Resolución de 10 de agosto de 1994, de la Dirección General de la Energía, por la que se publican los precios máximos de venta al público de gasolinas y gasóleos, aplicables en el ámbito de la península e islas Baleares a partir del día 13 de agosto de 1994.

MarginalBOE-A-1994-18771
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria y Energia
Rango de LeyResolución
----------
26040 Viernes.12 agosto 1994
BOE
núm. 192
3. Gasóleo
C:
Pesetas
por
litro
Posetas
por
litro
Gasóleo A
,.............
85.1
Gasóleo B
52,3
Pesetas
por
litro
112,2
108,7
109.9
a)
Entregas agranel aconsumidores direc-
tos de suministros unitarios en cantidades
iguales osuperiores a
3.500
litros.........
46.3
b)
En
estación de servicio oaparato surtidor.
49.2
Gasolina auto 1.0.
97
(súper) .., .
Gasolina auto 1.0.
92
(normal) .
Gasolina auto 1.0.
95
(sin plomo) .
El
precio de las gasolinas auto para las representa-
ciones diplomáticas que, en régimen de reciprocidad,
tengan concedida la exención del Impuesto sobre Hidro-
carbiJros, será
el
que resulte de restar al precio aplicable,
el
tipo
del citado impuesto vi¡;¡ente en cada momento.
2.
Gasóleos A y B.en estación de servicio oaparato
surtidor.
,Pesetas
por
litro
18770
RESOLUCION
de 10 de agosto de 1994, de
la Dirección General de
la
Energía,
por
la
que
se publican los precios máximos de venta al
público de gasolinas ygasóleos, Impuesto Gene-
ra/ Indirecto Canario excluido, aplicables en el
ámbito de la ComunidadAutónoma de Canarias
apartir del
día
13 de agosto de 1994.
Por Orden de 3de mayo de
1991,
previo Acuerdo
del Consejo de Ministros de la misma fecha, se aprobó
el
sistema de precios máximos de venta
al
público de
gasolinas ygasóleos en
el
ámbito de
la
Comunidad Autó-
noma de Canarias, modificado posteriormente por Orden
de
18
de junio de
1993,
previo Acuerdo
de
la Comisión
Delegada
del
Gobierno para Asuntos Económicos, de
fecha
17
de
junio
de
1993.
En
cumplimiento
de lo dispuesto en dicha Orden, .
Esta Dirección General de la Energía ha resuelto
lo
siguiente:
Desde las cero horas del día
13
de agosto de
1994.
los precios máximos de venta
al
público en el ámbito
de
la
Comunidad
Autónoma
de Canarias de los productos
que acontinuación
se
relacionan, Impuesto Generallndi-
recto Canario excluido, serán los siguientes:
1.
Gasolinas auto en estación de servicio oaparato
surtidor:
Gasolina auto 1.0.
97
(súper)
80,0
Gasolina auto 1.0. 92'(normal)
77,0
Gasolina auto 1.0,
95
(sin plomo)
78,4
2. Gasóleo en estación de servicio oaparato sur-
tidor.
Pesetas
por
litro
Alos precios de los productos aque hace referencia
esta Resolución les serán de aplicación los recargos máxi-
mos vigentes establecidos para los mismos por forma
ytamaño de
suminiSotro.
Lo que
se
hace público para general conocimiento.
Madrid,
10
de agosto de
1994.-La
Directora general.
María Luisa Huidobro yArreba.
Gasóleo A
,...
58.2
Lo
que
se
hace público para general conocimiento.
Madrid,
10
de agosto de
1994.-La
Directora general,
María Luisa Huidobro yArreba.
18771
RESOLUCION de
10
de agosto de
1994,
de
la Dirección General de la Energía,
por
la
que
se publican los precios máximos de venta
al
público
de gasolinas ygasóleos, aplicables en
el
ámbito
de la península eislas Baleares a
partir
del
día 13.de agosto de 1994.
Por Orden de 6de julio de
1990
previo Acuerdo
de Consejo de Ministros de la misma fecha se aprobó
el
sistema de precios máximos de venta
al
público de
gasolinas ygasóleos en
el
ámbito de
la
península eislas
Baleares, modificado posteriormente
por
Orden de
18
de junio de
1993,
previo Acuerdo de
la
Comisión Dele-
gada del Gobierno para Asuntos Económicos,
de
fecha
17
de
junio
de
1993.
En
cumplimiento de lo dispuesto en dicha Orden.
Esta Dirección General de la Energía ha resuelto
lo
siguiente:
Desde las cero horas del día
13
de agosto de
1994,
los precios máximos de venta
al
público en
el
ámbito
de la península eislas Baleares de los productos que
acontinuación
se
relacionan, impuestos incluidos, en
su caso, serán los siguientes:
1.
Gasolinas auto en estación de servicio oaparato
surtidor:
18772
RESOLUCION de 11 de agosto de
1994,
de
la Dirección General de la Energía,
por
la que
se hacen públicos los nuevos precios máxi-
mos
de venta, antes de impuestos, de los
gases licuados derpetróleo, agranel yde auto-
moción. en
el
ámbito
de
la
península eislas
Baleares.
Por Orden del Ministerio de Industria yEnergía
de 5de noviembre de
1993,
se
estableció un sistema
de precios máximos de venta, antes
de
impuestos, de
los gases licuados del petróleo envasados yde auto-
moción
en
el
ámbito
de la península eislas Baleares,
y
se
modificó
el
sistema de precios máximos de los gases
licuados del petróleo agranel en destino establecido
por Orden de 8de noviembre de
1991.
En
cumplimiento
de lo dispuesto en la mencionada
Orden ycon el fin de hacer públicos los nuevos precios
máximos de los gases licuados del petróleo agranel
yde automoción, en el ámbito de la península eislas
Baleares,
Esta Dirección General de
la
Energía ha resuelto lo
siguiente:
Primero.-Desde
las cero horas del día
16
de agosto
de
1994,
los precios máximos de venta, antes de impues-
tos, de aplicación alos suministros de gases licuados
del petróleo agranel· yde automoción, en
el
ámbito
de la península eislas Baleares, serán los que se indican
acontinuación:

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