Resolución de 5 de mayo de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra el auto dictado por el Encargado del Registro Civil Consular de España en La Habana, en expediente sobre inscripción de matrimonio celebrado en el extranjero.

MarginalBOE-A-2005-10582
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra el auto dictado por el Encargado del Registro Civil Consular de España en La Habana, en expediente sobre inscripción de matrimonio celebrado en el extranjero.

En las actuaciones sobre inscripción de matrimonio remitido a este Centro en trámite de recurso por virtud del entablado por la interesada contra auto del Encargado del Registro Civil Consular de La Habana.

Hechos

  1. Con fecha 19 de septiembre de 2003, Don J. C. C., nacido en Denia, el 12 de diciembre de 1947, divorciado, de nacionalidad española y con domicilio en Denia y Doña R. M. C. A., nacida en Hongolosongo (Cuba), el 10 de mayo de 1955, soltera, de nacionalidad cubana y con domicilio en La Habana, comparecieron en el Registro Consular y manifiestan que han contraído matrimonio civil en la Plaza de la Revolución (Ciudad La Habana-Cuba) el día 15 de septiembre de 2003. Acompañaban los siguientes documentos: impreso de declaración datos para la transcripción del matrimonio civil, certificado de matrimonio local, fe de soltería de ella y fe de vida y estado de él, y certificados de nacimiento de los contrayentes y certificado de matrimonio del contrayente con sentencia de divorcio.

  2. Realizado el trámite de audiencia reservada a la contrayente en el Registro Civil Consular, el día 28 de junio de 2004, dio el siguiente resultado: Ella manifiesta que tiene 48 años de edad, es soltera y no trabaja, que su actual esposo tiene 57 años de edad, es divorciado y es pensionista por problemas de la vista, que se conocieron en octubre de 2001 cuando su esposo viajó a Cuba por cinco días y visitó a la contrayente para entregarle un regalo que le había enviado una amiga, que se volvieron a ver en Noviembre de 2002 por quince días y no se vieron más hasta septiembre de 2003 cuando su esposo viajó a Cuba para contraer matrimonio y que viajará definitivamente a España.

  3. Notificado el Ministerio Fiscal, éste emitió informe el 2 de julio de 2004 oponiéndose a la transcripción del matrimonio. A la vista de lo actuado el Juez Encargado del Registro Civil Consular dictó auto con fecha 6 de julio de 2004 denegando la transcripción del matrimonio local, fundamentando su resolución por considerarlo nulo, al no existir consentimiento matrimonial real por parte de los cónyuges, incurriendo en un supuesto de 'matrimonio de complacencia'.

  4. Notificados los interesados, se interpuso...

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