Resolución de 2 de abril de 2014, del Fondo Español de Garantía Agraria, por la que se establece el procedimiento para la designación de las organizaciones asociadas y los requisitos que deben cumplir las entidades sociales, encargadas de la distribución de alimentos en el marco de la ayuda a las personas más desfavorecidas.

MarginalBOE-A-2014-4034
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha sido el Organismo responsable de la ejecución de los Planes de ayuda alimentaria a las personas más necesitadas de la Unión Europea que se han venido desarrollando en España desde finales de los años 80, así como el encargado de establecer el procedimiento para la designación de las organizaciones asociadas y establecer los requisitos que deben cumplir las entidades sociales encargadas de la distribución de los alimentos en dichos Planes.

En el momento actual, la Unión Europea tiene prevista la aprobación de un nuevo Fondo Europeo de ayuda a las personas más desfavorecidas para el periodo 2014-2020 en el que los Estados miembros podrán comprar, entre otros, alimentos que serán entregados a través de organizaciones asociadas, a las personas más desfavorecidas.

El retraso en la aprobación de este Fondo repercute directamente en los más de 2 millones de personas que se están beneficiando del Plan 2013 de ayuda alimentaria a las personas más necesitadas.

Por ello, el Gobierno de España ha previsto una dotación presupuestaria de 40 millones de euros en el presupuesto del Fondo Español de Garantía Agraria como medida extraordinaria para dar continuidad al Programa de alimentos a las personas más desfavorecidas durante el año 2014. Para llevar a cabo el mismo, es necesario, por tanto, establecer los procedimientos que regulen la participación de organizaciones asociadas y entidades sociales en la ejecución en España del Plan de ayuda a las personas más desfavorecidas en 2014.

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.

  1. La presente Resolución tiene como objeto establecer el procedimiento para la designación de las organizaciones asociadas en la distribución de los alimentos a suministrar en el marco del Plan 2014 de ayuda a las personas más desfavorecidas, así como establecer los requisitos que deben cumplir las entidades sociales que se encarguen de hacerlos llegar a las personas más desfavorecidas.

  2. Los alimentos se distribuirán en España, de forma gratuita, entre las personas más desfavorecidas, a través de entidades sociales que cumplan los requisitos establecidos en el apartado cuarto de la presente Resolución. A estos efectos, se entenderá por «personas más desfavorecidas», las personas físicas, ya sean individuos, familias, hogares o grupos compuestos por estas personas, cuya necesidad de asistencia se haya establecido con arreglo a criterios objetivos que hayan sido fijados por las autoridades competentes en consulta con las partes interesadas pertinentes, evitando conflictos de intereses, o determinados por las organizaciones asociadas y aprobados por esas autoridades competentes, y que comprenden elementos que permitan definir las personas más desfavorecidas de determinadas zonas geográficas.

  3. La presente Resolución será de aplicación en todo el Estado.

    Segundo. Solicitud de participación como organización asociada.

    Podrán presentar su solicitud de participación en el Plan 2014 las organizaciones caritativas, sin ánimo de lucro, de ámbito nacional, que no sean sociedades mercantiles y que dispongan de los medios y cauces adecuados para hacer llegar los alimentos a las entidades sociales a las que se refiere al apartado cuarto de la presente Resolución.

  4. Las solicitudes de participación contendrán la información recogida en el anexo 1.

  5. Junto con la solicitud de participación, la organización asociada deberá presentar:

    a) Sus estatutos.

    b) Un compromiso de contratar una póliza de seguros que cubra los daños que puedan producirse desde la recepción de los alimentos hasta su entrega a las entidades sociales y/o personas más desfavorecidas. Deberán cubrirse los siguientes riesgos: inundación, incendio, robo, expoliación y deterioros por causas extraordinarias.

    c) Un compromiso de distribuir los alimentos de forma gratuita a las entidades sociales autorizadas por el FEGA.

    d) Un informe que detalle la propuesta de participación de la organización en el Plan 2014 de ayuda a las personas más desfavorecidas que contenga, al menos, los siguientes aspectos:

    Experiencia en anteriores planes de ayuda relacionados con la distribución de alimentos a las personas más desfavorecidas de la Unión Europea, así como en otros programas similares de ayuda alimentaria financiados con fondos públicos, en su caso;

    Cantidad total de alimentos, expresado en kilos, que se ha distribuido a las personas desfavorecidas, anualmente, en los últimos tres años.

    Capacidad de almacenamiento a disposición del Plan 2014, especificando, para cada uno de los centros de almacenamiento:

    i. La provincia en la que están ubicados.

    ii. Su capacidad en m3.

    iii. Si dispone de almacenamiento frigorífico, y en caso afirmativo, su capacidad en m3.

    Relación de entidades sociales integradas en la estructura organizativa de la organización...

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