Resolución de 22 de enero de 1998, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se aprueba la convocatoria general de becas para extranjeros, para el curso académico 1998/1999.

MarginalBOE-A-1998-3077
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyResolución

En cumplimiento de los programas y actividades de cooperación que desarrolla este organismo en el ámbito de la cooperación educativa, cultural, científica y técnica con los países adscritos a su ámbito de competencia, corresponde proceder a la convocatoria de becas de estudio para el curso 1998/1999, la cual debe ser difundida con la necesaria publicidad.

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado tercero de la Orden de 26 de marzo de 1992 ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), por la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional,

Esta Presidencia ha resuelto:

Primero.-Ordenar la publicación de la convocatoria general de becas de estudio para extranjeros para el curso académico 1998/1999 de la Agencia Española de Cooperación Internacional, conforme a las condiciones que se recogen en el anexo I de la presente Resolución.

Segundo.-Trimestralmente será publicada en el "Boletín Oficial de Estado" la relación de becas concedidas con arreglo a esta convocatoria.

Tercero.-La convocatoria será expuesta en los tablones de anuncios de las representaciones diplomáticas y Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los países incluidos en el ámbito de la misma.

Cuarto.-El Presidente delegará, en su caso, en el Secretario general de la AECI, para que, en el ámbito de esta convocatoria, dicte cuantas normas e instrucciones sean precisas en la interpretación, desarrollo y ejecución de la misma.

Madrid, 22 de enero de 1998.-El Presidente, P. D. (Resolución de 21 de noviembre de 1997, "Boletín Oficial del Estado" de 10 de diciembre), el Secretario general, Luis Espinosa Fernández.

Ilmos. Sres. Secretario general, Director general del ICI, Director general del ICMAMPD y Director del Gabinete Técnico de la AECI.

ANEXO I

Convocatoria general de becas para extranjeros para realizar estudios de postgrado en España

Según lo establecido en el punto 1, apartado cuarto, de la Orden de 26 de marzo de 1992, la AECI convoca becas para realizar estudios en España durante el curso académico 1998/99, con cargo a la aplicación presupuestaria 12.103.134A.486 por un importe máximo en 1998 de 2.853.062.760 pesetas, y su concesión estará condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente durante 1999.

Las presentes becas tienen por objeto la realización de los siguientes estudios en España, cuya regulación específica se detalla en los capítulos I, II, III y IV, respectivamente, de la presente convocatoria:

Capítulo I Becas para estudios de postgrado.
Capítulo II Becas para estudios de pregrado y formación profesional.
Capítulo III Becas para disciplinas artísticas.
Capítulo IV Becas para cursos específicos.
  1. Condiciones generales:

    Primera.-Requisitos para solicitar una beca:

    Tener la nacionalidad de cualquier país iberoamericano, africano, asiático, de Oceanía y europeo, receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo, o de países europeos con economías en transición.

    No ser residente en España, a excepción de razones humanitarias, asilo o refugio.

    Poseer la titulación necesaria que requiere la legislación española para cursar el nivel de estudios elegido. Los solicitantes habrán de realizar los trámites necesarios para la oportuna convalidación.

    Para estudios cuya duración sea superior a seis meses, no tener o superar los cuarenta años de edad en 1998; en caso de estudios con una duración inferior, no existe límite de edad.

    Tener suficiente conocimiento de la lengua española para la realización de los estudios que se prevé realizar.

    Poseer aptitud psico-física para cursar los estudios proyectados, y no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales.

    Segunda.-Condiciones económicas:

  2. La dotación de la beca dependerá de los estudios a realizar:

    120.000 pesetas mensuales para estudios de postgrado y disciplinas artísticas.

    110.000 pesetas mensuales hasta septiembre de 1998, para los becarios de postgrado que obtengan la renovación de su beca a partir de julio de 1998, equiparándose a 120.000 pesetas a partir de octubre de 1998.

    140.000 pesetas para cursos de postgrado de hasta un mes de duración.

    100.000 pesetas mensuales si los estudios a cursar son de pregrado o formación profesional.

    La que se detalle en los cursos especiales (capítulo IV), si procede.

    Estas cantidades estarán sujetas a la retención fiscal que corresponda, según lo dispuesto en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

  3. Los nuevos becarios recibirán una ayuda de 50.000 pesetas para gastos de primera instalación, sujeta a la retención fiscal que corresponda.

  4. El becario estará amparado por un seguro de asistencia médica primaria, no farmacéutico, en las condiciones que se recogen en la póliza suscrita por la AECI con la compañía aseguradora correspondiente, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de la beca.

