ORDEN ECD/102/2004, de 23 de enero, por la que se corrigen errores en la Orden ECD/3592/2003, de 9 de diciembre, por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de ...

SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN ECD/102/2004, de 23 de enero, por la que se corrigen errores en la Orden ECD/3592/2003, de 9 de diciembre, por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

Advertido error en la Orden ECD/3592/2003, de 9 de diciembre (B.O.E. del 23), por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional,

Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, este Ministerio ha resuelto su corrección en el siguiente sentido:

Primero.--En el Anexo I.A) Baremo de prioridades en la adjudicación de destino, en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas,

Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

En el apartado 2.2. Valoración por trabajos desarrollados, incluir el subapartado 2.2.5, en los siguientes términos:

2.2.5 Por cada año de servicio desempeñando puestos en la Administración educativa de nivel de complemento de destino igual o superior al asignado al Cuerpo por el que participa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,50 puntos Documento justificativo del nombramiento con diligencia de posesión y cese o, en su caso, certificación de que continúa en el puesto.

Las fracciones de año se computarán a razón de 0,12 puntos por mes completo.

Segundo.--Como consecuencia de la inclusión de este subapartado en citado Anexo I. A) se concede un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, para que los concursantes aporten la documentación justificativa del mérito al que se alude en este subapartado.

Concluido este plazo a que se refiere el párrafo anterior no se admitirá ninguna documentación al respecto.

Tercero.--Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y contra la misma, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio...

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