ORDEN INT/2700/2003, de 24 de septiembre, por la que se resuelve el concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos a los Grupos A, B, C y D, convocado por Orden INT/1939/2003, de 7 de julio.

MarginalBOE-A-2003-18267
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyOrden

ORDEN INT/2700/2003, de 24 de septiembre, por la que se resuelve el concurso especÌfico de mÈritos para la provisiÛn de puestos de trabajo adscritos a los Grupos A, B, C y D, convocado por Orden INT/1939/2003, de 7 de julio.

Por Orden INT/1939/2003, de 7 de julio (B.O.E. del 12) se convocÛ concurso especÌfico de mÈritos para la provisiÛn de puestos de trabajo vacantes en el Ministerio del Interior, adscritos a los Grupos A, B, C y D.

Cumplidas las normas reglamentarias y las bases de la convocatoria, y una vez finalizado el plazo de presentaciÛn de instancias, a la vista de las solicitudes presentadas, la valoraciÛn de los mÈritos alegados y la propuesta formulada por la correspondiente ComisiÛn de ValoraciÛn sobre los puestos de trabajo a adjudicar,

Este Ministerio acuerda resolver el siguiente concurso, de conformidad con los siguientes puntos:

Primero.--Adjudicar, con car·cter definitivo, los destinos que se relacionan en el Anexo I a los funcionarios que se mencionan en el mismo.

Segundo.--Los destinos adjudicados tendr·n la consideraciÛn de voluntarios, y, en consecuencia, no generan derecho a indemnizaciÛn por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el rÈgimen de indemnizaciones por razÛn de servicio.

Asimismo ser·n irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesiÛn, los interesados obtengan otro destino, bien por el procedimiento de libre designaciÛn o por concurso convocado por otros Departamentos o Comunidades AutÛnomas, en cuyo caso, de optar por uno de estos destinos, vendr·n obligados a comunicar por escrito en los tres dÌas siguientes la renuncia al puesto adjudicado, y la opciÛn ejercitada con indicaciÛn del Departamento en que hubiere obtenido destino, asÌ como forma de provisiÛn y fecha de nombramiento.

Tercero.--El plazo de toma de posesiÛn en el nuevo destino obtenido ser· de tres dÌas h·biles si no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesiÛn comenzar· a contar a partir del dÌa siguiente al del cese, que deber· efectuarse dentro de los tres dÌas h·biles siguientes a la publicaciÛn de la presente Orden.

Si la adjudicaciÛn de destino comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesiÛn deber· computarse desde su publicaciÛn.

Cuando los...

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