RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2004, del Fondo Español de Garantía Agraria, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Fondo Español de Garantía Agraria y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para la cofinanciación de los trabajos de control asistido por teledetección de las superficies de determinados regímenes comunitarios de ayudas en los sectores de cultivos herbáceos, a realizar en el año 2004.
Marginal | BOE-A-2004-17368 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentacion |
Rango de Ley | Resolución |
RESOLUCIÃN de 14 de septiembre de 2004, del Fondo Español de GarantÃa Agraria, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Fondo Español de GarantÃa Agraria y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para la cofinanciación de los trabajos de control asistido por teledetección de las superficies de determinados regÃmenes comunitarios de ayudas en los sectores de cultivos herbáceos, a realizar en el año 2004.
De acuerdo con lo previsto en el art. 8.2. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen JurÃdico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da publicidad al Convenio de Colaboración suscrito entre la Presidencia del Fondo Español de GarantÃa Agraria y el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y GanaderÃa de la Junta de Castilla y León.
Madrid, 14 de septiembre de 2004.--El Presidente, P.S. [Art. 4.3 a) Estatuto FEGA, aprobado por Real Decreto 1441/01, de 21-12-01, B.O.E.
14-1-2002], el Secretario general, Luis M. González-Quevedo Tejerina.
CONVENIO DE COLABORACIÃN ENTRE EL FONDO ESPAÃOL DE GARANTÃA AGRARIA Y LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÃN PARA LA COFINANCIACIÃN DE LOS TRABAJOS DE CONTROL ASISTIDO POR TELEDETECCIÃN DE LAS SUPERFICIES DE DETERMINADOS REGÃMENES COMUNITARIOS DE AYUDAS EN LOS SECTORES DE CULTIVOS HERBÃCEOS, A REALIZAR EN EL AÃO 2004
En Madrid, 1 de septiembre de 2004.
REUNIDOS
De una parte: El Ilmo. Sr. don Francisco Mombiela Muruzábal, Presidente del Fondo Español de GarantÃa Agraria (FEGA), en virtud del Real Decreto 995/2004, de 30 de abril (BOE 1-5-04), por el que se dispone su nombramiento, y actuando conforme a las atribuciones que le confiere el artÃculo 6 en relación con la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, del Régimen JurÃdico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Y de otra, el Excmo. Sr. don José ValÃn Alonso, Consejero de Agricultura y GanaderÃa de la Junta de Castilla y León, en virtud del Acuerdo 15/2003, de 3 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. n.o 128 de 4 de julio), por el que se dispone su nombramiento y actuando conforme a las atribuciones que le confiere el ArtÃculo 26. 1. L) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (B.O.C. y L. n.o 131 de 6 de julio) y el Decreto 75/2003, de 17 de julio (B.O.C. y L. n.o 138 de 18 de julio), por el que se establece la Estructura Orgánica de la ConsejerÃa de Agricultura y GanaderÃa.
Ambas partes se reconocen capacidad jurÃdica suficiente para suscribir el presente convenio y a tal efecto.
EXPONEN
Primero.--Que el Reglamento (CEE) 3508/92,de 27 de noviembre, del Consejo, por el que se establece un Sistema...
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