Orden SAS/582/2010, de 9 de marzo, por la que se integra en la condición de personal estatutario de los servicios de salud, al personal laboral fijo del área funcional de actividades específicas que presta servicios en el Hospital Militar 'Capitán Médico Fidel Pagés' de Melilla.

MarginalBOE-A-2010-4184
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Sanidad y Política Social
Rango de LeyOrden
  1. AUTORIDADES Y PERSONAL A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL

4184 Orden SAS/582/2010, de 9 de marzo, por la que se integra en la condición de personal estatutario de los servicios de salud, al personal laboral fijo del área funcional de actividades específicas que presta servicios en el Hospital Militar «Capitán Médico Fidel Pagés» de Melilla.

El Real Decreto 187/2008, de 8 de febrero, establece el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal laboral de la Red Hospitalaria de la Defensa.

Por Orden PRE/2823/2009, de 19 de octubre, se convocó proceso de integración en la condición de personal estatutario del personal laboral del área funcional de actividades específicas del Hospital Militar de Melilla «Capitán Médico Fidel Pagés».

Concluida la instrucción de la convocatoria, a propuesta de la Ministra de Defensa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del citado Real Decreto 187/2008, de 8 de febrero, dispongo:

Primero.-Aprobar la relación definitiva y nombrar personal estatutario fijo al personal laboral del área funcional de actividades específicas del Hospital Militar de Melilla «Capitán Médico Fidel Pagés», que figura en el Anexo I, en la categoría estatutaria que asimismo se indica.

Segundo.-La integración tendrá efectos desde el 15 de marzo de 2010.

Tercero.-El personal integrado que adquiera la condición de personal estatutario será transferido al Hospital Comarcal de Melilla, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, con efectos a partir del 1 de mayo de 2010, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional tercera de la Orden de convocatoria del proceso de integración.

Contra la presente Orden, los interesados podrán interponer recurso potestativo de Reposición en el plazo de 1 mes...

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