Orden ITC/1223/2005, de 27 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de las becas de formación de la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa.

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Mayo de 2005
MarginalBOE-A-2005-7412
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyOrden

ORDEN ITC/1223/2005, de 27 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de las becas de formación de la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa.

En el ejercicio de las funciones de apoyo al fomento del espíritu empresarial, que tiene encomendadas la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa, se considera conveniente crear y convocar, con carácter anual y mediante concurso público, becas para formar a jóvenes postgraduados, con iniciativa emprendedora, que deseen profundizar en el conocimiento de las materias en las que dicha Dirección General es competente.

A estos efectos es necesario establecer las bases reguladoras de la concesión de becas de formación de postgrado de la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa, conforme a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En su virtud, dispongo:

Primero. Creación de las becas.Se aprueba la creación de las becas de formación de la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa para titulados superiores. Las bases reguladoras de estas becas son las que figuran en el anexo a esta orden.

Segundo. Convocatoria y adjudicación.

  1. La convocatoria de las becas tendrá lugar, con carácter anual y de acuerdo con las indicadas bases reguladoras, mediante Resolución de la Secretaría General de Industria.

    En cada ejercicio la convocatoria determinará el número de becas conforme a las disponibilidades presupuestarias.

  2. El titular de la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa resolverá la convocatoria y la adjudicación de las becas, en ejercicio de la delegación conferida por la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria,

    Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de los órganos superiores y directivos del Departamento.

Disposición adicional única Primera convocatoria.

La primera convocatoria de las becas cuyas bases reguladoras establece esta orden se efectuará para la anualidad de 2006. De conformidad con lo establecido en la base 5 que figura en el anexo a esta orden, las becas para dicha anualidad estarán dotadas con la cantidad de 10.000 euros cada una, que, para las convocatorias sucesivas, podrá ser actualizada de acuerdo con el índice de Precios al Consumo (IPC) previsto para el correspondiente ejercicio.

Disposición final única Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Madrid, 27 de abril de 2005.

MONTILLA AGUILERA ANEXO

Bases reguladoras de la concesión de becas de formación por la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa

  1. Objeto de las becas.Las becas de formación de la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa tienen como objetivo contribuir a la formación de profesionales en el campo de la Pequeña y Mediana Empresa y su entorno.

    Para ello, los becarios desarrollarán tareas sobre aspectos relativos a la Pequeña y Mediana Empresa, su estudio y análisis, su financiación, su internacionalización, su acceso a la innovación, las políticas públicas de apoyo y promoción a este colectivo, la creación de empresas y, en general, sobre todas aquellas materias en las que el Centro Directivo tiene competencias o pueda tener en el futuro.

  2. Requisitos de los solicitantes.Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    1. Nacionalidad española.

    2. Estar en posesión de cualquier titulación universitaria superior, tal como licenciado, ingeniero o arquitecto. En el caso de los títulos otorgados por centros universitarios extranjeros o españoles no estatales, deberán estar homologados o reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación y Ciencia en el momento del cierre de la convocatoria. Esta titulación...

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