Decreto 1875/1973, de 5 de julio, por el que se establecen las servidumbres aeronáuticas del aeródromo de Noaín (Navarra).

MarginalBOE-A-1973-44171
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio del Aire
Rango de LeyDecreto
15466 S6
julio
1973 B.
O.
E.-Num.
181
MINISTERIO
DEL
AIRE
DECRETO
1875/1973,
de
5
de
julio,
por
el
qM
se
establecen las
servidumbres
aeronáutiCas del
a~ó
drama
de
Noain
(Navarra),
De acuerdo con lo establecido',
en
el-
cap~tul0Prtrnero
·del
Decreto
número
quinientos.
ochenta
'1CUatro-,diJ,teChav~n
ticuatro
de
febrero
,de
milnovecjentos
,&etl;ttlta.y
sario
astablecer
las
servidumbres
aeronáuticas::er1-tc;)m,Q,~t~
drama
de
Noain
(Navarra>
,inpluyendo
:Ias,~~dum,bte$'
4éla
pista
de
vuelo,
las
de
las
instalacifmesr&dloel~c~:d~_AYUda
a
la
Navegación
Aérea
y
lasdelaopera(M:in:ctél~-~f!.)b
..
ves.
que
protegen
las
mahiobras-
deapro~,itriaC1:(jn:'por,~tt1intentos
al
aeródrOmo. ,
,'-,'
.
.:",-:;
Y.
' .
La
Ley
cuarenta
y
ocho/milDovecient9s,:'se~nÜli:'df)veih
tiuno
de
julio,
sobre
Navegación
A.érea.
:.1
,relUl~.-as:~j·
dumores
de
los
aeródromos
y
de
'l~'
instala(::iottee
~:c:IC3J,Afud.a"
..
Ja
Navegación
Aérea, establece'
en
el
1irtf(:Ul0,ci~~t!Y':'W1o;qqe
la
naturáleza
y.
extensión
de
dichos
gravamen"'seide~rrilina~
mediante
Decreto
acordado
en
Conse1o'de
MiDjst1't)lJ;
,con-
forme'a
las
disposiciones
vigentes
en
cal1amo~eJ'ito$obr8ta:les
servid
umbres.
En
su
virtud,
a
propuesta
del Ministrci
d&l-A{re.y,
:pre,vi~
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su,
reuri!ón:
del
día
cinco
de
julio
de
mil
novecientos
setenta
ytres,
DISPONGO,
Artículo
primero.
-De
acuerdo
con
'10
dispu.,esto
en:
élartícu~
lo
cincuenta
y
uno
de
la
Ley
cuarenta·
y .
O
sesenta.
de
veintiuno
de
Jullo,
sobre
N~vegaQjól1:4é~~.Yde
conformidad
con
lo
estipulado
en'
el
artf<:uloytg>
del
Decreto
quinientos ochen'ta- y
cuatrolttill'no~~ntOs'
,se-
tenta
ydos,
de
veinticuatro
de
febren>,
de
náuticas,
se
establecen
las
-servidumbres
aerot,t'utieasJni
torno
al
aeród.rQmo
de
Noaln(Navarra)..
..'
.
.,'
Articulo
segundo.-A
efectos.
dé.
aplicac1ón
':c:ltl:,lals:,
s~tvl(hnn~
bres
indicadas
en
el
artículo
anterior
yencuw-pl~m.t~tjj
d-~)o
que
dispone
el Decreto
precitado
quinientos.
9(:he
n
t;a'
Y'tlUl;ltro,
de
fecha
veinticuatro
de
febrero
de
milnovec~l1tos,se~n~a
y
dos, el
aeródromo
de
Noain
(Navarra)
se, clasiftc8Com()
Iétra
de
clave
.B'".
La
orientación
de
la
pista
de
vuelo
..
es
'de::dénto'::~cuenta
y
un
grados,
respecto
al
Norte
geográfico,YSUl~itl1de8
de
mil
novecientos
trece
metros.
El
punto
de
referencia
del
aeródromo
eS
.el--,d~tet1Xlilia.d0·po-r
las
coordenadas
geográficas
siguientesl
Latitud;:
Nor:te;~~mta
ydos
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cuarenta
y
seis
minut,os.
