Resolución de 20 de mayo de 2009, de la Secretaría General de Política Social, por la que se convocan los premios de la fase nacional del concurso escolar Consumópolis4 sobre consumo responsable: '¿Que hacemos en nuestro tiempo libre?'.

MarginalBOE-A-2009-9533
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Sanidad y Política Social
Rango de LeyResolución
  1. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL

9533 Resolución de 20 de mayo de 2009, de la Secretaría General de Política Social, por la que se convocan los premios de la fase nacional del concurso escolar Consumópolis4 sobre consumo responsable: «¿Que hacemos en nuestro tiempo libre?».

Dentro de las funciones que tiene asignadas el Instituto Nacional del Consumo se encuentran las de información, formación y educación de los consumidores.

En desarrollo de estas funciones, el Instituto Nacional del Consumo y las comunidades autónomas del Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad de Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, La Rioja, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco, Comunidad Valenciana y Ciudad de Melilla, organizan, durante el curso escolar 2008-2009, el Concurso Escolar Consumópolis4 sobre Consumo Responsable: «¿Qué hacemos en nuestro tiempo libre?», para jóvenes escolarizados en el tercer ciclo de Enseñanza Primaria y los cuatro cursos de la Enseñanza Secundaria Obligatoria.

El principal objetivo del Concurso es el de sensibilizar a los escolares de la importancia que tiene realizar los actos de consumo de forma consciente, crítica, solidaria y responsable, incluso en los tiempos de ocio y diversión.

Las Bases reguladoras de la participación en el Concurso y de la convocatoria y concesión de los premios que se otorgan a los ganadores, de fecha 26 de junio de 2008, fueron ratificadas en la Comisión de Cooperación de Consumo del 27 de junio.

Los equipos de los centros educativos que se encuentren en las comunidades autónomas organizadoras del Concurso relacionadas anteriormente podrán optar a los premios autonómicos convocados por las Dirección General u Organismo competente en Consumo de su comunidad autónoma, en régimen de concurrencia competitiva. Los ganadores de los primeros premios autonómicos podrán optar a los premios nacionales.

Por su parte, los equipos participantes que cursan sus estudios en colegios de las comunidades autónomas de Andalucía y Aragón y de la Ciudad de Ceuta (que no forman parte de la organización del Concurso) no podrán optar a premios autonómicos. Sin embargo, sí podrán optar a los premios nacionales en la forma que se indica en las Bases y en esta Resolución.

En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta las competencias y funciones conferidas al Instituto Nacional del Consumo por el Real Decreto 1133/2008, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 23 y en la disposición adicional décima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de acuerdo con los principios de...

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