Resolución de 7 de julio de 2014, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se corrigen errores en la de 26 de junio de 2014, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo.

MarginalBOE-A-2014-7335
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Hacienda y Administraciones Públicas
Rango de LeyResolución

Por Resolución de 26 de junio de 2014, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 158, de 30 de junio de 2014, se ha convocado el concurso 2014G03 para la provisión de puestos de trabajo.

Advertidos errores se transcriben a continuación las siguientes rectificaciones:

En la Sección II.B, página 49954, en la Base Quinta de la convocatoria, en el apartado 1. Valoración de méritos específicos, en el subapartado 1.1 Pertenencia al Cuerpo General Administrativo con especialidad de Administración Tributaria o desempeño de puestos de trabajo en la Agencia Tributaria, donde dice:

La pertenencia del candidato al Cuerpo General Administrativo con especialidad de Administración Tributaria o el desempeño de puestos durante un mínimo de dos años, en los seis años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, en la Agencia Tributaria desde el Cuerpo o Escala desde el que se participa se valorará con 22 puntos

,

debe decir:

La pertenencia del candidato al Cuerpo General Administrativo con especialidad de Administración Tributaria o el desempeño de puestos de trabajo de naturaleza administrativa general, no considerándose a estos efectos los propios de Agentes de la Hacienda Pública, ni los específicos de las Áreas de Informática Tributaria y Vigilancia Aduanera, durante un mínimo de dos años, en los seis años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, en la Agencia Tributaria desde el Cuerpo o Escala desde el que se participa se valorará con 22 puntos

.

Las nuevas solicitudes de participación, así como las modificaciones que pudieran producirse respecto de las ya presentadas como consecuencia de los cambios efectuados por esta Resolución, se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación en...

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