:ttiec~:segu!nd;()fl,treln
ta
y
tres
centésimas.
Longitud
Oeste: (merlciiiUiO
:~EJ:q:~Jivdch),
un
grado.
treinta
y
ocho
minutos,>Cll8TeIl·~:J
..
~::.-.uIid()s."llO
venta
y
cuatro
centésimas.
La
altitud
delpUí1tc:tc1.:~erenc1a
sobre
el
nivel
del
mar
es
de
cuatrocien:toscb:ic1ien~
."cuatro
metros.
.'.
.'
."
.'
",
Las
instalaciones
radioeléctricas:
de
este
a~r(:)1ki(>:
89n .
las
que
a
continuación
se
relacionan,
indicándose.1a'sitW'elí:li.l.. Y
al~
titud
de
sus
puntos
refere:gcia.
C~ntro
de
emisoresIVHF
,-:,,"Punto.
de
re!erencla,'
dG
la
ins~aM
ci6n'
determinado
por
'lascoordena~as
$'eogr~i'l:l&$'1iieuif!I\tes;
Latitud
Norte,
cuarenta
y
dos
grados.
cuarent~'T:,AAiS.~ut()$,
ocho,
segundos.
ochenta
y
tres
centésimas.
tongI~'l1d..~~te-
(me-
ridiano
de
GreenWicbJ,
un
grad().tNillU
'y'~º'>1'l1,b1~~O'l1i,
die-
ciocho
segundos,
setenta
yocho
centésimas.L~,~~t'\J.d
:d~l
pun-
to
de
referencia
sobre
el
nivel
del
mar.
es,
de
c~ultro,cíentos
cin-
cuenta,
y
ocho
metros
ymedio. . .'
Centro
de
emisoresIVHF...;.;Punto
de
referenda'de:'laJrt$tala-
ci6n
determinado
por
las
coordenacIas'
geográ.f'i~~;,$iguitmte5:
Latitud
Norte. cuarenta ydos
grados'cuarentJfY:CU4tromtnu~
tos.
siete
segundos.
noventa- y
ocho
cen~sima!l'<
'{.on:g1tJi:dOeste
(meridiano
de
Greenwich),
un
grado.
~t&;:,
yt;losJJU:l1Utos,
ocho
segundos.
treinta
y
seis
centéslIlU\$.
La-
j);tttud-.:.~l,pqnto
de
referencia
sobre
el
nivel
del
mar
es
demil~i,nt1trés:.m-et~os.
Torre
de
control
con
equipos
VHF
.-pu;nto~ei:,:rert;rencia;,
de
la
instlilación
determinado
por
las
cooroenada$
g,eo~i~s
81-
guientes~
Latitud
Norte.
cuarenta
y
dos
-$~,O$i':C1.l~tay
cinc\)
minutos;
eincuenta
y
un
se15llndos
•.
no,en~,'y
:d-os<:cent>
mas.
Longitud
Oestefmeridiano
de,Greenwich};
..
'W1P'8-clP;:'t:reln~
ta
yoch(l
minutos.
catorce
segundos,
treinta
y:unai';en~ésjmas
La
altitud
del
punto
de
referenc1aBO-bree:1
mv.eldQl·.mar'
&8
de
cuatrocientos'
setenta'
y
seis
metros-.
Equipo
de
trayectoria
de-
planeo
del.
-Bisteni,ad:e
aterrizaje
instrumental
{GP/ll.SL-Punto
de
refe~cta'
d~
la~sta]aclón
determinado
por
las
coordenadas
geQgré.ficas"
si~len·te's:
.
La-
titud
Norte,
cuarenta.
ydos
grados;
euaroo
..
ta,>}'"
'se~
..
mi~utpB,
cuarenta
y
tres
segundos.
treinta
centésimas
..
Lo:tl!rttu'd~te
(meridiano
de
Greenwich),
un
gnido,
treinta,-
ochtJm1tiütos,
cincuenta
y
cinco
segundos,
ochentaysiet~'-c€I~~sltt'tas;La
al~
titud
del
punto
de
referencia
sobre.
el
nivel
del',m1lt~:ea:de
cua-
trocientos
cuarenta
yocho
metros.;
.
