Orden ECC/1051/2013, de 7 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Acción Estratégica en Salud 2013-2016, del Programa Estatal de Investigación Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2013-2016.

Fecha de Entrada en Vigor12 de Junio de 2013
MarginalBOE-A-2013-6202
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economía y Competitividad
Rango de LeyOrden

El Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación para el periodo 2013-2016 (en adelante, Plan Estatal I+D+i), aprobado por acuerdo de Consejo de Ministros de 1 de febrero de 2013, tiene el carácter de Plan Estratégico al que se refiere el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y representa el instrumento destinado a desarrollar y financiar las actuaciones de la Administración General del Estado en materia de I+D+I, para permitir la consecución de los objetivos y prioridades incluidos en la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología y de Innovación para el período 2013-2020, igualmente aprobada por Consejo de Ministros en su reunión de 1 de febrero de 2013. El Plan Estatal I+D+i permite afrontar, de forma simultánea y continua, el diseño de las actuaciones destinadas al fomento y coordinación del proceso de I+D+I, que comprende desde la generación de las ideas hasta su incorporación al mercado en forma de nuevos productos o procesos, mejorando la calidad de vida y el bienestar de la ciudadanía y contribuyendo al desarrollo económico.

Los objetivos de la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación, a los que contribuye el Plan Estatal I+D+i, tienen como fin último impulsar el liderazgo internacional del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, garantizar la sostenibilidad de las capacidades de generación de conocimientos e impulsar la competitividad del tejido empresarial de nuestro país sobre una sólida base científica, tecnológica y de innovación en todas sus dimensiones.

Las actuaciones de la Administración General del Estado contenidas en el Plan Estatal, se ordenan en cuatro Programas Estatales, en correspondencia con los objetivos de la Estrategia, que permiten su instrumentalización y que se alinean con las políticas comunitarias en la materia, según el esquema avanzado por la Unión Europea en el nuevo Programa Marco europeo de I+D+I «Horizonte 2020».

Los programas estatales identificados son: el Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, el Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, el Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I y el Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad. Estos programas se despliegan en varios subprogramas, que responden a los objetivos específicos del Plan Estatal I+D+i.

Dentro del Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad se articulan ocho retos, constituyendo cada uno parte esencial de las prioridades científico-técnicas y sociales que han de orientar las actividades de investigación básica, aplicada y de innovación de los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación en los próximos años.

El Plan Estatal I+D+i también contempla las denominadas «Acciones Estratégicas», entendidas como «actuaciones programáticas» que se caracterizan por la articulación de distintas modalidades de participación y de instrumentos de financiación, el ámbito focalizado de sus intervenciones y porque podrán disponer, además, de una unidad de gestión diferenciada.

El Reto en Salud, Cambio Demográfico y Bienestar se fundamenta en los cambios demográficos registrados en las últimas décadas, el constante incremento en la esperanza media de vida y la aspiración legítima de disfrutar de una mayor calidad de vida y nivel de salud como factores que condicionan, entre otros, el futuro desarrollo y bienestar de la sociedad. El Plan Estatal I+D+i considera que la investigación en Salud y el Sistema Nacional de Salud (en adelante SNS) como marco de desarrollo fundamental, constituyen un vector estratégico para las políticas de fomento y coordinación de las políticas de I+D+I.

Dentro del Reto en Salud, Cambio Demográfico y Bienestar y como acción programática de carácter específico se incluye la Acción Estratégica en Salud que tiene como principio rector fomentar la salud y el bienestar de la ciudadanía, así como desarrollar los aspectos preventivos, diagnósticos, curativos, rehabilitadores y paliativos de la enfermedad, reforzando e incrementando para ello la competitividad internacional de la I+D+I del SNS y de las empresas relacionadas con el sector, con la vocación de situar a España en un escenario de vanguardia en el que la salud actúe como eje fundamental de desarrollo económico y social.

