Orden JUS/1657/2008, de 10 de junio, por la que se dispone la fecha de entrada en funcionamiento de cuatro juzgados de primera instancia correspondientes a la programación del año 2008 y el aplazamiento de la entrada en funcionamiento del juzgado de primera instancia n.º 7 de L´Hospitalet de Llobregat.

MarginalBOE-A-2008-10182
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

La configuración de la planta judicial que establece la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial prevé una serie de mecanismos para facilitar su constante adaptación con la finalidad de mejorar el funcionamiento de la administración de justicia y acercar la justicia al ciudadano.

El Real Decreto 159/2008 de 8 de febrero, dispuso la creación y constitución de diez juzgados de primera instancia dentro de la programación del año 2008. La fecha de entrada en funcionamiento de los seis primeros se fijó en la Orden JUS/619/2008, de 7 de marzo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, por lo que ahora corresponde disponer la fecha de entrada en funcionamiento de los cuatro restantes.

Con la entrada en funcionamiento de estos cuatro nuevos juzgados de primera instancia se pretende mejorar la Administración de Justicia en las ciudades en las que se ubican, ya que según los datos de cargas de trabajo de las mismas, los juicios de desahucio por falta de pago suponen un tanto por ciento elevado respecto de la carga total de los juzgados de primera instancia existentes, para de esta forma mejorar su capacidad de respuesta y agilizar la tramitación de estos procesos, poniendo al servicio del ciudadano estos nuevos juzgados.

En segundo lugar, a petición de la Comunidad Autónoma de Cataluña, mediante la presente Orden se aplaza hasta el 30 de septiembre de 2008 la fecha de entrada en funcionamiento del juzgado de primera instancia número 7 de L'Hospitalet de Llobregat que había sido fijada en el 30 de junio de 2008 en la Orden JUS/619/2008, de 7 de marzo.

Por todo ello, en uso de las facultades que me confiere el artículo 4 del Real Decreto 159/2008, de 8 de febrero, y oído el Consejo General del Poder Judicial, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

Esta Orden tiene por objeto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, determinar la fecha de entrada en funcionamiento de cuatro juzgados creados y constituidos por el Real Decreto 159/2008, de 8 de febrero, por el que se dispone la creación y constitución de diez juzgados de primera instancia dentro de la programación del año 2008 y el aplazamiento de la entrada en funcionamiento del juzgado de primera instancia número...

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