ORDEN de 4 de diciembre de 2001 por la que se convoca proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Odontólogos-Estomatólogos del Área de Atención Primaria dependientes del INSALUD.

MarginalBOE-A-2001-23157
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden
BOE núm. 294 Sábado 8 diciembre 2001 45683
mente por el Tribunal, hasta un máximo de 10 puntos, conforme
a los siguiente criterios y tabla de valoración:
Difusión
nacional Difusión
internacional
Publicación revista ....................... 0,25 0,50
Capítulo de libro ......................... 0,30 0,60
Libro completo .......................... 1,00 2,00
No se podrán valorar más de tres capítulos de un mismo libro.
Sólo se valorarán a los tres primeros autores de los trabajos
a que se refiere este apartado.
En todo caso, por este apartado a) no podrá obtenerse una
puntuación superior a 10 puntos.
b) Por impartir docencia postgraduada en materias relacio-
nadas con la categoría a la que se concursa en centros acreditados
para la docencia, hasta un máximo de 5 puntos: 0,50 puntos
por cada año.
23157 ORDEN de 4 de diciembre de 2001 por la que se con-
voca proceso extraordinario de consolidación de
empleo para la selección y provisión de plazas de
Odontólogos-Estomatólogos del Área de Atención Pri-
maria dependientes del INSALUD.
Existiendo plazas vacantes de la categoría de Odontólogos-Es-
tomatólogos del Área de Atención Primaria dependientes del
INSALUD y en cumplimiento de los dispuesto en la Ley 16/2001,
de 21 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 22 de noviem-
bre), por la que se establece un proceso extraordinario de con-
solidación y provisión de plazas de personal estatutario de las
Instituciones sanitarias de la Seguridad Social de los Servicios
de Salud del Sistema Nacional de la Salud,
Este Ministerio en el ejercicio de las funciones que le han sido
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio
de Sanidad y Consumo y en cumplimiento del mandato legislativo
contenido en el artículo 11 de la citada Ley, dispone:
Convocar proceso extraordinario de consolidación de empleo
para la selección y provisión de plazas de Odontólogos-Estoma-
tólogos del Área de Atención Primaria dependientes de Insalud,
con sujeción a las siguientes
Bases
Primera. Normas generales.—Para el presente proceso de con-
solidación de empleo se convocan 270 plazas de la categoría de
Odóntologo/Estomatatólogo de Área de Atención Primaria.
Este proceso se divide en dos fases: Selección y provisión.
FASE DE SELECCIÓN
Segunda. Selección.—Se llevará a cabo a través del sistema
de concurso-oposición, y en consecuencia esta fase consta de dos
partes: Primera parte, oposición, y segunda parte, concurso.
El ejercicio correspondiente a la oposición se celebrará en
Madrid.
Las pruebas selectivas se regirán por la ley 16/2001, de 21
de noviembre; por la Ley 30/1999, de 5 de octubre, de selección
y provisión de plazas de personal estatutario de los Servicios de
Salud, con las siguientes excepciones: artículos 5 —a excepción
de su apartado 8 que continuará vigente— 6, 8, 10 y 11 y por
tario, con excepción de los artículos 12, 13, 14, 15, 16, 17,
29, 30, 31, 32, 33 y 34. Asimismo, por las presentes bases de
convocatoria y por las demás disposiciones aplicables al efecto.
Del total de plazas ofertadas en esta fase de selección, se reserva
un 3 por 100 para ser cubiertas por personas con minusvalía
con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, de
acuerdo con lo previsto en los artículos 3.2 de la Ley 16/2001,
de 21 de noviembre y 4.5 de la Ley 30/1999, de 5 de octubre.
Los aspirantes que superen la fase de selección accederán a
la situación de personal estatutario en expectativa de destino en
la que permanecerán, hasta que obtengan, en su caso, un destino
definitivo como consecuencia de su participación en la posterior
fase de provisión prevista en esta Orden ministerial.
Tercera. Requisitos de los aspirantes.—Los aspirantes, para
poder participar en este proceso extraordinario de consolidación
de empleo, deberán reunir en la fecha de terminación del plazo
de presentación de solicitudes, los requisitos que se indican a
continuación y mantenerlos hasta el momento de la toma de
posesión.
1. Requisitos generales:
a) Poseer la nacionalidad española o la de algún Estado Miem-
bro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo u
ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme
al Tratado de la Comunidad Europea.
b) Poseer el título de Licenciado en Odontología o Médico
Estomatólogo.
c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño
de las tareas que se deriven del correspondiente nombramiento.
d) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad
de jubilación forzosa.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquier Servicio de Salud o Administración Públi-
ca en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inha-
bilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas
ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
f) En el caso de los nacionales de los otros Estados men-
cionados en el párrafo a), no encontrarse inhabilitado, por sanción
o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones
o servicios públicos en un Estado Miembro, ni haber sido separado
por sanción disciplinaria de alguna de sus Administraciones o Ser-
vicios Públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.
g) Haber abonado los derechos de examen, salvo que el aspi-
rante se acoja a las exenciones que se señalan en la base cuarta.
2. Acreditación de requisitos: Los requisitos a que se refiere
el apartado 1 de la presente base, excepto el haber abonado las
tasas por derechos de examen en el supuesto especificado en la
base tercera g), se acreditarán fehacientemente por el concursante
en la forma prevista en la base décima, relativa a la presentación
de documentos. El pago de los derechos de examen, que será
previo a la presentación de la solicitud, se efectuará como se indica
en la base cuarta, relativa a la solicitud y a los derechos de examen.
Aquellas personas que reúnan la condición de minusválido,
deberán acreditar el grado de discapacidad mediante fotocopia
compulsada de la resolución administrativa por la que se reconoce
tal condición, y se adjuntará a la solicitud de participación en
las pruebas.
Cuarta. Solicitud y derechos de examen.—Las solicitudes para
participar en las pruebas selectivas se formalizarán necesariamente
en el modelo que al efecto será facilitado gratuitamente en los
Servicios Centrales del Instituto Nacional de la Salud, en sus Direc-
ciones Territoriales y Provinciales y en las Delegaciones y Sub-
delegaciones del Gobierno de las provincias cuyas Comunidades
Autónomas hayan asumido las competencias de este Instituto.
Los aspirantes deberán rellenar en la instancia el código 5103,
correspondiente a la categoría de la plaza de Odontólogo-Esto-
matólogo a la que concursa.
Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ingresar en la cuen-
ta número 0182-9071-01-0200066692 del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria (BBVA) la cantidad de 4.000 pesetas (24,04 euros)
en concepto de tasas por derechos de examen. Estarán exentos
de este pago de la tasa por derechos de examen las personas
con discapacidad igual o superior al 33 por 100.
Además, estarán exentos de este pago las personas que figuren
como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un
mes anterior a la fecha de esta convocatoria. Para el disfrute de
la exención será requisito que no hubieran rechazado en el citado
plazo oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a par-
ticipar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, for-
mación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan
de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo inter-
profesional. La certificación relativa a la condición de demandante
de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará
en la correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo.

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