ORDEN JUS/2901/2007, de 3 de octubre, por la que se dispone la fecha de efectividad de las plazas de Magistrado en órganos colegiados, el inicio de actividad de la nueva sección en Audiencia Provincial y la entrada en funcionamiento de órganos judiciales unipersonales correspondientes a la programación del año 2007.

MarginalBOE-A-2007-17538
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

La configuración de la planta judicial que establece la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial prevé una serie de mecanismos para facilitar su constante adaptación con la finalidad de mejorar el funcionamiento de la administración de justicia y acercar la justicia al ciudadano.

La presente Orden tiene como objetivo de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial, y oído el Consejo General del Poder Judicial, establecer la fecha de efectividad de las nuevas plazas de magistrado en órganos colegiados, tanto en Tribunales Superiores de Justicia como en Audiencias Provinciales la del inicio de actividad de una nueva sección en audiencia provincial y la de entrada en funcionamiento de 85 nuevos juzgados. Estas 108 nuevas unidades judiciales que forman parte de la programación de 2007 han sido aprobadas por el Real Decreto 867/2007, de 2 de julio, por el que se dispone la dotación de plazas de magistrado en órganos colegiados y creación y constitución de juzgados dentro de la programación del año 2007 (90 unidades judiciales distribuidas en 23 plazas de magistrado en órganos colegiados y 67 juzgados) y el Real Decreto 1132/2007, de 31 de agosto, por el que se dispone la creación y constitución de 18 unidades judiciales dentro de la programación del año 2007 (18 juzgados de violencia sobre la mujer).

Asimismo se establece lo pertinente para que el juzgado de lo penal n.º 7 de Santa Cruz de Tenerife se constituya en Santa Cruz de la Palma, en los términos previstos en el artículo 269.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Por todo ello en uso de las facultades que me confiere el artículo 7 del Real Decreto 867/2007, de 2 de julio, por el que se dispone la dotación de plazas de magistrado en órganos colegiados y creación y constitución de juzgados dentro de la programación del año 2007 y el artículo 4 del Real Decreto 1132/2007, de 31 de agosto, por el que se dispone la creación y constitución de 18 unidades judiciales, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

Esta Orden tiene por objeto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de...

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