Ley 162/1964, de 16 de diciembre, por la que se conceden dos suplementos de crédito, por un importe total de 13.224.882 pesetas, a los Ministerios de la Gobernación y del Aire, para satisfacer emolumentos de 1964 al personal del Patronato Nacional de Asistencia Psiquiátrica y del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial y fijación de la cuantía de la subvención para 1965 del Patronato Nacional de Asistencia Psiquiátrica.

MarginalBOE-A-1964-21459
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
.J
it.
O.
de!
E.-Num.
303
18
diciembre
1964
16961
"~ar
a
Ayudame~
becərı(ı,<
de
ın.stituws
en
ıa
forma
qUe
:i
dı:
ponga
POl' Orden
ministeriahı.
nucve
millor.~"
novecientas
doc
mil
pcsetas.
Dada
en
el
P:ı.I:ıcio
de
EI
Pardo a
dieciSels
de
diciembre
mil
novecıentos
.ıese:nta
y
cuatro.
FR.".Ncısco
FR."NCO
LEY
16111964,
de
Ili
de
diciembre, por
La
qıLe
se
coil
cec$e
un
sllpleınento
de
crediıo
de
2j.OOV.OOO
de
pesetas
ai
,1Iini.sterio
de
Inılustrıa
como
aumento
de
La
subVencıoll
de
la
Junta de Enerqia Nuclear
paTa
el
r:uınpliınientu
de
sll~'
firlCS,
La
Junta
de
Energıa
Nuclear,
Org=mo
autonoıııo
del
Mı·
nisterio
de
ındııstTia,
ha
de
~at1ı;facer
en el
aüo
mil
novecıentc"
.
sesent:ı.
y
cu:ıtro
el
importe
dp
la
suscripci6n.
de
las
acciones
que
le
corresponden en
!a
ampliacion de
c:ıpital
de
la
«Sociedad
Europea
para
el
Tratamiento
Quimico
de
Comb.ıst!bles
Irra·
diados»
iEUROCHE:vIıc
'.
,asıo
para
cl
que
C3ı,
d,
1~'Clll'SO,
porquc
no
se
tuvo
en
cu~nta
al
cıfrar
la
subvenci6n q
ue
en
La
,
secci
veinte del presupu€sto
tiene
La
,runtn para atcnder !
~
SUS
2.ct!Yidadl;'s.
En su virtud, Y
de
conformidad'
con
la
propuesta elaborada
por
las
Cortl!S
Espaİiolas,
DISPONGO:
Articulo
p:-:mero.-Se.
cooccde
~n
~upıemento
de
cre(1ı:o
ae
veinticinco
mHlones
de
peseta.s
al figurado cn
el
Presupuest.Q
erı
;igor
de
la
secc:6::
;·.:inr.e
de
Obligaciones
de
105
])epa.-ı:ameıı.ıos
ınini.sterbles.
({:-.ıinist"rio
di; Indll"tl'ia,,:
c:a:::ituio
cuatrock,ntos.
«Subvenciones,
auxilios,
part!cipacion~
en
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ciaciones.-P::ıra
gastos
corrienıesıı:
articulo cuatrociento:;
diez.
«A
favDr
de
Organismo~
::ıut6nomos
Y
en:idadeô
y
!':mpresas
pü·
bli<:as>
servicio
tr€Sciem08
ochenta y
uno,
«11inist.eno,
Subse·
creta.ria
y Servicios
Generales)ı:
concepto
trescienı.os
ochcnta
y
uüu-cüiıtrı)(ifnt{ı.~
uitci~~:;.
i:S::b"'[~c!6!1
~8
Jll!!t3
di:'
Eni"r~:i:!
Nuclearıı.
Artlc:u:o
S
ıınpork
c;u~
J..5C!ende
.:!
mencıonado
suplemento
de
credito
se
cu:ıril'a
en
la
forma
determin::ıd::ı
por '
d articulo
cuarenıa
y
uno
de
La
vi::eme
Ley
d.;
AdministJ'3ciôn
y
C()!lt~b!lidad
de
la Hacienda'
Piıblica
Dada en
el
Paiacio
de
El
Paı'do
a
dı€ciseı,
df
diciembre
dt
mil
novecient{)5
.;e:;enta.
y cuatro.
FRANCISCO
FRANCO
LEY
16211964,
de
16
de
diciembre, por la
que
se
COıI·
cedl'1l
dos
olipleme71
tos
de
credito, por
ıın
iınporte
total
de
13.224.882
pe~etas,
a
los
Ministerios de la
GOberna·
ci6ıı
11
del
.4ire, para
satisıacer
emolumentos
de
1964
persoıuıl
del
Patroııcıto
-Nacioııal
de
.4s!stencta
psz·
quicitrica y
del
Iııstitllto
Nar:ional
de
Tecntca
Aeraespa·
eiol
11
fijaciu1! de la
cuantıa
de
la
$ııbı;enci(ın
para
1965
ı!e1
Patronato
Nacional
de
Asistencıa
Psiqu.iıitrtı::a
La
necesidad
de
modificar
los
deven~os
de
determınaao
per·
sonal dcpendiente
d~l
P::ıtTonato
Naeion~l
de
A.
