RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2002, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Pedro Jiménez García y doña Filomena Delgado Araniz contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de Tortosa número 2 a inscribir un testimonio de auto recaído en expediente de dominio.

MarginalBOE-A-2002-14545
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

En el recurso gubernativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales, don Federico Domingo Llao, en nombre de don Pedro Jiménez García y doña Filomena Delgado Araniz, contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de Tortosa, número 2, a inscribir un testimonio de auto recaído en expediente de dominio.

Hechos

I

En procedimiento de expediente de dominio número 106/1998, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Tortosa, promovido por don Pedro Jiménez García y doña Filomena Delgado Araniz para la inmatriculación a su nombre por mitad proindiviso de la parcela sita en L'Ametlla de Mar, calle 2, polígono 2, parcela 230 de la urbanización 'Tres Calas', fue dictada Sentencia con fecha 28 de septiembre de 2000 en la que se declaró justificado el dominio y se dictó la inscripción en el Registro de la Propiedad de Tortosa.

II

Presentado testimonio del citado auto en el Registro de la Propiedad de Tortosa, número 2, fue calificado con la siguiente nota: 'Previa calificación del documento, conforme al artículo 18 de la Ley Hipotecaria, se deniega su inscripción por existir datos suficientes en el archivo del Registro que determinan la procedencia de la parcela 230 del polígono 2, de la urbanización 'Tres Calas', de la finca matriz, registral 4.530, al constar debidamente identificadas las parcelas pertenecientes a los señores Dubra Pafarita y Peña Grau, lindantes con la que se pretende inmatricular, procedentes ambas por segregaciones de la finca matriz de las 'Tres Calas', 4.530; por tanto, de practicarse la inmatriculación solicitada, se incurriría en caso claro de doble inmatriculación respecto de la porción de 1.512 metras cuadrados, que constituyen según el presente documento, la parcela 230 del polígono 2. Contra la presente nota de calificación podrá interponerse recurso en los términos de los artículos 112 y siguientes del Reglamento Hipotecario. Tortosa, a 22 de noviembre de 2001. La Registradora. Fdo.: María Elisa Andrés Romero,

III

El Procurador de los Tribunales, don Federico Domingo Llao, en representación de don Pedro Jiménez García y doña Filomena delgado Araniz, interpuso recurso gubernativo contra la anterior calificación, y alegó:

  1. Que en la tramitación del expediente se han seguido todos los trámites exigidos por la Ley Hipotecaria y por su Reglamento. Que en el período probatorio por parte del Ministerio Fiscal se pidió que el Juzgado solicitara del Registro de la Propiedad que certificara sobre 'la descripción actual de la finca y la última descripción de dominio y las demás vigente', y...

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