Resolucion de 13 de Octubre de 1995, de la Direccion General de Investigacion Cientifica y Tecnica, por la Que Se Adjudican Estancias Temporales de Cientificos y Tecnologos Extranjeros En España, Con Cargo Al Programa Nacional de Formacion de Personal Investigador.

MarginalBOE-A-1995-24036
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyResolución

Por Resolución de 10 de mayo de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 24), de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, de la Presidencia de la Comisión Permanente de la Interministerial de Ciencia y Tecnología se convocaron acciones de perfeccionamiento en el marco del Programa Nacional de Formación de Pesonal Investigador del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.

De conformidad con las atribuciones que dicha Resolución concede al Director general de Investigación Científica y Técnica, éste ha resuelto:

Primero.-Adjudicar las estancias temporales de investigadores extranjeros en España, en las modalidades A y B, en las condiciones fijadas respectivamente, en los anexos I y II de esta Resolución. La dotación correspondiente a la ayuda de viaje queda condicionada a que el beneficiario resida fuera de España un mes antes de su incorporación al centro y de su justificación documental.

Segundo.-Los beneficiarios de la modalidad A que por cualquier circunstancia deseen o se vean obligados a renunciar a la estancia deberán comunicarlo directamente a la Dirección General de Investigación Científica y Técnica, quien informará posteriormente a los Vicerrectores de Investigación de las universidades o al Director del centro al que se encuentren adscritos.

Tercero.-La fecha de incorporación al centro de destino para los beneficiarios de una beca de la modalidad A será el 1 de enero de 1996. Excepcionalmente, podrá considerarse la incorporación en fecha anterior, previa solicitud del beneficiario a esta Dirección General. La incorporación de los beneficiarios de la modalidad B será conforme a las normas de la convocatoria.

Cuarto.-Se entenderá que todo beneficiario que no se incorpore a su centro de aplicación en la fecha autorizada renuncia a la ayuda concedida.

Quinto.-Los beneficiarios de estas ayudas quedan obligados al cumplimiento de la normativa fijada en las disposiciones de la convocatoria.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa.

Comunico todo ello a V. I. a los efectos oportunos.

Madrid, 13 de octubre de 1995.-El Director general, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Formación y Perfeccionamiento de Personal Investigador.

ANEXO I

Nombre / Dotación mensual - Pesetas / Ayuda de viaje Pesetas

Consejo Superior de Investigaciones

Científicas

Amabilino, David / 220.000 / 100.000

An, Wei / 220.000 / 400.000

Angel, Sergio Oscar / 220.000 / -

Baranowski...

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