Corrección de errores del Real Decreto 3149/1983, de 5 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado al Principado de Asturias en materia de cultura.
Marginal | BOE-A-1984-12353 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Presidencia del Gobierno |
Rango de Ley | Corrección |
15762 iJunio 1984
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12353
12355
CORRECC10N d• •
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Real Deoreto 3l49/1P83.
de
5
de
octubre
••
obr.
trcupaso
dEl
funciones y
"""
victo.
del
Estado
al
Principado
de
Asturia.
en
rr¡,a...
taria
~e
CultUnI.
Advertidos errores
en
las
relaciones de
penanal
del Real
Decreto
3149/1983,
de
5
de
octubre, sobre tra.spMO de funciones
yservicios
del
Estado
al
Principado
de
Asturias
en
materia de
Cultura,
publicado
en
el
.Boletín
Oficial
del
Estado-
nÚDle--
ro
309,
de
27
de
diciembre
de
1983.
6e
procede a
lnsertar
la
consiguiente
rectifica.cl6nJ
En
la
pAgina
34584.
en.
el
cuadro
número
12.
S8
relaciona:
.Castillejo
Cerda,
Mercedea.
Ayudante
A.a.M.:.
A49EC245
...•.
Dicho
cuadro,
con
su
contenido,
debe
ser
suprimido
por
~
tarse de
una
inclusión errónea.
CORRECCION
de
errores del Real Decreto
438/1Q84,
de
25
de
enero,
sobre
valoración delm/.ttva y
am-
pliación
de
medios
adscritos alos Servicios tras·
pasado,
ala
Comunidad
Autónoma
de Gaticia
en
materia
de intervención
de
precio" I
Advertidos
eITores
en
el
texto
remitido
para
la
publicación
del
Real
Decreto
436/1984,
de
25
de
enero,
inserto
e~
el
.Bole.
Un
Oficial
del
Estado_
número
56.
de
6
de
marzo,
proce(
efectuar
las
oportunas
rectJficaeton.n:
En
la
página
6170,
columna
derecha,
anexo,
primera
Une
donde
dice: •..• y
don
Ma.rta.no
Raloy
Brey_,
debe
dec1rt
....
don
Juan
Luls
Pia
Martinez,
este
último
por
sustitución-o
En
la
págin.a
6176.t.
columna
derecha,
última
Unea, don,
dice: .... y
Mariano
l1.&10y
Brey-.
debe
decir:
•... y
Juan
Ll
Pia
Martinez_.
ORDEN
d,
28·
dt
mayo ds
198'4
por
la
qus
B'
dss
rrolla
sI
Real
Decrsto 278/1984,
ds
8
d.
'ebr.,
regulador
d'¡
subsid'o
d.
defunc"tón
el
corgo
MUFACIl.
Ilmo.
Sr.:
El
articulo
3.°
del
Real
Decreto
278/1984.,
de
8 (
febrero,
por el
que
se
regula
el
subsidió
de
defunción
acar;
de
MUFACE.
exige
como
requisJto
para
ser
beneficiarlo
d
mismo
la
dependencia
económica
del
mutuallsta.
Es
D6Ces&rl
por
tanto,
determinar
las
circunstancias
en
que
-ésta
se
prodUl
asi
como
precisar
las
condiciones
y
requisitos
para
causar
del
cho
a
la
prestaci6n
en
determInados
supuestos.
En
su
virtud,
este
Mlnisterio
de
la
Presidenc1a. aPl"0PU'
de
la
Gerencia
de
la
Mutualidad
y
previo
lnforme
de
su
Cor
Rector,
ha
dispuesto.
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