Resolución de 27 de Julio de 1994, de la Universidad de Extremadura, Reguladora de Los Ficheros Automatizados de Datos de Carácter Personal Existentes En la Misma.

MarginalBOE-A-1994-18031
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyResolución

La disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal (publicada en el de 31 de enero de 1993), concedía un año desde su entrada en vigor (el 31 de enero de 1993) para que las instituciones públicas responsables de ficheros automatizados ya existentes adoptarán una disposición de regulación del fichero o adaptaran la ya existente. Posteriormente, el Real Decreto-ley 20/1993, de 22 de diciembre (publicado en el del 28), prorrogó por seis meses el plazo de un año establecido en aquella disposición adicional.

En su virtud, y de conformidad con la normativa citada, este Rectorado ha tenido a bien disponer:

Primero.-Los ficheros automatizados de la Universidad de Extremadura en los que se contienen y procesan datos de carácter personal son los siguientes:

  1. Fichero de Personal.

  2. Fichero de Pruebas de Aptitud para el acceso a la Universidad.

  3. Fichero de Admisión.

  4. Fichero de Matrícula (1, 2 y 3 ciclo).

  5. Fichero de Becas.

  6. Fichero de títulos universitarios oficiales.

Segundo.-El fichero automatizado de Personal contiene datos personales y profesionales referentes al personal docente y no docente que presta servicios en la Universidad de Extremadura.

Los datos son aportados por los propios interesados, a través de la documentación presentada al iniciar su relación con la Universidad, y la finalidad de su recogida está en facilitar la gestión administrativa de personal (percepción de haberes, seguridad social, retenciones fiscales a cuenta, etc.), y mantener actualizada permanentemente la situación administrativa de todo el personal.

Se prevén las siguientes cesiones de datos:

Al INSS y a la MUFACE, los referentes a cotizaciones y prestaciones sociales.

Al Ministerio de Economía y Hacienda, los referentes a retribuciones y retenciones a cuenta del IRPF.

Al Registro Central de Personal del Ministerio para las Administraciones Públicas, los referentes a la información y a las incidencias administrativas que deban constar en el mismo.

Tercero.-El fichero automatizado de Pruebas de Aptitud para el acceso a la Universidad contiene datos personales y académicos relativos a aquellos alumnos de COU y de los nuevos planes de estudio implantados por la LOGSE que se inscribe para la realización de dichas pruebas, y que cursan sus estudios en centros ubicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Los datos son aportados por los centros oficiales de...

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