ORDEN ECI/3042/2004, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases de concesión y se hace pública la convocatoria para el año 2004, de ayudas para la realización de proyectos de investigación correspondientes a la Acción Estratégica de Nanociencia y Nanotecnología en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007.

MarginalBOE-A-2004-16572
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

ORDEN ECI/3042/2004, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases de concesión y se hace pública la convocatoria para el año 2004, de ayudas para la realización de proyectos de investigación correspondientes a la Acción Estratégica de Nanociencia y NanotecnologÃa en el marco del Plan Nacional de Investigación CientÃfica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007.

El Plan Nacional de Investigación CientÃfica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) para el periodo 2004-2007, aprobado por acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de noviembre de 2003, prevé diversas modalidades de participación, entendidas como mecanismos que la Administración General del Estado provee para que los agentes ejecutores de las actividades de I+D+I puedan acceder a la financiación de sus actividades y contribuir a la vertebración del sistema español de Ciencia-TecnologÃa-Empresa. En este contexto, se considera que los proyectos de investigación, objeto de esta Orden, son el mecanismo apropiado para la realización de actividades que impliquen el incremento de los conocimientos cientÃficos y tecnológicos.

Esta Orden, de acuerdo con los objetivos definidos en el Plan Nacional, pretende promover la investigación de calidad, evidenciada tanto por la internacionalización de las actividades y la publicación de sus resultados en foros de alto impacto cientÃfico, como por su contribución a la solución de los problemas sociales, económicos y tecnológicos de la sociedad española. Pretendetambién romper la tendencia a la fragmentación de los grupos de investigación, de modo que éstos alcancen el tamaño suficiente y la masa crÃtica necesaria para afrontar los desafÃos que la investigación española tiene en el contexto del Espacio Europeo de Investigación, fomentando la participación de investigadores con un elevado nivel de dedicación a cada proyecto.

Se trata, además, de apoyar el desarrollo de proyectos coordinados que movilicen los esfuerzos en las lÃneas clave de la producción de conocimiento donde esta coordinación sea la llave para la potenciación, tanto de la especialización de los grupos que alcancen el más alto nivel de excelencia en sus disciplinas, como del fomento de la investigación de carácter multidisciplinarque sea capaz de movilizar el conocimiento complementario de diversos campos cientÃficos a favor de la solución de los problemas que la sociedad española y europea tiene en el siglo XXI. Con el apoyo a los proyectos coordinados se pretende la creación de esquemas de cooperación cientÃfica más potentes que permitan alcanzar objetivos que difÃcilmente podrÃan plantearse en un contexto de ejecución más restringido.

Dentro de este modelo general de financiación de proyectos de investigación, pueden existir diferentes planteamientos en función del tipo de agente ejecutor. En esta Orden se contemplan exclusivamente los proyectos de investigación coordinados, cuyas caracterÃsticas se describen en el apartado tercero, a ejecutar por los centros públicos de I+D, los centros privados de I+D sin ánimo de lucro y los centros tecnológicos. Estos proyectos se consideran de investigación mientras que las fases de I+D+I relacionadas con el desarrollo y la innovación tecnológica se podrán realizar a través de otras convocatorias de ayudas, todo ello de acuerdo con las definiciones del Encuadramiento Comunitario sobre ayudas de investigación y desarrollo (96/C45/06).

Dado que la realización de proyectos de investigación de calidad contribuye al desarrollo regional, las ayudas que se regulan y convocan mediante esta Orden, al igual que en ejercicios anteriores, se cofinanciarán con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). En zonas de objetivo 1, la contribución FEDER supondrá un 70 %de la financiación total para todos los proyectos aprobados. En zonas de objetivo 2 (Cataluña, Madrid,

Aragón, Illes Balears, Navarra, La Rioja y PaÃs Vasco) se cofinanciarán con FEDER en un 50% aquellos proyectos cuyas entidades beneficiarias tengan su sede en zona elegible.

La normativa comunitaria exige actualmente que los pagos realizados a través de estos fondos se efectúen sobre gastos efectivamente realizados, por lo que los beneficiarios obtendrÃan los recursos provenientes del FEDER una vez hayan justificado adecuadamente los gastos objeto de la ayuda. Con la finalidad de facilitar la disponibilidad de medios desde la aprobación de la ayuda, esta Orden ha previsto como novedad la articulación de instrumentos de apoyo complementarios bajo la forma de anticipos reembolsables a tipo de interés del 0% que permitirán obtener anticipadamente una cuantÃa equivalente a los recursos provenientes del FEDER.

