Enmiendas de 1981 al anejo I del Convenio Internacional sobre la Seguridad de los Contenedores, de 2 de diciembre del año 1972.
Marginal | BOE-A-1982-21492 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Asuntos Exteriores |
REGLA 2
Enmiéndese el epígrafe de la regla 2 de modo que diga:
En la quinta línea del párrafo 3 sustitúyase la palabra
Al final del párrafo 4 añádase el siguiente texto:
Al final del párrafo 5 añádase el siguiente texto:
Enmiéndese el epígrafe de modo que diga:
REGLA 9
Al final del párrafo 1 añádase lo siguiente:
Intercálese una nueva regla 10 que diga lo siguiente:
REGLA 10
Aprobación de los contenedores nuevos no aprobados al tiempo de su fabricación
-
Fecha y lugar de fabricación.
-
Número de identificación asignado por el fabricante al contenedor, cuando lo haya.
-
Peso bruto máximo de utilización.
-
Prueba, que la Administración estime satisfactoria, de que el contenedor ha sido fabricado con arreglo a un modelo que, sometido a prueba, ha resultado conforme a las condiciones técnicas establecidas en el anexo II.
-
Peso de apilamiento autorizado para 1,8 gramos (kilogramos y libras).
-
Cualesquiera otros datos necesarios rara obtener la placa de aprobación relativa a la seguridad.
La Administración, previa investigación, podrá aprobar el contenedor no obstante lo dispuesto en el capítulo II. Cuando se conceda la aprobación, ésta será notificada al propietario por escrito y la notificación autorizará al propietario a colocar la placa de aprobación relativa a la seguridad, previo examen del contenedor efectuado de conformidad con la regla 2. El examen del contenedor y la colocación en éste de la placa de aprobación relativa a la seguridad se realizarán a más tardar el 1 de enero de 1985>.
Las presentes Enmiendas que fueron adoptadas por el Comité de Seguridad Marítima el 2 de abril de 1981, de conformidad con el artículo X, párrafo 2, del Convenio Internacional sobre la Seguridad de los Contenedores, de 2 de diciembre de 1972, publicado en el
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 18 de agosto de 1982.- El secretario general Técnico, José Antonio de Yturriaga Barberán.
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