  5. La AECI podrá conceder, por resolución motivada, una ayuda excepcional de viaje a nacionales de los países con los que existan compromisos, o cuando la Comisión Evaluadora así lo estime oportuno.

    Los nacionales de los países asociados a la Organización Internacional para las Migraciones podrán obtener hasta un 50 por 100 de descuento en las tarifas aéreas acreditando la condición de becario de la AECI.

    La Organización de Estados Americanos (OEA) ofrece becas de pasaje para la asistencia a los cursos de especialización que figuren en las convocatorias que la organización publica.

  6. Excepcionalmente y a juicio de la Comisión Evaluadora y por resolución motivada, se podrá conceder una ayuda de matrícula total o parcial, para estudios en centros con los que la AECI no ha suscrito un convenio, o cuando las becas concedidas superen el cupo reservado en los acuerdos establecidos con los centros.

  7. Debido al carácter individual de la beca, la AECI no asume ningún gasto ocasionado por las personas que eventualmente estén a cargo del becario.

  8. El pago mensual de la beca se realizará mediante transferencia bancaria. Únicamente se pagarán por cheque las primeras mensualidades, hasta que el becario posea la Tarjeta de Estudiante expedida por el Ministerio del Interior, necesaria para abrir una cuenta en el banco. Cuando el becario incumpla la normativa de pago establecida por la AECI, perderá la mensualidad correspondiente. En caso de reincidencia será motivo de revocación de la beca.

    Tercera.-Documentación que deben presentar los solicitantes:

    1. Impreso oficial de solicitud debidamente cumplimentado por duplicado (anexo II o III).

    2. Copia de la carta de admisión del centro de estudios o, en su defecto, copia del escrito dirigido por el interesado al centro solicitando la admisión o reserva de plaza, en cuyo caso, la eventual concesión de beca quedará condicionada al requisito de la admisión del beneficiario en el centro de acogida.

    3. Certificado de nacimiento o fotocopia del documento de identificación personal o del que reglamentariamente lo sustituya, debidamente compulsada.

    4. Currículum vitae.

    5. Certificado de estudios, con especificación de la duración de los mismos, asignaturas cursadas y calificaciones obtenidas.

    6. Copia del título y/o diplomas.

    7. Certificado de convalidación de estudios cursados en el extranjero por los equivalentes españoles, o justificante de haberlo solicitado, si así lo requieren los estudios a realizar (obligatorio para los médicos que deseen realizar una especialidad o una estancia corta en un centro hospitalario).

    8. Documento acreditativo del conocimiento de español con especificación del grado, cuando éste no sea el idioma oficial del país de origen del candidato.

    9. Proyecto de estudios y exposición de las razones que motivan la solicitud de la beca.

    10. Copia de la solicitud de autorización dirigida por el interesado al Ministerio de Sanidad y Consumo, únicamente en el caso de solicitar la beca para realizar una estancia en un centro hospitalario español o una especialidad médica.

    11. Dos cartas de presentación de personas o instituciones del país de origen que le avalen.

    12. Certificado médico de poseer aptitud psico-física para cursar los estudios proyectados y no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales, extendido en un plazo anterior no superior a un mes.

    13. Dos fotografías tamaño carné con el nombre y apellidos al dorso.

      Todos los documentos se acompañarán, en su caso, de su correspondiente traducción al español y legalizados por vía diplomática o consular.

      El impreso de solicitud debe ser cumplimentado en su totalidad y en idioma español. No se podrán tener en cuenta los impresos incompletos, aunque se adjunte la documentación acreditativa de los apartados del mismo.

      La documentación que se reciba no será devuelta, por lo que no deberán adjuntar documentos originales o que consideren irrepetibles y que les puedan ser necesarios.

      Toda la documentación requerida deberá ser presentada antes de la finalización del plazo que establece la base cuarta de la presente convocatoria; no obstante, los interesados dispondrán de un plazo de diez días naturales para subsanar cualquier falta o acompañar los documentos preceptivos, transcurrido el cual, no serán tomadas en consideración las solicitudes que no se ajusten a lo exigido.

      Cuarta.-Presentación de solicitudes: Todas las solicitudes deberán ser presentadas como plazo límite antes de las doce horas (hora local) del día 15 de abril de 1998 en las sedes de las Embajadas, Consulados u Oficinas Técnicas de Cooperación de España del país de origen del candidato, o en los lugares relacionados en el artículo...

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