Psiquia-
trlca y del .Instituta
Nacıona.l
de
Tecnica
Aeroesp:ıci:ı.l,
tanto
para dar
cumplimıento
:1
d
:spO~icio:ıe"
qat'
a.-j
10
~stJ
hlecen
como
por imperativo de las cil'çunstancias,
ha
s1do
causa
de
que
por
10s
Miniııterios
de
h Gobernacicin y
del
Aire.
~n
105
qU€,
respectivamente, est:in encuadrados
dichos
Organ:smos
autöno.
mos,
~
haya
prDmoVido
un
aıımtnto
d0
la.,
>':ıIJ,,,ııeıolı,';
que
tienen estoS
a.~igııadas
para
el
cumplimiento de
sus
fb.les
en
los
pr~puest05
de
1as
secciones
dieciseis
y
veintid6.i.
, En
su
virtud, y
d~
cDnfo:midad
con
lə.
propuesta
elabOrada
por
las
Corte;;
E>ll:.!i.olas,
DISPONGO:
cl
funcıonamiento
del
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Nacional
de
Asıs~Uf
Psl·
[Juı:ıtrıcaıı.
Articulo
;;e;mndO.-Asımı=o
se
concede
atro
.:;uplemcnuı
~
crect.ito
de
oclıo
millones
nOVi:Cıentas
ochen~a
y
dos
mil tres-
cienuı.;
setent:1
y
s~ı;.
ıı·,.;et~,
:ı,
;:
..
'urM(,
di
,':
Pr""u~,:,.'>t0
cU
I'i;;or
dt
ıJ
secci
velntid
d(
Obli~acıone,
de
los
Do?par.
tamentos
mınısteriale.:;,
«:Vlini.sterio
de!
Aireıı;
capiLU1D
cuatro-
eientos,
«Subveııc.iones,
aux,ilios,
partıcıpa.cione5
en
!nb'feı;O~
y
fiııanciacionesı);
articulo
cuatrociE'ntos
diez.
ccA
fa
vor
de
Qrga·
ı;ı;mo:;
auron::ılUos
y entidadcs y
emprcsa.s
:ıublicas)ı:
.scrvicio
'ua:roc!entO:5
veinııuno.
(c.linL.,terıo.
Subsec:rttaruıs
)'
Scrvi-
','105
~eneralesıı;
con~pto
cua:rocienıos
\,i'ıntıunu-cu:ır:-ocientos
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{cSubvcnci6n
al
Institut·(l Naciom:
df'
Wr;nıcə
Acroespa·
':ial
«Esteban
Terrad",m.
Articu!o
tercero.-Eıı
ci
esta
de
modıfıcacıones
presupU€s-
~;:tl'Üi-,-
pftra
ın:1
:1cv~cie~~cs
sese!lt2 y
C!!lCO
d4?
la
;:t'c:r,~ön
die-
;:.sei.:;,
(c:\Iınk3wrio'
de
la
Gobernaci6nı),
se
fl:rnra.l'iı
"'il
el
con·
ccpto
trescıento:s
sei!Ku~trociemos
once,"
«Aportac:6n
dcl
E5-
[ado
para
sUbvenclonar
.:1
fum;iooamiento del Pat!'onato
Na
..
~ional
de
A.sistenciə.
Psiquiaırica»,
un
aumenıo
de
:ıuew
:rj.
lIones
Ll'escient:ı.s
mil
cuatrocienıas
c:uarenta
p€scıa.)
.'\rGiculo
cuarto.-E1 importe a
que
ascienden
105
,;uplcmen.
~
0.>
de
credı",
concedidcıs
por
lo~
artlculos primero y segundo
de
esta
Le:;
SP cubriran en la forma
POl'
el
cua-
rentıı
,\'
uııo
dc'
la
de
Admini..
y Contabilldad
de
la.
Ha·
~iendtı
P(ıolıca
Dada
"n
d Palacio
de
El
P:ırdo
!l.
dieciseis
de
diciernbre
de
mil
novecientas
5e.:;eTIta
y cuatN.
F-R.".NCISCOF'RANCO
LEY 163/196., de
16
de
dlcieınln'e,
pOT
la.
que
se
con·
ceden
cuatro
slıplementO$
de credito,
ımportantes
en
iıınto
2.:;5·1.476
p~setas,
al
Ministerıo
de
.Jıısticia.
para
satisjacer
d;aa."ıt'
196~
la,
dotacionc"
.u
a"ıgnaciones
de
57
nueıas
pt":~
parroqııiales
de
la"
Di6cesis
de
BarCı?lona
)1
San
Scb~t;al1
ı:.:rıgidas
canOn.l.C:.iIllI:ı.ı.L.t'
b~
~Z~
d~vCC~l:.:.ı
:.!e
.s~!·celcr.2.
y San
Sebasti:in
nueva~
parroquia, y coadjutonas.
es
preciso
do:ar
)'
asignar
ala,
piezas
creadas las sumas
que
l~,
cor.-es-
i10nden
segUıı
estableee
ei
Concordato
i'i;ent~
CO:1
::ı.
