RESOLUCIÓN 38/1997, de 12 de Marzo, de la Secretaria de Estado de defensa, de delegacion de Facultades en materia de Contratacion en el Ambito del Servicio militar de Construcciones.

Fecha de Entrada en Vigor27 de Marzo de 1997
MarginalBOE-A-1997-6414
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyResolución

Con el fin de agilizar en lo posible la actividad del Servicio Militar de Construcciones, organismo autónomo dependiente del Ministerio de Defensa, resulta aconsejable delegar determinadas competencias en materia de contratación, hoy residenciadas en el Secretario de Estado de Defensa, en su condición de Presidente del Consejo Directivo de dicho organismo, en los órganos gestores de distinto nivel del mismo. Por ello, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

En su virtud, dispongo:

Primero.-Se delega en el Director Gerente del Servicio Militar de Construcciones todas las facultades de contratación en relación con:

  1. Cualesquiera contratos que requiera la ejecución de las obras que se adjudiquen al Servicio Militar de Construcciones. Ello, no obstante, será precisa la autorización del Consejo Directivo cuando se trate de contratos cuyo presupuesto sea superior a 150.000.000 de pesetas, o, tratándose de contratos de consultoría y asistencia y de trabajos específicos y concretos no habituales, a 2.000.000 de pesetas.

  2. Las adquisiciones de bienes muebles que hayan de incorporarse al inmovilizado del Servicio Militar de Construcciones, hasta la cuantía de 20.000.000 de pesetas, y las enajenaciones del material inútil por importe no inferior a su valor de tasación, cuando dicho valor no supere los 20.000.000 de pesetas.

  3. Los contratos de consultoría y asistencia y los de trabajos específicos y concretos no habituales, cuyo presupuesto no exceda de 2.000.000 de pesetas.

    Segundo.-Se delega en los Jefes de Zona del Servicio Militar de Construcciones todas las facultades de contratación en relación con:

  4. Los contratos de obras y de suministros que requiera la ejecución de las obras adjudicadas al...

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