La Acción Estratégica en Salud 2013-2016 (en adelante AES) se estructura como un espacio de interacción en el que se vertebran un conjunto de actuaciones instrumentales sinérgicas y complementarias que emanan de los programas estatales del propio Plan Estatal I+D+i en tanto que responden a los principios señalados en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación y cuyos resultados han de contribuir a que el SNS se consolide como un referente mundial en cuanto a sus capacidades científicas, tecnológicas y de innovación y, por consiguiente, en la prestación de servicios asistenciales eficientes y de calidad.

La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación señala, en su capítulo III del título IV, que el Instituto de Salud Carlos III (en adelante ISCIII) es un organismo público de investigación, (en adelante OPI) agente de ejecución de la Administración General del Estado que, además, realizará actividades de financiación de la investigación científica y técnica.

El ISCIII está adscrito orgánicamente al Ministerio de Economía y Competitividad a través de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación (en virtud del Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Competitividad), y depende funcionalmente del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para la realización de aquellas actividades que desarrolle en materia de salud, de planificación y asistencia sanitaria y, en coordinación con el Ministerio de Economía y Competitividad, de aquellas otras de investigación aplicada cuando tengan traslación al Sistema Nacional de Salud. Para la realización del resto de actividades depende funcionalmente del Ministerio de Economía y Competitividad a través de la Secretaría de Estado de Investigación, desarrollo e Investigación.

El ISCIII será el organismo gestor de las actividades de la AES, que se ejecutará de forma preferente a través de una única convocatoria competitiva anual donde se englobarán aquellas actuaciones instrumentales de los distintos programas estatales, así como otras modalidades de participación contempladas en el Plan Estatal I+D+i que puedan ser necesarias para la consecución de sus objetivos.

Las actuaciones reguladas en esta orden podrán ser cofinanciadas por los fondos comunitarios asignados en los programas operativos correspondientes de los Fondos Estructurales.

Al elaborar estas bases reguladoras se ha tenido en consideración que regularán un elevado número de actuaciones, dirigidas a diferentes beneficiarios, para impulsar el cumplimiento de la variedad de objetivos que persigue la AES. Por esta razón, la disposición se ha realizado con un enfoque amplio que permita la evolución de las convocatorias en el tiempo, debiendo ser éstas últimas las que detallen las características concretas de cada una de las actuaciones, dentro del marco jurídico y las condiciones establecidas en esta orden ministerial.

En cumplimiento del artículo 17.1 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, se dicta esta orden de bases reguladoras de las actuaciones contenidas en la AES, contemplada en el Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad del Plan Estatal I+D+i.

De acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 17.1 de la referida Ley 28/2003, de 17 de noviembre, esta orden ha sido objeto del informe preceptivo de la Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada en el Departamento, así como de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Economía y Competitividad.

En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, dispongo:

CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 8
Artículo 1 Objeto.

Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de las actuaciones incluidas en la AES, del Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad, integrado en el Plan Estatal I+D+i.

Artículo 2 Ámbito material.
  1. El ámbito de aplicación de estas bases reguladoras engloba la siguiente tipología de actuaciones contempladas en la misma, que se realizarán, en función de las disponibilidades presupuestarias, según el procedimiento que se regula en esta orden y en la correspondiente convocatoria:

    a) En el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad y sus correspondientes subprogramas, se incluyen en la AES las siguientes actuaciones:

    1. Subprograma Estatal de Formación.

      i. Formación de doctores en el campo de la Biomedicina y las Ciencias de la Salud.

      ii. Formación de Especialistas en Ciencias de la Salud con Formación Sanitaria Especializada en investigación biomédica, clínica y traslacional mediante Contratos «Río Hortega».

      iii. Formación de personal técnico y de gestores de I+D+I en el campo de la investigación biomédica.

    2. Subprograma Estatal de Incorporación.

      i. Contratación de doctores, incluyendo los siguientes tipos:

      1. Contratos para la Incorporación de investigadores con una trayectoria de alto nivel de excelencia en los Institutos de Investigación Sanitaria acreditados.

      2. Contratos «Miguel Servet» para la Incorporación de investigadores de trayectoria contrastada en los centros del SNS.

      3. Contratos «Sara...

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