Santa
Şede.
Bn
3i.i
;·!rtüd.
y
de
~on!'o!!!l!d2.d
con
la
propuesta
etaoo!'ada
por
las Cortes
E'paüo1as.
DISPONGO:
An.icuio
prımeı'o.--SI:!
concederı
c:ü.atro
su?~e:ne!!~o!:;
de
crf..
dıto,
i:nporta!:ıes
eu
junto
d05
ml.llones
doscient:ı.s
cincuema
v cuatro
mil
cuatrocientas setema y
seis
pesetas,
al
Presupuesto
~:L
vigor
de
'a
seecicin
trece
de
Obligaciones
de
ios
Departa·
ment05
nıi:ıisteriale5,
«llinisterio
de
Justici:ı.ıı;
iiervicio
ciento
ochen:a y
rmeo,
(J)ireccion Generai
de
.-\suntos
Eclesi:isticos».
y
con
arreg!o
al
sıguıente
detalle:
.~l
capitulo
Cieıı,
::'~!'t!~u1~
~i~!!!0
di
ı:vı
,
no;oecientas
ochenta y tres mil
sesenta pesetas,
de
las
que
ochocıentas
trein,a y
uc!
m!;
ocho-
Cİema.s
veınt.€
.>C
api!ca-ra:ı
al
COııccpto
c!cnto
ochenta y
cinco-
ciento
docr.
«Clero
Catı:dral.
Coıeg·:al.
Parruquıa.
:.
Con·
vcntualıı.
para ao,ar durante
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mese~
dei
actual
ano
şeb
parrocos y cinco coadjutores de
La
di6ce;;i.~
de
Barcelo:ı<1.
y trece
pürroc~
y treinta y tres
coadil1tore~
de
in
de
San
S~basti:ll'~
a
diecis€ıs
mil
noveeie:ı
tas
veiııte
;ıe:,etas
anuales
;0$
parrocos
:'
a
quince
ınıl
cuatrocientas \'cin:e
los
cO:1djutore~,
Y ciemo
e:ncuenta
)'
u:ı
mil
doscientas
cuare~,ra
pesetas
aL
cor.cepto
cknLO ochenta y
cınco-cknto
('utorce,
«Pa~""
";,:tr,ıord:ua·
rias, acun:ulabies
al
sueido,
elc.lı;
al
mı,,;ıııo
capitulo cien, ar-
:iculo cifmo veinte,
«Otras
remuneraClOnf,)ı:
conce:ıto
ciento
ochenw.
y rmco-ciento ,·cintiseis.
(CP:l
ra
;;;ıU'facer'
una
gr:ı,.
tificacion
de
veinticuatro
mil
pe,ctıı.5
"
r.odas
:aı;
piezas
eele-
süı.sticas
fi~uradas
en
presupuestO)ı,
un
millon
doscient:ı.s
cin·
cuenta y cuatro
mil
pesetas,
y al
capitulO
doı-cıen:os,
«i\.1aterilıl.
alqUilCl'es
y entretenimiento
de
localr.s»;
articulo doscientos
dirz. (,Material de oficinas
no
imentariable»,
concepto
ciento
ochenta y
cincCKloscienıo5
once.
pt'~ta.s
diecisiete mil
euıı.tr~
cienta.s
dirci.seis,
p:ı.ra
sııtisfacer
13~
asi:nıaciones
de
las parro·
qula.-;
anterıores,
a
raz6n
de
mil
ıJes,'t?.,
anuale~.
Articulo'
primero.-Se
conCl'de
un
sup1emento
de
CU:ltro
millo-
nes
d'oscientas
cuarenta y
dos
mil
quinienta.s
seis
peseta.s
al figu.
rado en d
presupueı;to
en
,'j~or
de
la
s:cci6:ı.
d!eciseis
de
Obliga-
ciOD€S
de
los
Departamentos ministeriales,
«Min!sterio
de
la
Qobemaciôn»; capitulo cuatrocientos.
"Subvenciones,
auxilios,
participaciones en
ingrescıs
y
finmciə.c:one.~.-Para
gastos
co-
rrtentes»; articulo
c:uatrocientO.>
diez,
«A
favor
de
Or,ranismos
aut6nomos
y
entidactes
Y tmpresas
piıb!icasıı;
servic!o
tresc!entOll
seis,
cDırecci6n
Qeneraı
de Sanidad»; concepto trescientos
seis-
cuatrocient-os
ance,
«Aponeciön
de-l
~tado
para subvencionar
lIıiicul"
segundo.-Ei
ımpor:e
a
que
a~cienden
los
mencio-
naeos creditos suplementarios
,,~
cubrir:i.
eıı
la
forma deter·
minada
POl'
a!"';!culo
cuare-nt3
,1'
uno
de
la vigcnte
Ley
de
.'\dministracicin
\.
Contabilidad
df
in
Haciend:!'
Püblica
Dada
en d
Pa1ar.ıo
d~
El Pardo
diedseis
de
diciemore
de
mil
novecıentru
.;escntu·
y
cu:ıtTO.
!"MNCISCO
l"RANCO

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