ORDEN SCO/3946/2006, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para programas específicos orientados al estudio, análisis y difusión de las Estrategias de Salud.

Fecha de Entrada en Vigor28 de Diciembre de 2006
MarginalBOE-A-2006-22772
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

El Ministerio de Sanidad y Consumo, en el ejercicio de sus funciones, establece e impulsa líneas de actuación estratégica cuyo desarrollo debe permitir garantizar la máxima calidad de la atención sanitaria a todos los ciudadanos. Estas actuaciones se encuadran en las Estrategias de Salud del Sistema Nacional de Salud que, en gran parte, se recogen en el Plan de Calidad del Sistema Nacional de Salud.

Entre los numerosos proyectos de apoyo a la puesta en marcha de las Estrategias de Salud, destacan los de promoción de estudios e investigaciones para el conocimiento de las políticas, programas y servicios de salud en España y los dirigidos al análisis y evaluación de la variabilidad territorial, poblacional y de género de los riesgos para la salud.

Con estos proyectos se trata de detectar aquellos factores de desigualdad en el acceso a la asistencia sanitaria derivados de la incidencia y particularidad de algunas patologías, los condicionantes socio-demográficos o las dificultades en el acceso a la información que debe facilitar el Sistema Nacional de Salud.

Por otra parte, y con carácter complementario al desarrollo de las Estrategias de Salud, el Ministerio de Sanidad y Consumo considera necesario apoyar el desarrollo de campañas de información sobre determinadas patologías o dirigidas a la prevención de riesgos.

La participación en la puesta en marcha de estos proyectos de las entidades e instituciones ciudadanas de carácter sanitario, como las asociaciones de pacientes y familiares de enfermos, las sociedades científicas, los colegios profesionales o las fundaciones, es imprescindible por el importante papel que les corresponde en la contribución al avance de los conocimientos en materia de asistencia sanitaria y salud pública y en su difusión entre los ciudadanos.

El Ministerio de Sanidad y Consumo considera necesario para el fomento de las actividades de estudio, investigación y difusión de estas entidades e instituciones sin ánimo de lucro, dentro de los límites de su presupuesto, subvencionar aquellos programas que mejor pueden contribuir al cumplimiento de las actuaciones que en estos ámbitos de estudio, investigación y difusión prevén los proyectos aprobados en el Plan de Calidad y en el resto de las Estrategias de Salud del Sistema Nacional de Salud.

De conformidad con lo establecido en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la gestión de las subvenciones se debe realizar de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

En la tramitación de esta disposición han sido oídos los sectores afectados y han emitido informe preceptivo la Abogacía del Estado y la Intervención Delegada del Departamento.

Esta orden se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo 1 Objeto de las subvenciones.

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar, en parte, actividades que contribuyan a promover la cohesión sanitaria y el desarrollo de Estrategias de Salud, mediante la realización de estudios, investigaciones y acciones de difusión en los siguientes ámbitos:

  1. Prevención de enfermedades y deficiencias y atención temprana.

  2. Incidencia y prevalencia de determinadas patologías.

  3. Documentos de consenso sobre diagnóstico y tratamiento de determinadas patologías.

  4. Registros evaluativos de una técnica, tecnología o procedimiento.

  5. Evaluación de tratamientos para determinadas patologías.

  6. Situación de la atención sanitaria facilitada a determinados colectivos.

  7. Problemas en la equidad o accesibilidad a la atención prestada a determinados colectivos.

  8. Funcionamiento de determinados servicios en el Sistema Nacional de Salud.

  9. Fomento de la asistencia humanizada y de calidad en el Sistema Nacional de Salud.

  10. Necesidades de recursos en el ámbito del Sistema Nacional de Salud.

  11. Estudios económicos sobre servicios sanitarios a facilitar a determinados colectivos.

  12. Campañas de información sobre determinadas patologías o tratamientos.

  13. Campañas de prevención de riesgos.

Artículo 2 Requisitos de los beneficiarios.
  1. Podrán solicitar estas subvenciones las fundaciones, asociaciones, colegios profesionales, instituciones y otras entidades, públicas o privadas, que estando legalmente constituidas y con actuación en todo el territorio nacional, realicen...

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