Corrección de errores de la Ley 4/1989, de 21 de julio, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural.

MarginalBOE-A-1989-28490
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorComunidad Autónoma del Principado de Asturias
Rango de LeyCorrección
37565
MINISTERIO
DE
SANIDAD
Y
CONSUMO
MINISTERIO
DE
RELACIONES
CON
LAS
CORTES
YDELA
SECRETARIA
DEL
GOBIERNO
28488
CORRECCfON
de errores
de
la Orden de 10 de octubre de
1989 por la que
se
modifica el contenido del
anexo
de la
Orden de 17 de septiembre de 1982. que desarrolla
el
Real
Decreto 2730/1981,- sobre el Registro de Especialidades
Farmacéuticas Publicilarias.
Advertidos errores en el texto remitido para
su
publicación de la
citada Orden, inserta en
el
«Boletín Oficial del Estado}) número 273, de
14
de noviembre de 1989, páginas 35512 y35513, acontinuación
se
transcriben las oportunas rectificaciones:
En
el
artículo
J.
0,en
el
apartado Descongestivos, donde dice:
«Tetrazolina (DCI'tC¡H», debe decir: «Tetrizolina
(DeI)
CLH».
En
el
artículo
2.°,
donde dice: «C1H», debe decir: «CLH».
CORRECCfON
de errores de la
Ley
4/1989, de 21 dejulio.
de Ordenación Agraria yDesarrollo Rural.
Advertido error
en
el texto de la citada
Ley
4/1989, de
21
de julio.
de Ordenación Agraria yDesarrollo Rural, publicada
en
el «Boletín
Oficial del Estado» número 214, de 7de septiembre de 1989, se procede
asu rectificación en el siguiente sentido:
Capítulo Xl. Del reequilibrio regional. Sección primera. Donde dice:
«De los Programas de Acción Regional», debe decir: «De
Jos
Programas
de Acción Integral».
Página 34621, apartado segundo, párrafo último, donde dice: «de
marzo (DOCE L208/25, de 30 de julio))}, debe decir: «de marzo
(DOCE
L87112. de
17
de abril) y74/394/CEE, de
22
de
julio
(DOCE L208/25,
de
30
de
julio)>>.
COMUNIDAD
AUTONOMA
DEL
PRINCIPADO
DE
ASTURIAS
28489
CORRECC10N
de
errores de la Orden
de
27 de octubre de
1989 sobre límites
máximos
de residuos de plaguicidas en
produaos
vegetales. .
Advertido
error
en el texto remitido para su publicación de la citada
Orden, inserta
en
el «Boletín Oficial del Estado» número 265,
de
4de
noviembre de 1989, páginas 34621 a34653, acontinuación se trancribe
la
oportuna rectificación:
28490
Viernes 1diciembre 1989
JUU¡AllOS
OE
l'
INSTANCIA
[lNSTRuctlON
Il.:..ro
1a
Eit.r
BOE núm. 288
JUlGAllOS
Uf
DlSIR110
VU-ro
2
de
Getl«l
de
TolOP
..........
MINISTERIO
DE
INDUSTRIA
Y
ENERGIA
28487
ORDEN
de 17 de noviembre de 1989 por la que
se
modifica
el
anexo
1del
Real
Decreto 245/1989,
de
27 de febrero,
sobre determinación ylimitación de la potencia acústica
admisible de determinadv maleria/ y
maquinaria
de
obra.
La
adaptación al progreso técnico de
la
Directiva 86/662¡CEE del
Consejo, relativa a
la
limitación de las emisiones sonoras de las palas
hidráulicas, las palas de cables. las \opadoras frontales, las cargadoras y
palas cargadoras, ha
dado
lugar a
la
publicación de la Directiva
89j514jCEE de
la
Comisión. de 2de agosto de 1989.
Esta nueva Directiva únicamente supone
la
sustitución del anexo
11
de la Directiva 86/662¡CEE por el que aparece en
la
misma.
En su virtud, este Ministerio ha tenido abien disponer:
El
anexo 1del Real Decreto 245/1989, de
27
de febrero, sobre
determinación ylimitación de
la
potencia acústica admisible de determi·
nado material ymaquinaria de obra, debe completarse con
el
siguiente
apanado:
«19. Directiva 89/514¡CEE, de 2de agosto de 1989, por la
que
se
adapta
al
progreso técnico
la
Directiva 86/662/CEE del Consejo, relativa
a
la
limitación de las emisiones sonoras de las palas hidráulicas, las palas
de cables, las topadoras frontales, las cargadoras ypalas cargadoras.»
Lo que comunico a
V.
Lpara su conocímiento yefectos.
Madrid,
17
de noviembre de 1989,
ARANZADI
MARTINEZ
..
,-
Ilma.
Sra..
Directora general de Política Tecnológica.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR