Resolución de 23 de febrero de 1988, de la Dirección General de Enseñanza Superior, por la que se establecen los plazos para la realización de las pruebas de aptitud para el acceso a la Universidad durante el curso 1987/1988.

MarginalBOE-A-1988-6283
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyResolución
BOE
núm.
61
Viernes
II
marzo
1988
7739
I.
Disposiciones generales
6283
SOLCHAGA
CATAlAN
Dmo. Sr. Dinlcto<
generll1
del Teooro yPolítica Financiera.
6284
ORDEN
tk
4
marzo
de 1988 par la _
:se
diaan
""""""'
para
la elaboración
los
presupuestos de la
Seguridad Social para
1989
..
La presente
Orden
m:op:
un
-colliunto
de
"nottueciooes para
articular
el
procedimiento de elaboración
de
los presupuestos de las
Entidades que integran
en
Sistema Institucional de la Seguridad Social,
utilizando la metodología de
programas
'!
niveles
de
esfuerzo.
El prooedintiento
que
aqul se contempla mantiene y
",fuerza
la
conexión
entre
el
Plan
de
Acción del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social yel Presupuesto, de
modo
que
los objetivos y
Uneas
de
lWCÍón
previstas
en
el primero
para
la
anualidad
de
1989
constituyan el esquema básico
de
las actuaciones a
evaluar
y
desarrollar en los respectivos programas de cada Entidad, teniendo
presente asu vez los eriterios
de
prelación
para
la ordenación de
los niveles de esfuerzo articulados
por
la
Secretaria Geaeral
para
la
~~pr~ido
también arevisar
la
definición ylos limites
que
acotan los niveles
de
esfuerzo ya tradicionales
en
la metodología de
propamas
que
viene
utilizando la Seguridad
Social
para
contar
con
un
mstrumento que colliugue la
necesaria
disciplina del gasto con
·Ia
Oeaibilidad requerida para dar cabida alas medidas o
actuaoo-
Des
prioritarias
que
resulte
necesario
financiar
por
su
oportunidad
o
impacto
sobre la protección social adispensar, o
la
actualización
del aparato sestor, cuya decidida puesta
111
día
constitu~
un
pilar
esencill1
en
la política adesarrollar
en
el futuro inmediato
por
el
referido
PIaD
de Acción. .
Desde
el
punto
de vista formal, se
ba
realizado
un
significativo
cambio racionalizador
de
la estructura presupuestaria
que
se
ha
lraducido
en
la refundición de las anteriores clasificaciones funcio-
nal yde _una vez decantada
la
ordenación básica de esta
última.
La ordenación de la nueva clasificación resultante
le
ha
realizado desde
un
punto de vista funcional,
en
cuyos vértices
superiores convergen
las
-grandes funciones
de
«Prestaciones
Eco-
Dómicas», oSanidadlo, «Servicios Sociales» y«Tesoreria, lnformá-
1ica
y
otros
servicios funcionll1es
comu......
para ramificarse
_vamente
en
subfuDciones ogrupos de
~mas
'!
progra-
mas, constituyendo estos últimos el eslabón
infenor
de
la e1asifica-
ci6n.
Se crea asl
una
estructura arbolada para
desarrollar
cada
función, que permite aproximar
la
..
tructura del presupuesto
111
cálculo del coste de los servicios
que
ha
de recoger
la
Coatabilidad,
sin que
por
ello el presupuesto desatienda sus objetivos esenciales.
En
todo caso Ycon independencia
de
la integración natural de
todos los _en la función ygrupo del que dependen. los
códigos
Que
hacen posible la identificación de los primeros se
han
estructurado de forma que permitan
tambiln
la agregación de todos
los que
realizan
una
misma actividad con independencia
de
su
función de adscripción, consiguiendo
as!
para
los mismos, la
obtenci6n dedistribuciones
1tW'IlinaI
..
de coste
por
tareas homogé-
neas, al objeto de ensanchar
lás
perspectivas
de
análisis
de
la
información ofrecida.
MINISTERIO
DE
TRABAJO
Y
SEGURIDAD
SOCIAL
realizarse antes del 15
de
julio
en
la convocatoria de junio. ycon
anterioridad al 4de octubre
en
la convocatoria
de
septiembre.
Tercero.-Las Universidades
utablecerán
las
fechas yplazos
para
la
inscripción de los alumnos einiciación de las pruebas. alos
que
darán
la máxima
publicidad
posible el)tre los Centros que de
ellas dependan.
Cuarto.
-Sin
perjuicio
de
lo anterior, los Rectorados podrán
proceder 8la matriculación., con anterioridad a
las
fechas estableci·
das, de los alumnos
con
estudios ex.tranjeros convalidables que,
estando en condiciones académicas de realizarlas. deseen prescn·
tarse alas pruebas de
aptitud
para acceso ala Universidad.
