Resolución 127/1998, de 18 de mayo, del Estado Mayor del Ejército del Aire, por la que se delega en determinadas autoridades del Ejército del Aire, sus atribuciones en materia de designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización.

Fecha de Entrada en Vigor10 de Junio de 1998
MarginalBOE-A-1998-13400
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" número 68), sobre indemnizaciones por razón del servicio, atribuye en su artículo 4.1, además de a las Autoridades que se señalan en su párrafo primero, al Jefe del Estado Mayor de la Defensa y a los Jefes de Estado Mayor de los tres Ejércitos, la facultad de designar las comisiones de servicio con derecho a indemnización dentro de sus respectivas competencias.

Por Resolución 713/15436/1988, de 1 de agosto ("Boletín Oficial del Ministerio de Defensa" número 166), se delegó dicha facultad a determinadas autoridades de este Ejército por razones de carácter operativo y de agilidad administrativa.

La experiencia adquirida, unida a la nueva legislación económico- administrativa y a los progresivos cambios orgánicos, aconsejan modificar dicha delegación.

En su virtud, previa aprobación del Ministro de Defensa, conforme a la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, acuerdo:

Primero.-Delego la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización, y en el ámbito de sus respectivas competencias en las siguientes autoridades:

Segundo Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire.

Director de Asuntos Económicos.

Director de Servicios Técnicos.

Jefe de la Agrupación del Cuartel General del Aire.

Jefe del Servicio de Búsqueda y Salvamento.

Jefe del Mando Aéreo del Centro.

Jefe del Mando Aéreo del Estrecho.

Jefe del Mando Aéreo de Levante.

Jefe del Mando Aéreo de Canarias.

Jefe del Mando de Personal.

Jefe del Mando del Apoyo Logístico.

Jefe del Mando Aéreo de Combate.

Segundo.-En los acuerdos o resoluciones...

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