Resolución de la Autoridad Portuaria de Barcelona por la que se efectúa anuncio previo para licitar la obra «Muelle de Tablestacas en Muelle Álvarez de la Campa».

MarginalBOE-B-2005-126025
SecciónV - Anuncios
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyResolución

ENRIQUE BACIGALUPO ZAPATERJOAQUIN GIMENEZ GARCIAGREGORIO GARCIA ANCOS

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a diecisiete de Enero de dos mil cinco.

En el recurso de casación por Infracción de Ley que ante Nos pende, interpuesto por las representaciones del acusado Jesús Luis , y del acusador particular la ENTIDAD MERCANTIL S y J, S.A., contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Tercera, que condenó a dicho acusado por el delito continuado de apropiación indebida;la Sala Segunda del Tribunal Supremo, integrado por los Excmos. Sres. anotados al margen, se han constituído para la Votación y Fallo, bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo.Sr. D. Gregorio García Ancos, siendo también parte el Ministerio Fiscal y estando representados dichos recurrentes por los Procuradores: Dña. María Jesús Pintado de Oyagüe y D. Luciano Rosch Nadal.

  1. ANTECEDENTES

  1. - El Juzgado de Instrucción número 7 de Sevilla, instruyó Procedimiento Abreviado con el número 79/01, y, una vez concluso, lo elevó a la Audiencia Provincial de la misma Capital, que con fecha veinticuatro de febrero de dos mil tres, dictó sentencia que contiene el siguiente Hecho Probado:

    "En virtud de acuerdode la Junta de accionistas de la Entidad S y J, S.A. con domicilio social en esta capital, calle Juan Sebastián El Cano nº 6, celebrada el 5 de Marzo de 1993, elevado a escritura pública el 6 de Julio siguiente, el acusado Jesús Luis , mayor de edad, nacido el 7 de Diciembre de 1953, sin antecedentes penales, fue nombrado DIRECCION000 de dicha Sociedad, cargo que vino ejerciendo, con plenas facultades de administración a excepción de la legal o estatutariamente indelegables por el Consejo de Administración hasta el 14 de Diciembre de 1995 en que se produjo su cese, también por acuerdo de la Junta celebrada en dicha fecha.- Durante el periodo en que el acusado ejerció dicho cargo dispuso un total de 75.461.619 ptas, correspondientes a S. y J, S.A. a favor de Frontera Publicidad, S.A. (de la que era accionista), bien mediante inyecciones directas de metálico, bien abonando obligaciones y cargos de cuenta de esta última empresa, constando acreditado que dispuso de tales cantidades en perjuicio de los restantes accionistas de S y J, S.A., excediéndose en sus facultades de Consejero Delegado. A partir del año 93, S y J, S.A. como consecuencia de la acción ejecutada por el acusado, se descapitalizó no pudo pagar a proveedores en años sucesivos...

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