Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, la línea eléctrica aérea a 400 kV, doble circuito, «Entronque en Segovia-entronque en Galapagar» (sustitución parcial hasta el apoyo número 135 de la línea eléctrica a 220 kV, Otero de Herreros-Ventas de Alcorcón, y modificación de la línea eléctrica a 400 kV, Lastras del Pozo-Galapagar, en los tramos 979-486 y 508-522), en las provincias de Segovia y Madrid, y se declara la utilidad pública de la misma.

MarginalBOE-B-2008-172125
SecciónV - Anuncios
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyResolución

Vistos los expedientes incoados en el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la Delegación Territorial de Segovia de la Junta de Castilla y León, y en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, a instancia de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes, número 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración de utilidad pública de la instalación que se cita. Resultando que la petición de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima. Ha sido sometida a información pública de conformidad con lo previsto en los artículos 124, 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el artículo 15 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, habiéndose presentado alegaciones por particulares, las cuales han sido contestadas por Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima.

Resultando que remitidas por el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la Delegación Territorial de Segovia de la Junta de Castilla y León separatas del proyecto y solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, a Telefónica, a ADIF, a Iberdrola, a la Confederación Hidrográfica del Duero, a Iberpistas, a la Unidad de Carreteras de la Demarcación del Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental, al Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Delegación Territorial de Segovia de la Junta de Castilla y León, y a la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, por los mismos se presta la conformidad con el proyecto, no habiéndose recibido contestación alguna, tras la reglamentaria reiteración, de la Confederación Hidrográfica del Duero, de Castellana de Autopistas, de la Sección de Carreteras del Servicio de Fomento de la Delegación Territorial de Segovia de la Junta de Castilla y León, de la Sección de Patrimonio del Servicio de Cultura y Turismo de la Delegación Territorial de Segovia de la Junta de Castilla y León, del Ayuntamiento de Abades, del Ayuntamiento de Segovia, del Ayuntamiento de Otero de Herreros y del Ayuntamiento de El Espinar, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2, 131.4 y 146.1 del referido Real Decreto.

Resultando que remitidas por el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la Delegación Territorial de Segovia de la Junta de Castilla y León separatas del proyecto y solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo a Unión Fenosa, por ésta se presentan alegaciones, las cuales son...

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