RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2001, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se aprueba la convocatoria de becas unilaterales para ciudadanos españoles para el curso académico 2001/2002.

MarginalBOE-A-2001-5470
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyResolución

En cumplimiento con los programas de formación que desarrolla este organismo en materia de cooperación cultural, educativa y científica con los países adscritos a su ámbito de actuación, la AECI hace pública la convocatoria de becas para el curso 2001/2002 la cual debe ser difundida con la necesaria publicidad, concurrencia y objetividad.

En su virtud y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril) modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero), en la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y la publicación de otras convocatorias específicas para ayudas de formación, investigación, promoción cultural, científica o de intercambio y el Real Decreto 2225/1993, de 17 diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 30), por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, y en atención a lo establecido en el apartado 2.1.d) de la Resolución 29 de diciembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001) de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el Secretario general de la AECI y otras autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias,

Esta Agencia ha resuelto:

Primero.

Ordenar la publicación de la convocatoria de becas unilaterales para españoles de la AECI para el curso 2001/2002, cuyo período abarca del día 1 de julio de 2001 al día 31 de diciembre de 2002, conforme a las condiciones que se recogen en el anexo I de la presente resolución.

Segundo.

Trimestralmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de becas concedidas con arreglo a esta convocatoria.

Tercero.

La convocatoria será expuesta en los tablones de anuncios de las Representaciones Diplomáticas, Oficinas Consulares, Centros Culturales y Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los países incluidos en el ámbito de la misma.

Madrid, 27 de febrero de 2001.

El Presidente, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000, «Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001), el Secretario general,

Jesús Gracia Aldaz.

Ilmo. Sr. Director general del Relaciones Culturales y Científicas.

ANEXO I Convocatoria de becas unilaterales para ciudadanos españoles.

Curso 200112002.

Según lo previsto en la Orden de 26 de marzo de 1992, se convocan 13 becas (sólo renovaciones) destinadas a ciudadanos españoles para continuar realizando estudios de postgrado en países receptores de ayuda oficial al desarrollo o en países en transición. Las becas no son renovables para estudios distintos de aquellos para los que inicialmente fueron concedidas.

Estas becas se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 12.103.134A.486.03, por un importe máximo para el año 2001 de 7.240.000 pesetas (43.513,276 euros) y en el año 2002 de 17.600.000 pesetas (105.778,130 euros). Su concesión estará condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente durante ambos años.

Bases

Primera. Requisitos para solicitar la renovación de la beca.

  1. Ser becario del capítulo I de la convocatoria de becas para españoles, curso 2000/2001 (Resolución de 14 de diciembre de 1999).

  2. Realizar estudios cuya duración sea superior a la del período por el que se le ha concedido una beca durante el curso 2000/2001.

  3. Superar satisfactoriamente todas las materias del curso anterior para el que fue becado.

  4. Tener el permiso de residencia como estudiante que legalmente proceda en el país donde realizan los estudios.

  5. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la...

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