Real Decreto 755/1979, de 16 de marzo, por el que se acuerda la enajenación directa de un inmueble en la plaza de España, número 4, del término municipal de Canfranc (Huesca), con una superficie de 351,12 metros cuadrados, a favor del Ayuntamiento de Canfranc.

MarginalBOE-A-1979-10004
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
8580
11.
a6ril
1979 B. O.
í1el
E.-Núm.
87
JUAN
CARLOS .
El
Ministro
de
Hacienda.
FRANCISCO FERNANDEZ ORDOflEZ
El
Ministro
de
Hacienda,
FRANCISCO FERNANDEZ
ORDOr;¡-EZ
10005
REAL
DECRETO
758/1(J79.
(je
lB
d.
marzo.
por
el
Que se
autoriza
o·RENFE
para
ena;enar.en
suba!ta
pública
un
tnmueble.
de
38.444
metros
éuadrados.
sito
en
el
ténn'tno
muntc~pal
de
Linares
(Jaén).
RENFE
ha
solicitado
autorización
para
enajenar
un
inmueble
de
treinta
y
seis
miJ
cuatrocientos
cue.renta
v
cuatro
metros
cuadrados.
sito
en
el
'término
municipal
de-
·L1n9.res
(Ja6n)
~
en
virtud
~e
lo
dispuesto
en
'el
artículo
.veintisiete
de
Esta~
tuto.
de
vemtitrés
de
Julio de mil
nove:ientos
966enta v
cuatro.
Dicho
inmueble
ha
sido
tasado
por
.Ios
Servicios.
Técnicos
del
Ministerio
de
Hacienda
en
catorce·
millones
quinientas
setenta
y
stete
mn
s~iscientas
pesetus,
~tfa
que,
de
oon!ormldad
JUAN
CARLOS
Artículo
primero.-De
conformidad
con lo
establecido
en
los
articulas
veintisiete.
del
E9tatuto
d.,.
RENFE
de
veintitrés
de
julio
de
mil
nov'=Cientos
sesenta
y
euatro
y
sesenta
v
dos
de
la
Ley
de
Patrimonio
del
E~tado,
se
autoriza
aRENFE
para
enajenar
en
pública
subasta,
que
se
convocará
por
el
tipo
de
catorce
millones
quinientas
setenta
v.siete
mil
seisdentas
pe-
setas
el
inmueble
que
a
continuación
se
indioa.:
.Parcela
urbana
sita
en
el
término
municipal
de
Linares
(Jaén);
dentro
del
perimetro
de
la
estación
del
ferrocarril
de~
nominado
Linares-Sen
José.
Tiene
una
extensión
superficial
de
r
t~inta
y
seis
mil
cuatrocientos
cuarenta
y
cuatro
metros
eua..... '
drados,
y
presenta
forma
irregular
COn
los
siguientes.
linderos:
Norte,
Juan
Rascón
López,
Jesús
E~arza
v
fábrica-de
envases
metálrcos;
Sur,
_
ferroCarril
de
Linares
a
Almerla;
Este,
feT1"'O--·
carril
de
Linares
a
Almena
y
rábrica
envases
metálicos
y
OE:"Ste,
viuda
de
José
García
Moreno._ - '
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
Linares,
al
tomo
cuatrocientos
cweuenta
y
uno,
Ubro
cuatrocientos
cuarenta
y
nueve,
folio
doscientos
diez
finca
número
veinte
mil
setecientos
do!),
inscripción
primera.
-'
,
Articulo
segundo.-La
enajenW=ión
por
RENFE
del
inmueble
-
descrito-
habrá
d
eser
precedida
de
la
oportuna
publícidad,
.
mediante
anuncios
en
el
.Boletin
Oflclal
del
Estado-,
e.n
el
de
la
provincia
de
Jaén
y
en
los
periódicos
de
mayor
circula-
ción
de
la
provin.-;ia.
Articulo
terceto.-RENFE
deberá..
aplicar
el
producto
de
la
enajenación
alos fines,
previstos
en
el
artículo.
veintisiete,
quiri_
to,
de
su.
Estatuto,
Dado
en
Madrid
adieciSlóis
de
marzo
de
mil
novecientos
setenta
y
nueve.
con
lo
estáblectdo
en
el
artículo
SegeD.tá v
dOS
de
la
Ler-del
Patrimonio
del
Estado,
determina
que
,la
enajeneci6n
dehesar
autorizada
por
el
Gobierno.
_.
Considerándose
oportuno
acceder
a
la
solicitud
ronnulada,
a
propuesta
del
Ministro
de,
Hacil;mda, y
previa
deliberacioo
del
Consejo
de
Minist~'
en
su
reunión
del
dia
dieciséis
de
marzo
4e
mil
n?vecie~tos
setenta
y
nueve,
DISPONGO,
El
Ministro
de
Hacienda
..
FRANCISCO FERNANDEZ
OROOr;¡-EZ
\.
10006
ORDEN
de
28· de
febrero
de
1979
por
la
que
se
dispone.
se
cumpla
en
sus
pr0pio8
términoll'
sen-
tencia
dictada
por
la
Sala
Tercera
del
Tribunal
SUT
-
premo
en
el
recurso
326/1977,
interpu'Jsta
por
'.Ca-
talana
de
Gas
y
Electricidad,
S.
A.-,
contra
resolu-
ción
de
la
Audiencia
Territorial
de
Barcelona
de
4
de
abril
de
1978.
Ilmo.
Sr.:
Visto
el
testimonio
de
la
sentencia
dictada
en
23
de
noviembre
de
1978
por
'la
Sala
Tercera
dei
Tribunal
Supremo'
en
el
recurso
contencioso··admlnistrativo
número
326/77.
inter-
puesto
por
.catalana
de
Gee
y
Ele:tricidad.
S.
A.-,
contra
reso~
lu:ción'
de
la
Sala
Primera
de
10-
Contencioso-Administrativo
de
la
Audiencia
Territorial
de-
Barc'elon~
de
4
de
abril
de
1978,
en
'
relación
con
el
Impuesto
sobre
Sociedades,
ejercicio
1964;
ji
Resultando
qUe
concurren
en
este
caso
las
circunstencias
pre-
vi9tQ6
en
el
articulo
105
de
la. Ley
de
27
de
diciembre
de
1956.
Este
Ministerio
ha
tenido
a
bien
disponer
la
ejecución.
en
sus
propios
ténnin'JB.
de
la
referida
sentenoCia,
cuya
parte
dispositi~
va
es
como·
sigue:
.
-Fallamos:
QUe
estimando
en
parte
la
e.pe-lación
interpuesta
por
"Cata18lOa
de
Ga'S
y
Electricidad,
S. A.',',
contra
sentencia
de
cuatro
de
abril
de
mil
novecientos
setenta
yocho,
dictada
nor
la
Sala
Primera
de
10
Contencioso-Administrativo
de
la
Audien-
cia
Territorial
de
Barcelona,
debemOs
confirmarla
voonfirm:a.-
mas
en
cuanto.
al
de-:-Iarar
conforme
a
derecho
la
resolución
del
Tribunal
Económico-Administrativo
Cootral
de
veintidós
de
fe-
brero
de
mil
novecientos
setenta
vseis.
mantuvo
el
segundo
de
-
sus
pronunciamientos
qUe
declaró
ser
procedente
par.l
fijar
el
valor
de
mercado
de
los
solares
enajenados
.por
la
Sociedad
re-
currente
en
el
ejercicio
de
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro,
seguIdo
el
régimen
de
estimación
directa,
aplicando
para
ello
los
medios
de
comprobación
que
la
Administración
tiene
a
su
alcance;
y
debemos
revocarla
y
revocamos
por
no·ajustada
al
or-
denamiento
jurídico,
en
cuanto
mantiene
también
el
inciso
final
del
mismo
pronunciamiento
del
acto
administrJ'l,ttvo
recurrido,
qU9
permite
que
se
t.tilice,
si
fuera
pertinente,
el
régimen
sub-
sidiarlo
de
estimacióil
de
Jurados,
dando
lugar
en
ello
a
la
ape.
lación;
sin
ex~resa
condena
de
costas
en
ambas
instancias.--: -
.-
10
que
comunico
El
V,
1.
para
9U
conocimiento
v
efectos
con.
siguientes.
. .
Dios
guarde
aV.
l.
muchos
años.
Madrid.
28
de·
f13brero
de
1979.-P.
D.,
el
Subsecretario
de
Hacienda,
pi~nisio
Martinez
V
MartInez.
1I1l1Q.
Sr.
Director
goenere.I
de
TributOs.
JUAN
CARWS
10004
REAL
DECRETO
755/1979,
de
18
de
marzo,
por
el
que
se
acueroo
la.
enajenación
directa
d~.
un
'
in~
mueble
en
la plaza-
de
España,
número
4,
del
tér·
mino
municipal
de
Canfranc
(Huesca),
con
una
superficie
de
351,12
metros
cuadrados,
a
favor
del.
