Orden APA/693/2007, de 14 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación para titulados superiores, en el ámbito de las estadísticas agroalimentarias y la planificación económica y coordinación institucional.

Fecha de Entrada en Vigor24 de Marzo de 2007
MarginalBOE-A-2007-6211
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

La programación, seguimiento y control de resultados de la política agroalimentaria en general, y la de sus diferentes actividades en particular, supone, entre otras medidas, la aplicación de un sistema estadístico dotado de las necesarias cobertura, fiabilidad y oportunidad. Por otra parte, en el marco de una economía cada vez más globalizada y una Política Agraria Común en constante transformación cobra cada vez más fuerza la necesidad de contar con una planificación horizontal de los aspectos socioeconómicos del mundo agroalimentario y pesquero, incluidos el desarrollo rural y la ordenación del territorio. Esta planificación, así como el establecimiento de la necesaria coordinación entre las distintas instituciones implicadas en la administración de los sectores afectados, son necesarios de manera previa a una adecuada gestión.

La estadística agroalimentaria, la planificación económica y la coordinación institucional son áreas cuyo conocimiento es conveniente para aquellas personas que deseen integrarse en el mundo laboral relacionado con los sectores agrario, pesquero o alimentario. Dicha formación, dentro de un Departamento con gran contenido técnico-económico, constituye una parte más de la actividad del mismo.

Por todo lo anterior, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación considera procedente establecer las bases reguladoras para la concesión de becas de formación en el ámbito de la estadística agroalimentaria y en el de la planificación económica y la coordinación institucional en materia agraria, pesquera y alimentaria para titulados universitarios, en materias coincidentes o directamente relacionadas con aquellas para las que su titulación les habilita.

Mediante la presente Orden se da cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 9 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas de perfeccionamiento técnico-profesional para titulados superiores en el ámbito de estadísticas agroalimentarias y de planificación económica y coordinación institucional en materia agraria, pesquera, agroalimentaria y de desarrollo rural.

Artículo 2 Finalidad.
  1. La finalidad de las becas es promover la formación teórica y práctica en el ámbito de las estadísticas agroalimentarias y en el de la planificación económica y la coordinación institucional en materia agraria, pesquera, agroalimentaria y de desarrollo rural. Las becas se desarrollarán dentro de un programa de perfeccionamiento técnico-profesional que puede incluir los siguientes grupos de operaciones:

    1. En el ámbito de las estadísticas agroalimentarias: para las operaciones contempladas en el Plan Estadístico Nacional y en particular:

      1. Planificación y ejecución de encuestas de sobre usos de suelo, superficies y producciones de cultivos, efectivos y producciones ganaderas, medios de producción en la actividad agraria e indicadores de desarrollo rural.

      2. Planificación y ejecución de encuestas de industrias agroalimentarias.

      3. Planificación y ejecución de operaciones estadísticas relacionadas con la información sobre precios y salarios agrarios, con especial atención a la constitución y gestión de redes de información y mercados.

      4. Planificación y ejecución de encuestas de contenido económico de la actividad agroalimentaria, con especial referencia al sistema de la Red Contable Agraria Nacional.

      5. Elaboración de estadísticas de síntesis relacionadas con las principales variables agrarias macroeconómicas.

      6. Creación, actualización y mantenimiento de bases de datos relacionadas con la población objeto de estudio para la extracción de muestras objeto de encuestas.

    2. En el ámbito de la planificación económica y la coordinación institucional:

      1. Análisis económico de la cadena agroalimentaria en sentido amplio y por sectores específicos.

      2. Análisis económico de la sociedad rural y pesquera en sentido amplio, así como de los distintos apartados que componen el concepto de Desarrollo Rural.

      3. Elaboración de informes de ámbito general o específico relacionados con agricultura, ganadería, pesca, alimentación y desarrollo rural, con especial énfasis en los aspectos socioeconómicos, econométricos y de prospectiva.

      4. Análisis económico general y, de manera específica, de la eficiencia de las políticas agrarias así como de su ejecución a todos los niveles.

      5. Creación, actualización, mantenimiento y explotación de bases de datos relacionadas con aspectos económicos de las competencias atribuidas al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Vinculación de dichas bases de datos, en su caso, con un Sistema de Información Geográfica.

  2. En el ámbito de las estadísticas agroalimentarias, el Plan de formación incluirá el estudio teórico y práctico de las operaciones especificadas en el artículo 2.1.a), el análisis comparado de las metodologías utilizadas en otros países, fundamentalmente los Estados miembros de la Unión Europea y los países...

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