Orden de 5 de octubre de 1992 por la que se establece el procedimiento para la concesión de la exención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de determinados premios literarios, artísticos o científicos.

MarginalBOE-A-1992-23126
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

El artículo 9.Uno i) de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, establece la exención de los premios literarios, artísticos o científicos relevantes, remitiendo al desarrollo reglamentario la determinación de las condiciones que los mismos deben reunir.

Este desarrollo reglamentario se encuentra recogido en el artículo 3. del Reglamento del citado Impuesto, aprobado por el artículo 1. del Real Decreto 1841/1991, de 30 de diciembre ( del 31).

El citado artículo 3. establece, entre otras cosas, que la exención será concedida por el órgano competente de la Administración tributaria. A su vez, la disposición final única del citado Reglamento autoriza al Ministro tanto a dictar las disposiciones necesarias para la aplicación del Reglamento como para determinar los órganos competentes de la Administración tributaria a que se refiere el mismo.

Por todo ello, en uso de las autorizaciones que este Ministerio tiene conferidas, he tenido a bien disponer:

Primera. Solicitud.-1. El escrito de solicitud habrá de contener, al menos, los siguientes datos:

  1. Apellidos y nombre o razón social y número de identificación fiscal y domicilio fiscal del solicitante y, en su caso, de su representante, su condición de convocante del premio o persona premiada y de residente o no en España.

  2. Las características del premio convocado y en particular:

    1. La denominación del premio y su dotación.

    2. Su carácter nacional o internacional.

    3. Si es convocado en España o en el extranjero.

    4. El no establecer limitación alguna respecto a los concursantes por razones ajenas a la propia esencia del premio.

    5. Su concesión respecto de obras ejecutadas o actividades desarrolladas con anterioridad a su convocatoria.

    6. La no exigencia de cesión o limitación de los derechos de propiedad sobre las obras premiadas.

    7. La fecha de publicación de la convocatoria en el o de la Comunidad Autónoma y la fecha de publicación en, al menos, un periódico de gran circulación nacional, cuando ello sea un requisito.

    8. La periodocidad con que, en su caso, se convoca el premio.

    9. Fecha de concesión del premio.

  3. El lugar, la fecha y la firma del solicitante.

  4. El órgano al que se dirige.

    1. Al escrito de solicitud se acompañará la siguiente documentación:

  5. Un ejemplar de las bases de la convocatoria del premio, en todo caso.

  6. Una copia del anuncio de la convocatoria en el o de la Comunidad Autónoma y en, al menos, un periódico de...

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