Resolución de 18 de enero de 1985, de La Dirección general de exportación, por la que se actualiza la Relacion de comisiones consultivas y centros administrativos rectores de la exportación de productos Agrarios.

MarginalBOE-A-1985-2088
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

En la resolución de La Dirección general de exportación de 22 de diciembre de 1970 y otras posteriores se estableció cómo Anexo la Relacion de centros administrativos rectores de una serie de productos con la correspondiente especificación de las partidas arancelarias concretas; a efectos, entre otros, del adecuado Funcionamiento de las comisiones consultivas.

Desde la última actualización del citado Anexo, se han producido numerosas modificaciones en la clasificación arancelaria de las mercancías; por otra parte, la lógica Evolucion de la Estructura exportadora ha dado lugar a que se hayan producido modificaciones, tanto en la Localizacion Geografica de sus centros de exportación cómo la composición de los Grupos de productos que la integran.

Por todo ello se considera necesario actualizar la Relacion de productos y centros administrativos rectores, por lo que Esta Dirección general ha resuelto:

Primero.-En Relacion con los capítulos 1 al 24 del vigente arancel de Aduanas, la Relacion de productos, con carácter enunciativo, y sus correspondientes partidas arancelarias y centros administrativos rectores sen las que figuran en el Anexo a la presente resolución.

Segundo.-La designación Geografica de Centro administrativo rector debe entenderse en el sentido de que dicho Centro será La Dirección territorial o provincial de economía y Comercio que radique en el lugar citado. Queda exceptuado el casó de Madrid, en el que el Centro administrativo rector será siempre La Dirección general de exportación.

Tercero.-La presente resolución entrará en vigor el mismo dia de su publicación en el "Boletín Oficial del estado".

Madrid, 18 de enero de 1985.-El Director general, apolonio Ruiz ligero.

Anexo

Partida arancelaria / productos o sectores / Centro administrativo rector

01.01a / ganado Caballar / Madrid.

01.01c / ganado mular / Madrid.

01.04a / ganado ovino / Madrid.

01.05a-Ii-B / aves de pelea / Sevilla.

02.01 a-I / carné de equinos / Madrid.

Ex. 02.01 a-Iv / carné de ovino / Madrid.

Ex. 02.02 / pollos refrigerados y congelados / Madrid.

03.01 / pescado fresco, refrigerado o congelado / Madrid, vigo y la palmas.

03.02 a-I-B / bacalao / San Sebastián.

Ex. 03.02 a-Ii-A / pescado seco de Canarias / Las Palmas.

03.03 b-Ii / mejillones / vigo.

Ex. 03.03 b-Iv / cefalopodos / Madrid, vigo y Las Palmas.

04.05 / huevos / Madrid.

04.06 / miel / valenciá.

06.02 / plantas y Raices Vivas / Madrid y barcelona.

06.03 / Flores y capullos / barcelona, Malaga y Santa Cruz de tenerife.

07.01 a-Ii / Patata temprana / Madrid, Palma de Mallorca y Santa Cruz de tenerife.

07.01 d / Lechugas y escarolas / barcelona y valenciá.

Ex. 07.01 f / Guisantes / Murcia.

Ex. 07.01 f / judias verdes / valenciá y Las Palmas.

Ex. 07.01 g / apio y broculi / barcelona y valenciá.

Ex. 07.01 g / Zanahorias / Madrid.

Ex. 07.01 h / Cebollas / valenciá y Las Palmas.

Ex. 07.01 h / Ajos frescos / Madrid y valenciá.

Ex. 07.04 / Ajos deshidratados y secos / Madrid y valenciá.

07.01 l / alcachofas / Alicante.

07.01 m-I / tomate fresco de invierno / Madrid.

07.01 m-Ii / tomate fresco de verano / valenciá.

07.01 m-I / aceitunas de verdeo / Sevilla.

Ex. 07.01 p / pepinos de invierno / Madrid.

Ex. 07.01 q / Setas / barcelona.

07.01 s / Pimientos / Murcia y Las Palmas.

Ex. 07.01 t / berenjenas / valenciá y Madrid.

Ex. 07.01 t / las demás hortalizas y legumbres / Murcia y Las Palmas.

07.02, 07.04 / hortalizas y legumbres congeladas o deshidratadas / Murcia y Las Palmas.

07.03 a-I / aceitunas semiconservadas / Sevilla.

07.03 c,d,e y f / las demás hortalizas y legumbres congeladas o deshidratadas / Murcia y Las Palmas.

07.05 / legumbres de vaina, secas y desvainadas / Madrid.

08.01b / plátanos / Santa Cruz de tenerife.

09.01d / aguacates / Madrid y Malaga.

08.02 a-I / Naranjas dulces / valenciá.

Ex. 08.02 a-Ii / Naranjas amargas / Sevilla.

08.02b / Mandarinas / valenciá.

08.02c / Limones / Murcia.

Ex. 08.02 a-D / pomelos / valenciá.

08.04 a-I-A / uva fresca de otoño-Invierno / Murcia.

08.04 a-I-B / uva fresca de verano / valenciá.

08.04 b / pasas / Malaga.

08.05 a / Almendras / Madrid.

Ex. 08.05 g / avellanas / Madrid.

Ex. 08.05 c / castañas, zona norte / vigo.

Ex. 08.05 c / castañas, zona sur / Sevilla.

08.06 a /...

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