Equipo
localizador
del
sistema
deate.:rrJzaje'
instrtím:ental
fLOC/ILS)
.-Punto
de
referenciacie
la.
instalación
dl;ltePñb:l~O
por
las
coordenadas
geográficas
siguientes:
Lati~,d
~,(jtW.cua
renta
y
d~
grados.
cuarenta
y
dnco
m1nutos,dtif1re~ta.:r
cua.
tro
segundos,
cincuenta
.y
dos
centésimas.
Longitud
Oeste
(me·
ridiano
de
G:reeJ;lwiCh),
un
grado,treinta
'Y
ocho
minutos,
die-
cinueve
segundos,
treinta
Y
dc;>s
.
centésimas.
La
altitud
del
punto
de
referencia
sobre
él
nivel
del
mar
es
de
cuatrocientos
cincuenta
y
ocho
metrós.
Radiobaliza
interme¡:Ha
del
sistema
de
aterrizaje
instrumen-
tal
(MMlILS)
.-Punto
de
referencia
de
la
instalación
determi·
nAdo
por
las
coordenadas
geográficas
sigtIientes:
Latitud
Nor
4
te.
cuarenta,
y
dos
grados,
cuarenta
y
siete
minutos,
veiIJ-ticua,..
tI'osE)guD.c}os,
;cincu,entay
ocho'
centé$imas,
.
Longitud
Oeste
{meridian.o
dEl
Greenwichl;
un
grado.
~inta
y
nueve
minutos.
treinta
.y.
un
.segundos,
noventa
y·ctnqo·
centésimas.
La
altitud
del
puntod.ereferencia
sobre
el
nivel
del
mar
eS
de
cuatro-
cieiltosCUSI'enta
y
un
metros.
Radiol,l&liza-
,*teriordel
sistema
.de.a~trizaje
instrumental
fQM/ILS1.---Punto
dereferencis:
de
1~
instalación
detenninado
~por
las
c()Qrdenad~:geográficas'
siguientes:
Latitud.
Norte,
cua.-
renta
y
dos
~adO$.,,:cincuenta
minutos;
.
quince
segundos,
cuarenta·
y
seis
cel).téslmas, ,
Longitud
'Oeste
(meridiano
de
GreertwichJ.
un'grado;cuarentay.
un
minutos.
treinta
y
seis
segundos.
ochenta
y
siete
centésimas.
La
altitud
del
J:junto
de
referencia
sobre
el
nivel
del
mar
es,
de
cuatrocientos
once
metros.
Radiobali~
.L»
.-Punto
de
referencia
'de
lainstalaci6n,
de-
jerminado
.'
por
las
coordenadas
geográficas
siguientes:
Latitud
Norte,
cu~nta
y
dos
grados.
cincuenta
y
dos
minutos,
cuatro
segundos.
cero
ochQ
centésimas.
Lo:~tUd
Oeste
üneridiano
de
,GreelÍ;wichl,
~n
grad~.
cuarenta:
yd()SDlÍDutos,
cincuenta
y
chico
segundos,
sesenta
y
siete
centésimas.
La
altitud
del
pun-
to
de
referencia
sobre
el
nivel
del
mares
de
cuatrocientos
se·
tenta
metros.
Rndiotaro
no
direccional
{NDB},~Punto
de
referencia
de
la
instalación.
determinado:
por
las
cooroena(ias
geográficas
si-
gujente$:t..titud
N?t~,
cu~rentay
·dQSgrados,
cuarenta
y
ttesminu,tos.treintf¡l.
y
:ctnco'~gund()J'
'tre.inta
y
ocho
centé~
simas,
"LongitudOs.sW{meridiano
d~:GnKmwich},
un
grado,
trei:nta
yoeho
minu.tos,'
nueve'
aeguild,os.
ochenta
y
tres
cen~
tésimas.
La-altitud
del
punto
.
de
reCerencia
sobre
el
nivel
del
D11tr
.
es
de
c\1atr9cie~tos,ochen.ta
rnetrQ8..
' .
