mil
metros
cuadrados,
sito
en
el
término
municipal
de
·Vigo
(Pontevedral,
con
des·
tino
a
la
const~ucci6n
de
viviendas
para
Suboficiales
en
régimen
de
alquiler,
bajo
la
condición
de
"ue
si
en
el
plazo
de
cinco
años,
no
se
cumplía
dicho
fin,
el
inmueble
revertiría
al
Estado.
Formalizada
la
correspondiente
acta
de
adScripción,
con
fe-
cha
cinco
de
agosto
de
mil
novecientos
-setenta y
siete,
entre
el
representante
del
Patronato
de
Casas
de
1
110
Armada
y
el
del
Ministerio
de
Hacienda,
ha
transcurrido
el
plazo
fijado
sin
que
el
inmueble
haya
podido
ser
destinado
a
los
fines
previstos
por
no
haber
podido
obtener
la
licencia
parallevár
a
cabo
las
pretendidas
viviendas
!lasta
el
día
veintisiete
de
octubre
de
mil
novecientos
ochenta
y
uno,
por
lo
que
el
mencionado
PatronaJo
de
Casas
de
la
Armada.
ha
solicitado
una
prórroga
de
dos
años,
para
el
cumplimiento.de
dicho
fin.
.
En
su
virtud,
a
propuesta
del:Ministro
de
Hacienda
y
previa
,deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reuni6n
del
día.
catorce
de
maYQ
de
mil
~oveclentos
ochenta
ydos,
DISPONGO,'
Articulo
primero.-Se
prorroga
por
dos
años,
el
plazo
para
el
cumplimiento
del
fin
determinado
en
el
Real
Decreto
mil
qui-
nientos
ochenta/mil
novecientos
setenta
v
siete
de
·tres
da
mayo,
de
adscripci6n
al
Organismo
au.t6nomo
Patronato
de
Casas
de
la
Armada,. de
un
inmueble
de
dos
mil
metros
cuadrados,
sito
en
el
término
municipal
de
Vigo
(Pontevedral,
debiendo
,contarse
la.
pr6rroga
del
plazo
de·dos
ai'Jos,
para
el
cumplimiento
de
dicho
fin,
desde
la
fecha
en
que
se
formalice
la.
corresplilldiente
acta
de
prórrog~
al
plazo
de
adscripción.
Articulo
segundo.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda,
'a
través
de
la.
Direcci6n
General
del
Patrimonio
del
Estado.
se
llevarAn a
cabo
los
.trám1tes
necesarios
para
la
·efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decr:eto.
Dado
en
Madrid
acatorcEl
de
mayo
de
inll
novecientos
ochEm~
ta
y.dos.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Hacienda.
JAIME
GARCIA
AÑO\EROS
REAL
DECRETO
1257/1982, de
14
de
mayo,
por
el
que
se
acepta
la
donación
del
derecho
de
8uperfi-
ciesobre
un
inmueble
sito
en
el
término
municipal
de
Salamanca,
con
destino
a
Parador
N
acianal
de
Turismo
..
.
El
Ayuntainiento
de
Salamanca,
ha
ofrecido
la
donación
del
derecho
de
superficie
sobre
un
inmueble'
sito
en
el
término
municipal
de
Salamanca,
para
la
construcci6n
de
un
Parador
Nacional
de
Turismo.
Por
el
Ministerio
de
Transportes;
Turismo
y
Comunicaciones
se
considera
de
interés
la
referida·
donaci6n.
A
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda,
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
"reunión
del
día
catorce
de
mayo
de
mil
novecientos
ochenta
y.
dos,
DISPONGO,
Artículo
primero.-De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
articulo
veinticuatro
de
la
Ley
del
Patrimonio
se
.acepta
la
donación
pOr
el
Ayuntamiento
de
Salamanca,
por
un
plazo
de
cincuenta:
años,
del
derecho
de
superficie
sobre
una
parcela
de
terreno
en
el
sitio
llamado
Teso
de
la
Feria
del
mismo
ténili~
no
munic"ipal,
de
veinticuatro
mil
seiscientos
veinte
metros
cua-
drados
de
superficie,
a
segregar
de
una
de
mayor
cabida,
lin~
dando
,la
primera:
Norte,
terrenos
de
propiedad
municipal,
Sur,
calle
de
IÍueva
apl
rtura;
Este,
carretera
nacional
seiscientos
veinte,
y
Oeste,
parcela
en
construcci6n
de
un
Centro
de
Ense-
ñanza
G€neral
Básica.
La
finca
matriz
está.
inscrita
en
el
Registro
de
la.
Propiedad
al
tOmo
ciento
cuatro,
folio
doscientos
treinta
y
uno~
finca
nú-
mero
diez
mil
trescientos
setenta
y
cuatro,
inscripción
primera.
El
inmueble
será
destin<1do a
la
instalaCión
de
un
Parador
Nacional
de
TurÍsmo.
Artículo
segundo.-El
derecho
mencionado
deberá
incorporar-
se
al
Inventar:o
General
de
Bienes
del Rstado,
para
su
ulterior
afectación
por
el
Ministerio
de
Hacienda
al
de
Transportes,
Tu-
rismo
y
Comunicaciones
para
los
servicios
de
Parador
Nacional
d¡:l
'Turismo,
dependi
..
ntes
de
este
último
Départamento.
Artículo
tercero.-Por
el
Ministerio
de
Haci·enda a
través
la
.
Dirección
General
del
Patr~monio
del
Estado
se
llevarán,
a
cabo
los
trámites
necesarios
para
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
eil
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a
catorce
de
mayo
de
mil
novecientos
ochen·
ta
ydos. -
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
Ha-eiendá,
'JAIME
GARCIA
AÑO
VEROS
·REAL
DECRETO
1258/1982,
de
14
de
mayo,
par
el
que
se
acepta
la
donación
.al
Estado
por
el
Ayun-
tamiento
de
Lirwres
(Jaén).
de
un
inmueble
de
226
metros
cuadrados,
sito
en
su
término
municipal,
con
destino
a'
la
ampltacfón
del
Museo
Arqueológico.
Por
·el
Ayuntamiento
de'
Linares
(Jaén)
ha
sido
ofrecido
al
Estado
un
inmueble
de
una
extensión
superficial
de
doscientos
veintiséis
metros
,cuadrados,
sito
en
su
término
municipal,
con
destino
a
la
ampliación
·del
Musec
Arqueol6gico,
Por
el
Ministerio
de
Cultura
se
considera
de
interés
la
acep-
taci6n
de
la.
referida
donaci6n.
A,
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
Y.
previadeliberaci6n
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
catorce
de
mayo
de
mil
noveCientos
ochenta
y
~os,
~
DISPONGO,
Articulo
prim~ro.-De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
ar~
tículo
veinticuatro
de
la
Ley
del
Patrimonio'
se
acepta
la.
dona-
ci6n
aL
Estado
por
el
Ayuntamiento
'de
Linares
(Jaén)
de
la
casa
número
cuatro
de
la
calle
Gen~ral
Echagüe,
del
mismo
término
municipal,
de
dosdentos
veintiséis
metros
cuadrados
de
superficie,
que
linda:
izquierda,
casa
de
Federico
Ramírez;
c;tere-
cha
y
espalda,
casa
número
dos
.
de
la
misma
calle,
proPled~
del
Estado,
y
por
el
último
punto,
además
corrales
de
Martm
Arboledas.
El
inmúeble_donado
'se
destinará
a
la
ampliaci6n
del
Museo
Arqueológico
de
dicha
ciudad.
. .

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