Quinto.-En
lo DO contemplado
por
esta Resolución se tendrá
en
cuonta lo establecido
en
las Resoluciones
de
29 de abril de 1975
(<
Oficial del
Estado.
de
8
de
mayo) yde 5de mayo
de
1977
(dloletín
Oficial del Estado» del 2ó).
Lo
que
comunico aVV.
EE.
para su conocimit'nto yefectos.
Madrid, 23 de febrero de 1988.-EI Director general. Francisoo
de
Asís
de
Bias Aritio.
Excmos. yMagfeos.
Sres.
Rectores de las
Univenidades.
RESOLVC10N
de 23 de febrero de 1988.
de
la
Dirección General de Enseñanza Superior. por la que
se establecen los plazos para la realización de las
pruebas
de
aptitud para el acceso a
la
Universidad
durante el
curso
1987/1988.
La
Orden de 3de septiembre de 1987
(<
Oficial del
Estado~
del 7) sobre pruebas de aptitud para
el
acceso alas
Facultades, Escuelas Técnicas Superiores yColegios Universitarios,
dispone
Que
los exámenes de las convocatorias de
junio
yseptiem-
bre de dichas pruebas se realizarán
en
el lugar yla fecha que la
UniveBidad establezca, dentro
de
los plazos que re¡lamentaria-
mente se determinen anualmente
para
cada
convocatoria.
En
consecuencia, resulta preciso fijar,
con
la antelación sufi-
ciente, los limites tempo
de
las pruebas
que
deban
reII1izarse
durante
~l
curso 1987/1988,
de
fonna
que
los Centros
puedan
programar de modo adecuado las actividades de fin de curso y
que
la realización de aquéllas
no
afecten al normal desenvolvímiento de
las
actividades ordinarias propias de cada Universidad.
Por
ello,
esta
Dirección Geaeral ba resuelto:
Primero.-Las rechas limites para la recepción por las correspon-
dientes Universidades
de
las actas de evaluación de los
alumnos
dd
Curso de Orientación Universitaria de Centros privados ypúblicos
serán
en
la
convocatoria de
junio,
el 6de junio. yen la
convocatoria de septiembre. el 9
de
ese mismo mes.
Segundo.-Las pruebas de aptitud para acceso ala Universidad
y
la
notificación
de
las calificaciones correspondientes deberán de
DISPOSICION FINAL
la
presente Orden entrará en
vi¡or
al
día si¡uiente
de
$U
publicación en el
4
Oficial del
Estado)+.
Madrid, 3de marzo de 1988.
ORDEN
3de marzo de 1988 por
la
que sefija el
tipo
de
interés de
los
préstamos cualificados, otorgado
por Entidades
t:k
crédito
privaIÚlS.
previstos
en
el
Real
Decreto 1494/1987. de 4de diciembre.
El
Real Decreto 1494/1987, de 4de diciembre, sobre medidas
de
financiación
de
actuaciones protegibles
en
materia de vivienda,
contempla, entre otras formas
de
financiación de tales actuaciones,
los próstamos cualificados,
y,
en
su caso. la subsidiación de los
tipos de interés
por
ellos devengados,
tanto
en régimen
de
protección oficial geaeral como
en
el especial
para
promotores
~b~
.
En
su
disposición adicional octava,
el
citado Real Decreto
...wriza
111
Ministerio
de
Obras Públicas yUrbanismo para
eslablecer
Convenios
con
las Entidades financieras públicas y
privadas con objeto de subsidiar los préstamos
que
dichas Entida-
des
conceden para la financiación de las
aetuaoones
protegibl
...
Asimismo, el articulo
13
del mencionado Real Decreto atribuye
al Ministerio de EconomíayHacienda la fijación del tipo
de
interés
para los I'féstamos cualificados
que
otor¡uen
las
Entidades de
crtdito
pnvadas.
En su virtud, este Ministerio tiene abien disponer:
Artlculo
único.-Ellipo
de
interés
de
los préstamos cualificados
que
las Eatidlldes
de
crédito privadas concedan durante el a60
1988,
ea
dmarco de los Coavenios
que
se fonnalicen con las
Entidades financieras,
de
conformidad con
lo
dispuesto
en
el Real
Decreto 1494/1987, de 4
de
diciembre,
será
el 11.25
por
100 anual.
Las cuotas periódicas devengadas
por
los
préstamos serán
parcialmente satisfechas mediante
la
subsidiadón
prevista
en
el
mismo Real Decreto
en
los supuestos
en
que esta ayuda se conceda.
MINISTERIO
DE
EDUCACION
y
CIENCIA
MINISTERIO
DE
ECONOMIA
y
HACIENDA
6282

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