Resolución de 10 de febrero de 2014, de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, por la que se convocan becas de formación para el programa de trabajo del Consejo de Consumidores y Usuarios para el ejercicio 2014.

MarginalBOE-A-2014-2344
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 19/2014, de 17 de enero, aprueba la refundición de los organismos autónomos Instituto Nacional del Consumo y Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición en un nuevo organismo autónomo denominado Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición y aprueba su estatuto.

El artículo 1 de los estatutos define a la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición como un organismo autónomo de los previstos en el artículo 43.1.a) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adscrito al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad a través de la Secretaría General de Sanidad y Consumo, con personalidad jurídica diferenciada y plena capacidad de obrar.

El artículo 24 recoge como órgano de asesoramiento al Consejo de Consumidores y Usuarios, al que define como «órgano nacional de consulta de la Administración General del Estado y de representación institucional de los consumidores y usuarios a través de sus organizaciones».

El Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, cuyo artículo 10, apartado 5 se ha visto modificado por el Real Decreto 17/2014, de 17 de enero, adscribe a la Secretaría General de Sanidad y Consumo el nuevo organismo autónomo que surge de la refundición, correspondiendo a su titular la presidencia del mismo.

Por otro lado, esta resolución se enmarca dentro de lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, y en la Orden SCO/643/2006, de 16 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación para el Programa de Trabajo del Consejo de Consumidores y Usuarios.

En los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2014 está previsto un crédito en el Programa 26.102.492O, Defensa de los consumidores e información y atención al ciudadano, destinado a la financiación de ayudas y subvenciones para desarrollar las asociaciones y cooperativas de consumidores y usuarios, en concreto la partida presupuestaria 26.102.492O.483, cuyo importe asciende a 31.830,00 euros.

La presente resolución hace pública la convocatoria para la concesión de tres becas para la formación teórica y práctica en el Consejo de Consumidores y Usuarios, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Objeto y finalidad de la convocatoria.

El objeto específico de la convocatoria es la concesión de tres becas para la formación teórica y práctica de postgrado en materia de consumo, en el Consejo de Consumidores y Usuarios, en régimen de concurrencia competitiva, para titulados superiores en al menos alguna de las siguientes áreas de conocimiento: Derecho, Ciencias Económicas y Periodismo.

La finalidad de las becas será la formación teórica y práctica de titulados superiores como especialistas en materia de consumo, así como la dotación de apoyo de recursos humanos para el desarrollo de las tareas del Consejo de Consumidores y Usuarios.

Para ello, la formación se desarrollará mediante un programa de tutorías que incluye formación teórica y práctica de los becarios en materia de normativa relativa a la protección de los consumidores y usuarios, así como a su representación institucional a través de sus asociaciones.

Los becarios contarán con el asesoramiento, orientación, dirección y supervisión de un tutor, que será el secretario del Consejo de Consumidores y Usuarios.

El tutor evaluará mensualmente el cumplimiento del programa de formación diseñado, con carácter previo al abono del importe mensual de la beca.

Segunda. Régimen jurídico.

  1. La presente convocatoria se ajustará a lo dispuesto en:

    1. Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre.

    2. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

    3. Orden SCO/643/2006, de 16 de febrero, del Ministerio de Sanidad y Consumo, de bases reguladoras para la concesión, de becas de formación para el programa de trabajo del Consejo de Consumidores y Usuarios.

  2. En todo caso será de aplicación la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para todos los actos relacionados con la presente Resolución.

    Tercera. Financiación y cuantía de las becas.

  3. Las becas reguladas en la presente Resolución serán financiadas con...

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