ORDEN ARM/2952/2008, de 1 de octubre, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Fondo de Garantía Agraria.

Fecha de Entrada en Vigor17 de Octubre de 2008
MarginalBOE-A-2008-16704
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyOrden

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

Por otro lado, el artículo 52.2 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, establece que, en todo caso, la disposición o acuerdo deberá dictarse y publicarse con carácter previo a la creación, modificación o supresión del fichero.

En este sentido, la Orden APA/36/2003, de 13 de enero, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, estableció los datos esenciales de dichos ficheros, entre ellos, algunos de la titularidad del Fondo Español de Garantía Agraria (en adelante FEGA), organismo autónomo adscrito en aquél momento al mencionado Departamento Ministerial.

Como quiera que el Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, de reestructuración de diversos Departamentos Ministeriales, ha suprimido el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, asumiendo sus funciones y competencias el nuevo Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, al cual queda adscrito el FEGA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.6 a) del Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del citado Ministerio, y debiendo modificarse alguno de los ficheros de la titularidad del citado organismo contenidos en la Orden APA/36/2003, antes mencionada, así como crear algunos nuevos igualmente de la titularidad del citado organismo autónomo, por medio de la presente Orden se pasa a regular los ficheros de datos de carácter personal de la titularidad del FEGA, derogando al mismo tiempo la Orden APA/36/2003 sólo en lo referente a los ficheros de los que sea responsable dicho organismo.

La presente disposición ha sido informada por la Comisión Ministerial de Administración Electrónica y por la Agencia Española de Protección de Datos, de conformidad esto último con lo dispuesto en el artículo 37.1 h) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

En su virtud, dispongo:

Artículo único Creación de ficheros de datos de carácter personal de la titularidad del Fondo Español de Garantía Agraria.

Se crean los ficheros de datos de carácter personal números 1 a 14, que se relacionan en el anexo a la presente Orden.

Disposición derogatoria única Derogación normativa.

Queda derogada parcialmente la Orden APA/36/2003, de 13 de enero, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en lo que se refiere exclusivamente a los ficheros de datos de carácter personal de titularidad del Fondo Español de Garantía Agraria creados por la misma, ficheros números 24 al 32, ambos inclusive, relacionados en el Anexo de la citada Orden, los cuales quedan suprimidos.

Disposición final única Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de octubre de 2008.-La Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa Mangana.

ANEXO

Creación de ficheros

Fichero número 1. Control de visitas.

Finalidad y usos: control de personas que visitan el Organismo.

Personas y colectivos afectados: personas que visitan los edificios del Organismo. Procedimiento de recogida de datos: el propio interesado.

Estructura básica del fichero-base de datos: datos de carácter identificativo: DNI/NIF; nombre y apellidos; elementos electrónicos introducidos.

Sistema de tratamiento: automatizado.

Cesiones de datos de carácter personal y transferencias internacionales de datos: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, para la investigación, en su caso, de posibles conductas constitutivas de delito.

Órgano responsable: Fondo Español de Garantía Agraria.

Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Fondo Español de Garantía Agraria.

Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible: nivel básico.

Unidad responsable de la declaración y registro del fichero: Fondo Español de Garantía Agraria.

Fichero número 2. Tasa de producción láctea.

Finalidad y usos: base de datos para la gestión de las declaraciones de compras de leche a productores y para la obtención de la tasa suplementaria.

Personas y colectivos afectados: productores de leche y empresas compradoras. Procedimiento de recogida de datos: el propio interesado o su representante legal (empresas), entidad privada (ganaderos).

Estructura básica del fichero-base de datos: datos de carácter identificativo y personal: DNI/NIF; nombre y apellidos teléfono, dirección, fecha de nacimiento. Datos de información comercial: cantidades de leche; fechas de ventas; empresa compradora. Datos económicos financieros: datos bancarios; importe de retenciones, tasas y devoluciones.

Sistema de tratamiento: parcialmente automatizado.

Cesiones de datos de carácter personal y transferencias internacionales de datos: órganos de las comunidades autónomas y organismos de la Unión Europea con competencia en la materia (artículos 11.2 c) y e) y artículo 21 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Órgano responsable: Fondo Español de Garantía Agraria.

Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Fondo Español de Garantía Agraria.

Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible: nivel básico.

Unidad responsable de la declaración y registro del fichero: Fondo Español de Garantía Agraria.

Fichero número 3. Ayudas de los Fondos Europeos Agrícolas.

Finalidad y usos: coordinación, control y pago de ayudas con cargo a los Fondos Europeos Agrícolas.

Personas y colectivos afectados: solicitantes de ayudas con cargo a los Fondos Europeos Agrícolas.

Procedimientos de recogida de datos: Administraciones Públicas, el propio interesado o su representante legal.

Estructura básica del fichero-base de datos: Datos de carácter identificativo y personal: DNI/NIF; nombre y apellidos, teléfono, dirección, fecha de nacimiento, nacionalidad. Datos de información comercial: actividad; cantidad de los productos objeto de la ayuda, datos de la explotación y de los animales objeto de ayudas, ayuda solicitada. Datos económico-financieros: avales, datos bancarios; importe de las ayudas, resultado de los...

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