ORDEN DE 17 DE DICIEMBRE DE 1997 por la que se regula el Regimen de Equivalencias de los Estudios del Reino unido de Gran bretaÑa e Irlanda del Norte con los EspaÑoles de Niveles no universitarios correspondientes a la Nueva ordenacion del Sistema educativo.

MarginalBOE-A-1997-27766
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Cultura
Rango de LeyOrden

La Orden de 14 de marzo de 1988 («Boletín Oficial del Estado» del 18) reguló la convalidación de estudios del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte por los correspondientes españoles de Educación General Básica, Bachillerato Unificado y Polivalente y Curso de Orientación Universitaria del sistema educativo en extinción. La consolidación de la progresiva implantación de las enseñanzas correspondientes a la nueva ordenación del sistema educativo regulado por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, hizo patente la conveniencia de iniciar un proceso de actualización de los diferentes regímenes de equivalencia de los títulos y estudios extranjeros no universitarios fijados en diversas Órdenes dictadas con anterioridad.

Surge así la Orden de 30 de abril de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de mayo) por la que se adecuan a la nueva ordenación educativa determinados criterios en materia de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de niveles no universitarios y se fija el régimen de equivalencias con los correspondientes españoles.

Dicha Orden procede ya en su anexo I a establecer, con referencia al actual sistema educativo, las nuevas tablas de equivalencia correspondientes a los sistemas educativos de un gran número de países, en tanto que su anexo II viene a recoger la lista de aquéllos, entre los que se encuentra el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, cuyas equivalencias respecto a los estudios españoles se regulan por disposiciones específicas que, de acuerdo con lo dispuesto en su transitoria primera, seguirán rigiendo con referencia a los estudios no universitarios correspondientes a la anterior ordenación.

Por ello, procede ahora regular las equivalencias que, respecto del nuevo sistema educativo, han de regir en España para los títulos y estudios universitarios seguidos conforme al sistema educativo del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, recogiendo al mismo tiempo las modificaciones producidas en el sistema educativo de dicho país.

Se mantiene la vigencia de las tablas contenidas en la citada Orden de 14 de marzo de 1988 para los estudios de Educación General Básica, Bachillerato Unificado y Polivalente y Curso de Orientación Universitaria de la antigua ordenación, sin perjuicio de que puedan aplicarse a la misma los principios contenidos en la presente Orden, teniendo en cuenta el régimen de equivalencias entre los cursos del nuevo sistema educativo español y los correspondientes al sistema en extinción.

En su virtud, previo informe del Consejo Escolar del Estado y en uso de la autorización conferida por la...

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