RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2000, del Consejo Superior de Deportes, por la que se dispone la publicación de la modificación de los Estatutos de la Federación Española de Deportes de Minusválidos Físicos.
Marginal | BOE-A-2000-4538 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Educacion y Cultura |
Rango de Ley | Resolución |
RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2000, del Consejo Superior de Deportes, por la que se dispone la publicación de la modificación de los Estatutos de la Federación Española de Deportes de Minusválidos Físicos.
En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 10.2.b de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes, en su sesión de 30 de noviembre de 1999, ha aprobado definitivamente la modificación de los Estatutos de la Federación Española de Deportes de Minusválidos Físicos y autorizado su inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 31.7 de la Ley del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones deportivas españolas, procede la publicación en el 'Boletín Oficial del Estado' de los Estatutos de los mismos y sus modificaciones.
En virtud de lo anterior, esta Secretaría de Estado acuerda:
Disponer la publicación de la modificación de los Estatutos de la Federación Española de Deportes de Minusválidos Físicos contenidos en el anexo a la presente Resolución.
Madrid, 21 de febrero de 2000.--El Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes, Francisco Villar García-Moreno.
ANEXO
Modificación Estatutos de la Federación Española de Deportes de Minusválidos Físicos
Son órganos complementarios:
-
La Junta Directiva.
-
Comisión Permanente.
-
El Secretario de la Federación.
-
El Gerente.
Para un mejor y más eficaz rendimiento se podrán crear, tanto en el seno de la FEDMF, como en los Comités y Subcomités, Direcciones y Comisiones con carácter provisional o permanente.
-
La Junta Directiva es el órgano ejecutivo de gestión de la FEDMF.
La Presidencia de la misma corresponde al Presidente de la FEDMF y estará constituida por un número de vocales no superior a diez personas.
-
Tres Vicepresidentes.
-
El Presidente del Comité Técnico.
-
El Presidente del Comité Médico.
Asimismo, podrán asistir a las reuniones de la Junta aquellas personas que el Presidente considere oportuno invitar, con voz pero sin voto.
En el seno de la Junta Directiva se constituirá una Comisión permanente, como órgano ejecutivo de gestión complementaria de la Junta Directiva de la FEDMF. La Presidencia de la Comisión corresponde al Presidente de la FEDMF y estará constituida por un número de vocales no superior a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba