Orden SCO/1883/2005, de 16 de junio, por la que se convoca la concesión de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre drogodependencias por entidades públicas o privadas sin fines de lucro en el año 2005.

MarginalBOE-A-2005-10422
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

ORDEN SCO/1883/2005, de 16 de junio, por la que se convoca la concesión de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre drogodependencias por entidades públicas o privadas sin fines de lucro en el año 2005.

Una vez hechas públicas las 'Bases Reguladoras de las convocatorias de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre drogodependencias por entidades públicas o privadas sin fines de lucro' (Boletín Oficial del Estado de 9 de octubre de 2004), y teniendo en cuenta que existe crédito disponible para estos fines en el concepto 781 del programa 231-A 'Plan Nacional sobre Drogas' de los Presupuestos Generales del Estado para 2005, procede la convocatoria de dichas ayudas en el presente ejercicio, a cuyo efecto dispongo:

Primero. Objeto.La presente Orden tiene por objeto la convocatoria en el ejercicio 2.005 de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre drogodependencias realizados por entidades públicas o privadas sin fines de lucro, en régimen de concurrencia competitiva.

En todos los puntos no específicos de esta convocatoria se estará a lo establecido en las 'Bases Reguladoras' de estas subvenciones, publicadas en el Boletín Oficial del Estado de 9 de octubre de 2004, y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. Solicitantes.Las ayudas objeto de esta convocatoria podrán ser solicitadas por las entidades españolas, públicas o privadas siguientes:

  1. Universidades públicas, organismos públicos de investigación e instituciones sanitarias dependientes de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica o de la Administración Local.

  2. Universidades privadas y entidades privadas dedicadas a la investigación que carezcan de ánimo de lucro.

    Tercero. Documentación exigida.

  3. Instancia conforme al modelo que se incorpora como anexo I de la presente Orden.

  4. Acreditación de la representación legal de quien suscribe la instancia o poder suficiente para obligarse en nombre de la entidad.

  5. Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad de la persona que suscriba la instancia.

  6. Las entidades a que se refiere la letra b) del apartado segundo presentarán estatutos de la entidad y documento que acredite la constitución legal de la misma.

  7. Copia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal.

  8. Declaración del representante legal de la entidad de que ésta se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

  9. Memoria de los proyectos de investigación desarrollados por el centro, servicio o departamento en los últimos tres años, en un máximo de 6 folios.

  10. Proyecto de investigación para el que solicita ayuda, según anexo II.

    I. Informe de la Comisión de Investigación del Centro solicitante en el que se haga constar la viabilidad del proyecto de investigación en todos sus términos.

  11. En el caso que corresponda, informe del Comité Ético de Investigación Clínica y de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios del Ministerio de Sanidad y Consumo.

  12. Currículos del investigador principal y de cada uno de los investigadores participantes (en modelo normalizado según anexo III).

    L. En el caso de proyectos coordinados el investigador principal que actúe como coordinador del proyecto deberá adjuntar al resto de documentación, escrito informando de esta circunstancia y de los subproyectos que coordina con la firma en prueba de conformidad de los investigadores principales de los citados subproyectos. En ningún caso se solicitará presupuesto adicional específico para la coordinación.

    Los anexos I y II para realizar la solicitud, así como el modelo de currículo y el modelo de memoria anual o final pueden obtenerse en la página www.msc.es/pnd.

    Cuarto. Presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

    La documentación se presentará en tres ejemplares completos y un ejemplar electrónico de los siguientes documentos:

    Proyecto de investigación según anexo II.

    Currículos del investigador principal y de cada uno de los investigadores participantes.

    La solicitud se dirigirá a la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas (calle Recoletos, 22. 28001. Madrid).

    Cuando la solicitud no se presente directamente en el registro de la Delegación del Gobierno, en la misma fecha se enviará por fax, al número 91.822.61.87, el anexo I con el sello de registro de la entidad donde se presentó o el sello de fecha de correos.

    Quinto. Proyectos a financiar en esta convocatoria.Los proyectos de investigación financiados por estas ayudas se adecuarán a lo dispuesto en el Plan de Acción 2005-2008, especialmente aquellas acciones incluidas en el cuarto eje 'mejora del conocimiento' elaborado por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, y que supone una concreción y desarrollo de la Estrategia Nacional sobre Drogas 2000-2008. A este respecto las ayudas económicas podrán ser solicitadas para financiar las siguientes líneas de investigación:

    1. Proyectos de investigación básica, clínica, epidemiológica o de salud pública sobre drogodependencias, con especial referencia a cocaína, éxtasis y cannabis.

    2. Metaanálisis con los estudios sobre efectos de las diferentes drogas.

    3. Investigación sobre la carga de enfermedad originada por consumo de drogas.

    4. Proyectos de investigación social referidos al consumo de drogas en jóvenes y adolescentes, con especial referencia a factores propiciadores tales como estrategias de promoción, publicidad y marketing de tabaco y alcohol, mensajes sobre drogas en cine, televisión y otros medios de comunicación, y también a las actitudes y opiniones de los jóvenes ante las drogas.

    5. Investigaciones sobre evaluación de programas e intervenciones sobre drogas en el campo de la de prevención, de la reducción de daños, del tratamiento y de la reinserción.

    6. Investigaciones metodológicas dirigidas a mejorar los instrumentos para medir el consumo de alcohol y otras drogas psicoactivas, así como los patrones de consumo y las conductas de riesgo.

      Sexto. Criterios de valoración de los proyectos.

    7. Viabilidad de los proyectos:

      1. Calidad y relevancia científico-técnica y socio-sanitaria. Se valorará de 0 a 15 puntos, siendo necesario obtener al menos 7 puntos.

      2. Adecuación y capacidad del grupo de investigación para el cumplimiento de las actividades previstas, y la adecuada planificación cronológica de las actividades. Se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener al menos 4 puntos.

      3. Adecuación de los medios disponibles y de los recursos financieros a los objetivos que se proponen. Se valorará de 0 a 5 puntos, siendo necesario obtener al menos 2 puntos.

      Este informe constituirá la base, a efectos de su valoración por parte de la Comisión de Evaluación, para la determinación de la excelencia media del equipo investigador y del proyecto.

    8. Aplicabilidad e interés del proyecto para los Planes Autonómicos sobre Drogas (se puntuará hasta un máximo de 6 puntos).

    9. Valoración del proyecto dentro de la globalidad de los proyectos evaluados, cumplimiento de los objetivos y requisitos de ayudas concedidas en anteriores convocatorias (se puntuará...

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