Resolución de 10 de febrero de 2005, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan ayudas a las Corporaciones Locales para la ejecución de infraestructuras deportivas y dotación de equipamientos deportivos, con motivo de la celebración de competiciones deportivas de carácter internacional.

MarginalBOE-A-2005-2883
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2005, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan ayudas a las Corporaciones Locales para la ejecución de infraestructuras deportivas y dotación de equipamientos deportivos, con motivo de la celebración de competiciones deportivas de carácter internacional.

La Ley 10/1990 del Deporte establece, entre las competencias del Consejo Superior de Deportes, la de colaborar con las Corporaciones Locales en la construcción y mejora de instalaciones deportivas para el desarrollo del deporte de alta competición.

Asimismo, uno de los objetivos del Consejo Superior de Deportes es la cooperación y colaboración con la Entidades Locales en el desarrollo de competiciones internacionales quese celebren en España y en los que la participación se establezca a nivel de Estado.

La organización de competiciones internacionales en territorio nacional que cuenten con las preceptivas autorizaciones, dada la distribución de competencias, es considerada de alto interés estatal, y es misión, por lo tanto, de la Administración General del Estado, procurar el éxito de las mismas, facilitando los medios posibles orientados a dicho fin, comenzando por facilitar que las mismas se desarrollen en instalaciones con un nivel óptimo de dotaciones.

En virtud de lo anterior, esta Presidencia del Consejo Superior de Deportes, previo informe del Servicio Jurídico del Estado y de la Intervención Delegada, ha dispuesto:

Primero. Finalidad de la convocatoria.La presente resolución tiene por objeto convocar la concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de subvenciones para la ejecución de infraestructuras deportivas y dotación de equipamientos deportivos que, con motivo de la celebración de competiciones deportivas de carácter internacional, deban acometerse.

Segundo. Beneficiarios.Serán beneficiarias de las subvenciones las Corporaciones Locales que, no encontrándose en alguna de las circunstancias de exclusión señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, resulten adjudicatarios de la presente convocatoria, los cuales estarán sujetos, en cuanto a obligaciones, a las que figuran en el artículo 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Tercero. Financiación de la convocatoria.El importe máximo de las subvenciones que se podrá conceder, con cargo al concepto 761, programa 336 A Fomento y apoyo de las actividades deportivas, será de 5.000.000 euros.

Cuarto. Régimen Jurídico.Las subvenciones concedidas al amparo de la presente convocatoria se ajustarán a lo dispuesto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Orden Ministerial de 23 de enero de 1998 por la que se establecen las bases para la concesión de ayudas y subvenciones con cargo a créditos presupuestarios del Consejo Superior de Deportes, a lo dispuesto en la presente convocatoria y a las demás normas vigentes que sean de aplicación.

En todo caso, será de aplicación la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, para todos los actos relacionados con esta resolución.

Quinto. Formalización de las solicitudes y documentación.La solicitud, dirigida al Secretario de Estado Presidente del Consejo Superior de Deportes, deberá ser presentada en el registro general del Consejo Superior de Deportes, calle Martín Fierro, s/n, Madrid, 28040, o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, anteriormente citada.

A cada solicitud, deberá adjuntarse la siguiente documentación:

  1. Documentación de carácter general:

    Acreditación de que la entidad está al corriente de las obligaciones tributarias.

    Acreditación de que la entidad está al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.

    Acreditación de las facultades otorgadas al representante legal de la entidad solicitante.

    En aquellos casos en que la subvención otorgada por el Consejo Superior de Deportes no lo fuera por la cuantía total del proyecto, se adjuntará certificación de la existencia de crédito aprobado suficiente, dentro de la correspondiente partida presupuestaria, para financiar el resto del proyecto.

    Autorización previa por parte del Consejo Superior de Deportes para la solicitud de la competición internacional a través de la Federación Española correspondiente o del Comité Olímpico Español, o creación de un comité de candidatura en el que se integren las diferentes instituciones.

    Proyecto de gestión y presupuesto de organización provisional de la competición.

  2. Documentación de carácter específico:

    1. En el...

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