Resolución de 8 de julio de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de Ibi, por la que se suspende el despacho de un mandamiento de expedición de certificación de dominio y cargas en procedimiento de ejecución hipotecaria.

MarginalBOE-A-2013-8676
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

En el recurso interpuesto por don L. C. R. M., procurador de los Tribunales, en representación de «Caixabank, S.A.», contra la nota de calificación extendida por la registradora de la Propiedad de Ibi, doña Cristina Martínez Ruiz, por la que se suspende el despacho de un mandamiento de expedición de certificación de dominio y cargas en procedimiento de ejecución hipotecaria.

Hechos

I

En Procedimiento judicial de ejecución hipotecaria 658/2012 seguido por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ibi a instancia de «Caixabank, S.A.» contra don E. D. M. y doña A. V. P. se dictó por el secretario Judicial, don S. G. H. mandamiento de 24 de enero de 2013 a fin de que se expidiese y remitiera al juzgado certificación registral acreditativa: de la titularidad del dominio y demás derechos reales de la finca ejecutada, registral 11.711 del término municipal de Castalla; de las cargas que la graven; y de que la hipoteca a favor de la ejecutante, que se otorgó ante el notario de Castalla, don José Luis Moler Bienes, el 31 de enero de 2006, número de protocolo 202, se halla subsistente y sin cancelar.

II

Presentado en el Registro de la Propiedad de Ibi el referido mandamiento fue objeto de la siguiente nota de calificación: «Registrador que suscribe, previo examen y calificación del documento que se dirá, ha resuelto no practicar la inscripción solicitada, conforme a los siguientes hechos y fundamentos de derecho: Hechos: Documento presentado: Mandamiento para expedición de certificación de cargas, Artículo 688 L.E.C., procedimiento Ejecución Hipotecaria n.° 658/2012, de fecha 24 de Enero de 2013, en unión de adición de fecha 22 de Abril de 2013 Funcionario autorizante: Don S. G. F., Secretario del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Ibi. Asiento de Presentación: 691 del diario 154 Finca (Datos Registrales): número 11711 de Castalla. Interesados: Caixabank SA Fundamentos de Derecho: Se suspende la inscripción del presente documento por adolecer del siguiente defecto subsanable: La hipoteca objeto de ejecución judicial arriba indicada no se encuentra inscrita a favor del ejecutante «Caixabank, S.A.», sino a favor de «Caixa d´Stalvis i Pensions de Barcelona», faltando la inscripción del título que motiva el cambio de titularidad de dicha hipoteca, artículos l, 18, 20, 65, 132 y 134 de la Ley Hipotecaria; 688 de la Ley de Enjuiciamiento Civil; Disposición adicional segunda de la Ley 8/2012, de 30 de octubre, de saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero; y las Resoluciones de esta Dirección General de 25 de noviembre de 2002, 6 de junio de 2009 y 20 de febrero, 12 de junio y 28 y 29 de noviembre de 2012 y 19 de marzo de 2013 y Auto de 12 de julio de 2012 de la Audiencia Provincial de Castellón, sección 3. La Dirección General de los Registros y del Notariado ha establecido en la Resolución de 19 de marzo de 2013 lo siguiente… Contra la presente (…). Ibi a 24 de Abril de 2013 (firma ilegible) La Registradora: Cristina Martínez Ruiz».

III

La anterior nota de calificación, que fue notificada al presentante el día 24 de mayo de 2013, es recurrida ante esta Dirección General por don L. C. R. M., procurador de los Tribunales, en representación de la ejecutante «Caixabank, S.A.», mediante escrito que tuvo entrada en el Registro de la Propiedad de Elche número 1 el día 23 de mayo de 2013, trasladándose al Registro de la Propiedad de Ibi el día 27 de mayo de 2013. En el escrito, el recurrente alega: Que no es necesario que la hipoteca conste inscrita en el Registro de la Propiedad a nombre de «Caixabank, S.A.» debido a que ésta ha sucedido a título universal a la «Caixa d´Stalvis y Pensions de Barcelona», a cuyo favor aparece inscrito...

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