Resolucion de 30 de Octubre de 1995, de la Agencia EspaÑOla de Cooperacion Internacional, por la Que Se Dispone, de Nuevo, la Publicacion de la Convocatoria para la Provision de la Plaza de Coordinador General de la Cooperacion EspaÑOla en los Territorios Ocupados (jerusalen).

MarginalBOE-A-1995-24731
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyResolución
  1. Características de la plaza y funciones

    Por Resolución de 29 de mayo de 1995 de esta Presidencia (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 142, de 15 de junio), fueron aprobadas las bases de la convocatoria para la provisión de la plaza de Coordinador general de la Cooperación Española en los Territorios Ocupados (Jerusalén).

    Como quiera que, a propuesta de la Comisión de Valoración establecida en la misma, esta Presidencia, mediante Resolución de 27 de octubre de 1995, declaró desierta la plaza a cubrir, se anuncia de nuevo, a convocatoria pública y abierta, la plaza de Coordinador general de la Cooperación Española en los Territorios Ocupados (Jerusalén) que será cubierta en régimen de contrato de alta dirección.

    El Coordinador general de la Cooperación Española en los Territorios Ocupados desempeñará las siguientes funciones:

    1. En el ámbito de las actividades generales de la Oficina Técnica de Cooperación en Jerusalén.

      Ostentar la representación de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

      Dirección del personal de la Oficina Técnica de Cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional en Jerusalén.

      Gestión y administración de los recursos económicos de la Agencia destinados en los Territorios Ocupados.

      Gestión y administración de los recursos de otras instituciones españolas que ejecutan proyectos de cooperación en los Territorios Ocupados.

      Asegurar la coordinación de las actividades de la Cooperación Española con las del resto de los responsables de la representación de España en los Territorios Ocupados bajo la dirección del Jefe de la misma.

    2. En el ámbito específico de la cooperación.

      Gestión de los programas de cooperación.

      Relación con las autoridades e instituciones contrapartes.

      Identificación, ejecución, seguimiento y control de los proyectos bilaterales de cooperación.

      Elaboración de informes y memorias de los programas.

      Detección de oportunidades para proyectos de coinversión y ofertas de bienes o servicios españoles generados por los proyectos de cooperación en vigor.

      Prestar apoyo a instituciones españolas en el desarrollo de proyectos de cooperación en los Territorios Ocupados.

  2. Régimen de contratación

    El candidato designado para ocupar la plaza que se convoca suscribirá contrato de alta dirección, regulado por el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, en el modelo utilizado por este organismo para los Coordinadores generales de la Cooperación Española.

    Su relación laboral quedará...

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