ORDEN PRE/473/2004, de 25 de febrero, por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 1406/1989, de 10 de noviembre, por el que se imponen limitaciones a la comercialización y al uso de ciertas sustancias y preparados peligrosos (éter de pentabromodifenilo, éter de octabromodifenilo).

Fecha de Entrada en Vigor28 de Febrero de 2004
MarginalBOE-A-2004-3636
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

El Real Decreto†1406/1989, de†10 de noviembre, estableciÛ una serie de limitaciones a la comercializaciÛn y al uso de determinadas sustancias y preparados peligrosos y se dictÛ en base a la normativa de la UniÛn Europea que regula esta materia. …sta la constituyen la Directiva†76/769/CEE del Consejo, de†27 de julio, ´relativa a la aproximaciÛn de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros que limitan la comercializaciÛn y el uso de determinadas sustancias y preparados peligrososª y sus posteriores modificaciones y adaptaciones al progreso tÈcnico.

El citado Real Decreto ha experimentado numerosas modificaciones en su Anexo I, como consecuencia de la evoluciÛn de la normativa comunitaria en la materia y de la necesidad de aumentar los niveles de protecciÛn de la salud humana y del medio ambiente.

El Anexo I parte†1 de dicho Real Decreto incluye los distintos puntos que se refieren a determinadas sustancias o preparados peligrosos, indic·ndose las limitaciones que las afectan.

La ˙ltima inclusiÛn de nuevos puntos fue la de los n˙meros†42 y†43, que se aprobÛ por la Orden PRE/730/2003, de†25 de marzo, que incorporÛ a nuestro derecho interno las Directivas†2002/45/CE y†2002/61/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.

La Directiva†2003/11/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de†6 de febrero de†2003, modifica por vigÈsima cuarta vez la Directiva†76/769/CEE del Consejo respecto a la comercializaciÛn y el uso de determinadas sustancias y preparados peligrosos y regula el Èter de pentabromodifenilo y el Èter de octabromodifenilo.

Estos compuestos se usan como pirorretardantes y se ha demostrado su peligrosidad para el medio ambiente, pudiendo adem·s existir exposiciÛn infantil a travÈs de la leche materna. Las limitaciones propuestas son consecuencia de su reciente evaluaciÛn de riesgos a nivel comunitario, y tienen por objeto proteger la salud y el medio ambiente.

La presente Orden, que se dicta en uso de las facultades atribuidas en la disposiciÛn final segunda del Real Decreto†1406/1989, de†10 de noviembre, incorpora a nuestro ordenamiento jurÌdico la citada Directiva†2003/11/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.

En la elaboraciÛn de la presente disposiciÛn se ha consultado a los sectores afectados.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Sanidad y Consumo, de Medio Ambiente y de Ciencia y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR