ORDEN de 16 de marzo de 2001 por la que se establecen las bases y se convoca el procedimiento de concesión de subvenciones, correspondiente al año 2001, para ayuda al funcionamiento del Instituto de España, Reales Academias e Instituciones adscritas al programa.

MarginalBOE-A-2001-7195
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

ORDEN de 16 de marzo de 2001 por la que se establecen las bases y se convoca el procedimiento de concesión de subvenciones, correspondiente al año 2001, para ayuda

al funcionamiento del Instituto de España, Reales Academias e Instituciones adscritas al programa.

El artículo 2.4 del Real Decreto 1331/2000, de 7 de julio, por el que se desarrolla la Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, establece que se relacionan administrativamente con el mismo, a través de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, el Instituto de España y las Reales Academias integradas en éste.

Con el fin de ayudar al funcionamiento de las citadas instituciones y de otras que cumplen fines similares, los Presupuestos Generales del Estado vienen consignando anualmente una cantidad que ha de distribuirse entre las instituciones de referencia.

Para dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 81 y 82 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, se ha considerado conveniente aprobar una Orden que establezca las bases reguladoras de la concesión de subvencione al Instituto de España, Reales Academias e Instituciones adscritas al correspondiente Programa presupuestario, al tiempo que convoca dichas subvenciones para el ejercicio presupuestario del 2001.

En su virtud, previo informe del Servicio Jurídico del Estado en el Departamento, dispongo:

Primero. Objeto de las subvenciones.

Las subvenciones a las que se refiere la presente Orden tienen por objeto la ayuda al funcionamiento del Instituto de España, Reales Academias y otras Instituciones adscritas al correspondiente Programa presupuestario.

La concesión de las subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.

Segundo. Normativa general

Las subvenciones reguladas por la presente Orden, además de lo previsto en la misma, se regirán por lo establecido en los artículos 81 y 82 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1998, de 23 de septiembre, y lo prevenido en el Reglamento del Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas, aprobado por Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre.

Tercero. Ámbito de aplicación.

Las presente bases reguladoras tendrán carácter permanente y se aplicarán a las subvenciones para ayudas al funcionamiento del Instituto de España, Reales Academias e Instituciones adscritas al programa.

Cuarto. Beneficiarios.

Podrán concurrir a estas subvenciones el Instituto de España, las Reales Academias e Instituciones adscritas al programa, que cumplan los requisitos previstos en la presente Orden.

Las instituciones que, además del Instituto de España y Reales Academias, pretendan beneficiarse de las subvenciones a que se refiere la presente Resolución deberán acreditar su condición de Instituciones que realizan...

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