RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2002, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se conceden ayudas para favorecer la movilidad de profesorado universitario en los programas de doctorado de las universidades públicas.

MarginalBOE-A-2002-22633
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2002, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se conceden ayudas para favorecer la movilidad de profesorado universitario en los programas de doctorado de las universidades públicas.

Por Orden de ECD/1668/2002, 29 de mayo ('Boletín Oficial del Estado' de 3 de julio), del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se convocaron becas y ayudas para favorecer la movilidad de profesorado universitario y alumnos de tercer ciclo en los programas de doctorado de las universidades públicas para el curso académico 2002-2003.

Concluido el proceso de evaluación por los expertos al que se refiere el punto 3.2. del anexo A de la convocatoria 'Ayudas para la movilidad del profesorado', efectuada la propuesta por la Comisión de Selección prevista en el punto 3.3. del mencionado anexo, y de conformidad con el punto 2.d) de la Orden de convocatoria y de las competencias delegadas por la Orden de 1 de febrero de 2001 ('Boletín Oficial del Estado' del 9), he resuelto:

Primero.--Conceder las subvenciones que se indican en el Anexo de la presente Resolución por los importes que se señalan para cada universidad y programa de doctorado.

Segundo.--La financiación de estas ayudas se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.541A.781 de los Presupuestos Generales del Estado de 2002.

Tercero.--El importe de las ayudas se librará a las universidades responsables de los programas para su inclusión en los presupuestos. Las Universidades perceptoras de las ayudas certificarán en un plazo de tres meses, a contar desde su recepción, ante la Dirección General de Universidades que han incorporado a su contabilidad las cantidades percibidas.

Cuarto.--Las cantidades transferidas quedan afectas a los fines para los que se otorgan. De su correcta utilización responderán las universidades perceptoras, dentro de los tres meses siguientes a la terminación del curso académico 2002-2003, presentando una memoria de las actividades desarrolladas.

Cualquier cambio o modificación debe solicitarse por escrito razonado a esta Subdirección General, con el visto bueno del Vicerrector responsable.

La Dirección General de Universidades resolverá, en cada caso, de conformidad con las disposiciones de la Orden de convocatoria y teniendo en consideración las razones que sustenten la petición.

Quinto.--De conformidad con la convocatoria, en la publicidad de los programas seleccionados deberá hacerse constar que han obtenido financiación de la Dirección General de Universidades, Secretaría de Estado de Educación y Universidades. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 8 de octubre de 2002.--P.D. (Orden de 1 de febrero de 2001, 'Boletín Oficial del Estado' de 5 de julio), el Director general de Universidades, Ismael Crespo Martínez.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Formación y Movilidad de Profesorado Universitario.

ANEXO

Universidad Departamento Programa Ayuda en euros

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BARCELONA.

CENTRO DE ESTUDIOS AMBIENTALES. DOCTORADO EN CIENCIAS AMBIENTALES. 8.520

CIENCIA POLITICA Y DERECHO PUBLICO. DOCTORADO EN CIENCIA POLITICA Y DE LA ADMINISTRACION: PENSAR Y GOBERNAR LAS SOCIEDADES COMPLEJAS.

6.300

ECONOMIA E HISTORIA ECONOMICA. INTERNATIONAL DOCTORATE IN ECONOMIC ANALYSIS (IDEA).

22.000

FISICA. FISICA. 13.520

FISICA (CENTRO DE ESTUDIOS DE HISTORIA DE LAS CIENCIAS).

HISTORIA DE LAS CIENCIAS. 15.510

FISICA, GEOLOGIA Y QUIMICA. CIENCIA DE MATERIALES. 18.930

MATEMATICAS. DOCTORADO EN MATEMATICAS. 6.760

PSICOLOGIA DE LA SALUD Y DE PSICOLOGIA SOCIAL.

PSICOLOGIA SOCIAL. 18.830

TOTAL ORGANISMO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 110.370

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE MADRID. CIENCIA POLITICA Y RELACIONES INTERNACIONALES.

ESTUDIOS INTERNACIONALES Y AFRICANOS. 8.480

ESTUDIOS ARABES E ISLAMICOS. ESTUDIOS INTERNACIONALES MEDITERRANEOS.

13.000

FISICA TEORICA. ASTROFISICA Y COSMOLOGIA. 16.710 . FISICA TEORICA. 14.010

MATEMATICAS. MATEMATICAS. 2.100

MORFOLOGIA. NEUROCIENCIA. 13.350

TOTAL ORGANISMO...

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