ORDEN 161/1998, de 30 de junio, sobre delegación de facultades en materia de convenios y contratos administrativos, en determinadas autoridades del Ejército de Tierra.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Julio de 1998
MarginalBOE-A-1998-15980
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 161/1998, de 30 de junio, sobre delegación de facultades en materia de convenios y contratos administrativos, en determinadas autoridades del Ejército de Tierra.

La Orden 220/1997, de 12 de noviembre, por la que se desarrolla la estructura del Cuartel General, la Fuerza, el Apoyo a la Fuerza y la organización territorial en el Ejército de Tierra, y la Instrucción del Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra 268/1997, de 31 de diciembre, de adaptaciones orgánicas para el año 1998, contemplan la creación de determinados organismos que, debiendo recibir competencias en materia de contratación, no están recogidos en la Orden 11/1996, de 17 de enero, de delegación de facultades de autoridades del Ejército de Tierra, en materia de convenios y contratos administrativos.

En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:

Primero.--A propuesta de las autoridades que a continuación se expresan, se ratifica la delegación de las mismas en las que, en cada caso, se indican, en cuanto a las facultades recibidas del Ministro por desconcentración en los artículos y del Real Decreto 1904/1995, de 24 de noviembre, de desconcentración de facultades en materia de convenios y contratos administrativos en el ámbito del Ministerio de Defensa, y como ampliación a lo dispuesto en la Orden 11/1996, de 17 de enero, de delegación de facultades de autoridades del Ejército de Tierra, en materia de convenios y contratos administrativos.

  1. El Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra

    1.1 En el Jefe de la Fuerza de Maniobra, para convenios y contratos sin límite de cuantía.

    1.2 En el Jefe del Mando de Adiestramiento y Doctrina, para convenios y contratos sin límite de cuantía.

    1.3 En el Inspector General de Movilización, convenios y contratos sin límite de cuantía.

    1.4 En el Director del Instituto de Historia y Cultura, convenios y contratos sin límite de cuantía.

    1.5 En el Director de Investigación y Análisis para el Combate, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.

    1.6 En el Director de Doctrina, Orgánica y Materiales, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.

    1.7 En el Jefe de la División de Infantería Mecanizada 'Brunete' 1, para convenios y contratos de cuantía igual o...

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