Ayuntamiento
de
Canfranc.-
.
El
Ayuntamiento
de
Canfre.nc
(Huesca)
ha
solicitado
la
adju-
dicación
directa
a
sil
favor
de
un
inmueble.
propiedad
del
Estado,
9ito
en
el
término
munieipal
de
Canfranc(Huescal,
el'
cual
ha
sido
tasado
por
loe
Servicios
Técnicos
del
Ministerio
de
Hacienda
M
la
cantidad
de
qUinientas
cuarenta
y
cuatro
mil
doscientaa
treinta
,y
seis
pesetas.
.
,-
Concurren
en
el
presente
caso
circunstancias
que
Justifican
hacer
usó
de
la.
autorización
concedida
'en
el
arti<:ulo class="ls9d">9600nta
y
tres,
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Este.do·
de
quince
de
abril
de
mil
novecientos
sesént& y
cuatro,
. . .
En
SU
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda;
v
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
dieciséis
de
marzo
de
mil
novecientos
setenta
y
nuevé,
Articulo
s8gul1do.-El
'precio
total
de
dicha
enajenación
89
el
de
cuarenta
y
tres
mil
quinientas'
(43.S00)
pesel.as,
las
cuales
deberán
ser
ingresadas
en
al
Tesoro
por.
el
adquirente
'en el
plazo
de
quince
d1as a
partir
de
la
notificación
de
la
adjudica-
ci6n
por
le.·
Delegación
de
HaCienda
de
Sevilla,
_
siendo
también
.de cuenta del interesado' todos los gastos originados
en
la
tra-
mitación
del
expedíante
v
los'
qUe
S8
causen
en
cumplimiento
del
presente
Real
Decreto.
Articulo
tercero~-Por
el
Ministerio
de
Hacienda.
a
través
de
la
Direoci6n
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevw:'án
cabo los
trámites
conducentes a
la
efeQUvida.cI
de
cuanto
se
dispone
~n
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a
dieciséis
de
marzo
de
mil
novecientos
setenta
y
nueve.
DISPONGO,
Artículo.
prlmero.-De
.conformidad
con
10
dis¡mesto
en
el
artículo
sesenta
y
tres,
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
abril
de
mil
noveciflntos
setenta·
V
cuatro,
se
ac:uer4á
la
enajenación
directa
a
favor
dal
Ayuntamiento
de
.Canfranc
(Huesce.)
de
una
finca
Sita
en
la
plaza
de·
España,
número
cuatro,
del
término
municipal
de
Canfranc.
con
una
superficie
de
trescientos
c;:incuenta y
uno
coma
doce
metros
cuadrados,
ylos
linderos
siguientes:
'Norte,
plaza
de
España,
o
espacio
?e
vía
pública
que
le
.separa.
de
las
casas
nú.meros
cuatro
y
cmco
del
poblado
de
Arañones;
Sur,
vía
pública
que
la
separa
de
las
casas
números
uno-y
tres
de
dicho
poblado;
Este,
especia
de
vía
pública
que
la
separa
del
edificio,
hoy
destinado
a
matadero,
y
Oeste
carretera
nacional
tres-:ient08
treinta
.de
La
Pe:f\a
de
Franela.
por.
el
Puerto
de: Somport'.
,
Inscnta
en
el
Registro
de
la
Propledad
de
Jaca..t
al
tomo
ocho-
CIentas
oosenta
y
cuatro,
libro
trece,
folio
quillce.
finca
nove
..
cientos
cincuenta
y
uno,
inscripción
primera..
..
..
.~ículo
segundo.-El
precio
~e
dich
1
enajena.ci6n
es·
el
de
qUlmentas
cuarenta
y
cuatro
mil
doscientas
treinta
y
seis
pe-
setas,
las
cuales
deberán
ser
ingresadas
en
el
Tesoro
por
el'
citado
Ayuntamiento
en
el
plazo
de
quince
días
a
partir
de
la
notificación
por
la
Delegación
'de
Hacienda
de
Huesca,
foiendo
ta.mbién
por
cuenta
del
mismo
todos
lOs
ge.sioe
originados
en
la
tramitación
del
expedient.e y
los
que
se
causen
en
cumpli~
miento
del
presente
Real
Decreto.
Artí':u1o
tereero.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda.
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado.
se
llevarán
a
cabo
lOS
trámites
conducenteg
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
adieciSéis
de
marzo
de
mil
novecientos
setenta
y
nueve.

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