De conformidad con lo anterior se aprueba la presente Orden de bases y convocatoria de concesión de subvenciones y anticipos reembolsables para la realización de proyectos de investigación correspondientes a la Acción Estratégica de Nanociencia y NanotecnologÃa.

En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.--El objeto de la presente Orden es regular el procedimiento de concesión y publicar la convocatoria para el año 2004, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de ayudas financieras para la realización de proyectos de investigación en el marcode la Acción Estratégica de Nanociencia y NanotecnologÃa. La Dirección General de Investigación será el órgano instructor del procedimiento.

Segundo. Beneficiarios.--Podrán ser solicitantes y beneficiarios de las ayudas previstas en la presenteOrden los centros públicos de I+D, los centros privados de I+D sin ánimo de lucro y los centros tecnológicos a los que pertenezca el investigador principal del proyecto, que no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas opara contratar con el Estado u otros entes públicos. En los proyectos coordinados, en caso de entidades diferentes, las entidades beneficiarias serán aquellas a las que pertenezcan los investigadores principales de cada subproyecto.

A estos efectosse entiende por:

Centro público de I+D: Universidades públicas, organismos públicos de investigación reconocidos como tales por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación CientÃfica y Técnica, y cualquier otro centro de I+D dependiente de las Administraciones públicas (tanto de la Administración General del Estado como de las Comunidades Autónomas) independientemente de su forma jurÃdica (consorcio, fundación, etc.).

Centro privado de I+D sin ánimo de lucro: Universidades y entidades privadas sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada en acciones de I+D. Quedan incluidos los centros tecnológicos cuya propiedad y gestión sea mayoritariamente de las Administraciones públicas.

Centrotecnológico: Centros de innovación y tecnologÃa reconocidos según el Real Decreto 2609/1996 de 20 de diciembre y cuya propiedad u órgano de gobierno no sea mayoritaria de las Administraciones públicas.

Tercero. Tipos de proyectos.--1. El nivel actual de desarrollo de las Nanociencias hace imprescindible el apoyo a la investigación básica en la materia, algo que esta contemplado en los proyectos de investigación de los distintos Programas Nacionales relacionados.

En esta Acción Estratégica transversal se pretende fomentar actuaciones que impliquen a la totalidad de los actores del sistema de investigación y desarrollo tecnológico en la consecución de resultados aplicables de interés social e industrial. Los proyectos a impulsar por esta actuación deben estar integrados por organismos de ámbitos cientÃfico y técnico, con objetivos muy definidos y alcanzables. Su finalidad básica es la creación de una red de relaciones entre los sectores de la investigación y el desarrollo tecnológico, asà como demostrar las capacidades de generar aplicaciones por este nuevo ámbito del conocimiento.

Los proyectos de investigación deberán acomodarse necesariamente a las lÃneas temáticas de la Acción Estratégica que se recogen en el Anexo I de la presente Orden.

A los proyectos de investigación podrán vincularse empresas u otras entidades públicas o privadas, españolas o extranjeras, interesadas en los resultados de los mismos, sin que dicha participación suponga ningún tipo de ayuda directa con cargo a esta convocatoria.

  1. Los proyectos podrán presentarse como proyectos individuales o como proyectos coordinados. Los proyectos coordinados, estarán constituidos por dos o más subproyectos a cargo de otros tantos equipos de investigación, de distintas entidades o de la misma entidad, siempre que pertenezcan a diferentes departamentos universitarios, institutos universitarios de investigación o institutos y centros de investigación. En el caso en el que en el proyecto participen entidades diferentes, las entidades beneficiarias serán aquéllas a las que pertenezcan los investigadores principales de cada subproyecto. En los proyectos que se presenten como coordinados deberá justificarse adecuadamente la necesidad de dicha coordinación para abordar los objetivos propuestos, asà como los beneficios esperados de la misma.

  2. Los proyectos individuales tendrán un investigador principal que será el responsable del desarrollo de las actividades propuestas. En los proyectos coordinados cada subproyecto tendrá un investigador principal, responsable del desarrollo de las actividades asignadas a su subproyecto.

    Además, uno de ellos actuará como coordinador del proyecto y será responsable de su seguimiento y de su coordinación cientÃfica, sin perjuicio de la responsabilidad sobre la ayuda concedida que tendrá la entidad beneficiaria.

  3. Se considerarán prioritarios los proyectos coordinados con un número de subproyectos superior a dos.

    Cuarto. Duraciónde los proyectos.--Los proyectos que se presenten a esta convocatoria tendrán un periodo de...

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