RadiofafO'o!1Plidirecc;loDa]
VHF
rv:Oft).-Punto
de
referen-
cia
de
la
·.tn,staJe.ción
de~erminado
por
18$
coordenadas
geográ~
cas
siguientes:
·Lat~tud
Norte,
cuarenta
y.
'dos
grados,
cua-
renta·
y
cuatro
minutos,
cuatro
segumios.úsenta·
y
ocho
cen-
tésím.ls.
Longít\ld
Qe:ste
(meridiano
d,e"
Gre$nwJ.chl
•.
un
grado.
cuarenta
ydos:minutOB, tres segund-0s, ,catorce
centésimas.
La
alütud.deLpUnto
,de'refe-rencla
sQbt&'
eLtUvel
del
mar
es
de
mil
treinta.y
seis
metrqs;
Articult;l
teréero.--Pata
conocirnieIit(i
.y
.cumplimiento
de
los
Organismos'
InteresadQS:Y
menciona,doseu'las
citadas
dispo-
siciones, 1&SubsecretaJ:18.·
de:
Aviaciill1>CiVil.
del
Ministerio
del
Aire
remttint
'al
Gobterrao Civil
de
la
,Provincia,'
para
su
curso
1:\
los Ayu'ntamiento&
~ootádos.
la
d()Ct1mentación Y
planos
necesarios
descnptivos
de
.las· cara.ctEl1,isticas· y
extensión.
de
las
referidas
servidumbres.
Así
Jo
dispongo
por
el
presente·
Oecreto.
dado
en
Madrid
acinco de. JuBo
de
:mil
novecIentos
setentar
tres.
FRANCISCO FRANCO
El
Ministro
del
Aire.
JULIO
SALVADOR
DIAZ;EENJUMEA
DECRETO
1876/1973, de 12
de
julio,
por
el
Que
se
establecen
las
nuevas
servidumbres
aeronáuticas
de{aeropuerto
de
Bilbao.
Por
Decreto
número
mil
trescientos
setenta- ydos.
de
fecha
S-éis
~e
mayo
de
mil
novecientos
setenta
y
dos
(.Bolet.ín
Oficial
del
Estado
..
número
ciento
treinta:.
de
treinta
y
uno
de
mayo
de
mil
novecientos
setenta. y
dos).
se
estableció
la
restricción
para
hacer
modificaciones
físicas
en
los
terrenos
afectados
con
motivo
de
la
construcción
de
una
nueva
pista
en
el;ae-ropuerto
de
Bil-
bao,
Según
se
indica
en
'el
artículo
segundo
del
,capitulo
primero
del
Decreto
quinientos
ochenta
y
cuatrolmil
novecientos
setenta
y
d-os,
de
veinticuatro
dElfebrél:o,
de
ServiduII1bres Aeronáutíca>3.
esta
restricción
es
efectiva
por
el
plazo
dé:
ullafio.Posteríormen-
te
la
restricción
citada
ha
sidoprorroga.da
por
un
plazo
de
tres
meses
por
Decreto
nUíllero
mil
noventa
yseis~,de
fecha
dieciocho
de
mayo;
dentro
d'3
estepla'Zo
deberán
·definirse
las
servidUnl-
br~
especifiC/ils defiI1ítiyas.
Es
por
ello
necesario
establecer
las
nuevas
servidUmbres,
a-erolláuti~en
torno
al
aeropuerto
de
Bilbao.
incluyendo
1al>
,servidutnbre~
.de
las
dos
pistas,
de
vuelo,
las
da
las
instalaciones
tadio.eJéctríC
ltS
de
Ayuda
a
la
Navegación
Aérea
y
las
de
la
-(lperaciónde
las
aeronaves
que
protegen
las
maniobras
de
aproximación
llar
instrumentos
al
ae,ropuerto.
La
Ley
cuarenta
y
ocho/mil
novecientos
sesenta
l
de
veIn-
tiuno
de
ju!iq.
sobre
Navegación
Aérea,
al
r~guJar
las
servidum~
bies
de
los aeródroM()s
..
Y.
de
las
instalaciones
de
Ayuda
a
la
Navegación
Aérea.
establ~ce
en
el
artIculo
cincuenta
y
uno
que
la
naturaléta
r
extensión
de
se
determinará-

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